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La jueza archiva por segunda vez la causa contra un ultra sin tomarle declaración ante la fiscal de delitos de odio

Concentración de España 2000 el pasado 18 de diciembre.

Lucas Marco

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El embrollo procesal a cuenta de la causa por un presunto delito de odio contra el presidente de España 2000 se ha saldado con un segundo sobreseimiento dictado por la titular del Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia. El líder ultra protagonizó una especie de 'performance' contra el islam en las calles del centro de Valencia el 18 de diciembre del 2020. Una viandante llamó a la Policía al considerar que se trataba de un presunto delito de odio y acabó multada por los agentes (una sanción, por la ley mordaza, que la Delegación del Gobierno ha anulado recientemente).

La jueza tumbó la causa por primera vez, aduciendo un informe policial; la fiscal recurrió y la Audiencia Provincial de Valencia obligó a la instructora a reabrir la causa recordándole que los tribunales se deben tomar en serio la investigación de los delitos de odio. En esta segunda fase, la titular del Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia citó a la fiscal mediante el sistema Cicerone y no se presentó a la declaración del ultra José Luis Roberto. Así, acabó sobreseyendo provisionalmente la causa por segunda vez.

Según la fiscal de delitos de odio, la magistrada no llevó a cabo “la más mínima actividad instructora” y formuló la citación al Ministerio Público a través de la aplicación Cicerone, que no está “conectada con Fiscalía” y que “no es en modo alguno instrumento apto para citar a ninguna de las partes”, según apunta en su segundo recurso. 

La jueza ha devuelto la pelota en un auto, dictado el pasado 21 de septiembre, en el que asegura que la citación para la declaración del ultra se hizo también de “forma personal mediante remisión a la Fiscalía”. Con sello de salida (del juzgado) pero no de entrada (en el Ministerio Público) en la citación, lo cierto es que Roberto declaró ante la magistrada sin la presencia de la fiscal, ante la que se iba a negar de todas maneras a responder a sus preguntas. Luego se mofó en redes sociales de la fiscal. La magistrada asegura en el auto que ignora el motivo de la “no comparecencia del Ministerio Público”.

La jueza se defiende asegurando que “se limita a realizar sus funciones instructoras”, en cumplimiento del auto de la Audiencia Provincial de Valencia que le obligó a reabrir la causa (“No conviene banalizar la regulación” del delito de odio“, le recordó la sección quinta).

La titular del Juzgado de Instrucción número 18 defiende que no se infiere del resultado de las diligencias (un informe de la Brigada de Información y la declaración del ultra) que se haya cometido un delito de odio en la concentración contra el islam. Además, recuerda que la Policía Nacional no aprecia “simbología de carácter xenófobo, violento o racista” en el acto.

La fiscal aseguraba que el ultra “ni siquiera negó los hechos en su declaración” pero la magistrada responde que el presidente de España 2000 “lo que admitió es que ejercitó su libertad de expresión ideológica”. El auto da cinco días al Ministerio Fiscal para formular alegaciones contra este segundo sobreseimiento.

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