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El TSJC paraliza el acceso a datos de transparencia de TMB a petición de 163 directivos y técnicos

Autobús articulado de la compañía de transportes de Barcelona, TMB

Arturo Puente

La empresa que gestiona el transporte público de Barcelona, TMB, controlada por Barcelona en Comú, continuará siendo uno de los rincones más opacos de la administración pública catalana, al menos por el momento. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha impuesto medidas cautelarísimas contra la resolución de que la Comisión de Garantía de Acceso a la Información Pública (GAIP) dictaminó el 7 de julio pasado, que obligaba a la empresa a entregar diferentes informaciones públicas a Catalunya Plural.

El TSJC paraliza así la publicación de los datos reclamados en febrero pasado en una petición oficial de Catalunya Plural, en la que se pedía el acceso a la relación de puestos de trabajo de la empresa desde 2007, así como los nombres y sueldos del personal fuera de convenio, colectivo de cerca de 600 personas donde se encuentran los directivos y altos cargos de la empresa. A raíz de la resolución, TMB hizo una publicación parcial sobre las 21 personas que ocupan su cúpula directiva.

La decisión del tribunal ampara la petición realizada por 163 personas, que presentaron un contencioso contra la GAIP. La empresa decidió no presentarse contra la resolución de Transparencia y dejar que fueran el colectivo de directivos y altos cargos de la empresa quienes lo hicieran de forma particular, una maniobra ya usada en ocasiones anteriores en otros conflictos.

De forma paralela, la dirección de la empresa, comandada por el consejero delegado, Enric Cañas, y la presidenta de TMB, la regidora de Barcelona en Comú Mercedes Vidal, optó por incumplir la resolución de la GAIP para no calentar los ánimos de la plantilla de metro, con quienes estas semanas negocia la renovación del convenio colectivo. BComú teme que la publicación de la relación de puestos de trabajo desde 2007 evidencie las diferencias salariales existentes para mismos puestos de trabajo, además de las prácticas de enchufismo, político o nepotista, que durante décadas se han llevado a cabo en la empresa.

Sobre los datos de carácter personal, la resolución de la GAIP venía avalada por un informe de la autoridad catalana en protección de datos, que consideró que los nombres de las personas fuera de convenio no estaban sujetos a especial protección, por lo que debían ser revelados a este medio al ser considerados información pública de una empresa de capital municipal.

La providencia judicial paraliza ahora la aplicación de la resolución del 7 de julio de forma cautelarísima, esto es, sin haber dado audiencia a las partes. A partir de este momento será la GAIP quien deberá defender su resolución, mientras Catalunya Plural estudia personarse en defensa de la Transparencia y el ejercicio de la libertad de prensa, que se ha visto limitado por la decisión de la empresa de incumplir las resoluciones y requerimientos de la comisión. Es imposible determinar cuánto se tardará a resolver este caso en los juzgados, pero el tribunal podría levantar las cautelares, parcial o totalmente, antes de resolverlo.

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