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Por qué revocan los jueces el estatuto de protección otorgado por la Agencia Valenciana Antifraude a un jefe de urbanismo

Sede de la Agencia Valenciana Antifraude.

Lucas Marco

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El jefe de urbanismo del Ayuntamiento de los Montesinos, que denunció ante los tribunales presuntas irregularidades, se ha quedado sin el estatus de protección que le fue otorgado por la Agencia Valenciana Antifraude (AVA).

La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha estimado el recurso presentado por el alcalde socialista de Los Montesinos, José Manuel Butrón Sánchez, y ha anulado la resolución del organismo contra el fraude dirigido por Joan Llinares que protege al funcionario tras haber denunciado presuntas ilegalidades en el funcionamiento de la discoteca Revival y otras edificaciones de la localidad de la comarca de la Vega Baja.

La decisión contrasta con la directiva de la Comisión Europea de protección sobre protección a las personas denunciantes de presuntos casos de corrupción. La denuncia del jefe de Urbanismo del consistorio, que aportó “información de relevancia” para la causa, fue archivada por el Juzgado de Instrucción número 2 de Torrevieja por prescripción.

La resolución de la AVA decretaba el cese de las “intimidaciones y represalias” hacia el funcionario y añadía que “no podrá sufrir aislamiento, persecución o empeoramiento de las condiciones laborales o profesionales ni ningún tipo de medida que implique cualquier forma de perjuicio o discriminación”. También instaba al alcalde José Manuel Butrón a ejercer “acciones correctoras” sobre la situación del funcionario y a abonarle las indemnizaciones por daños y perjuicios por los costes de la defensa jurídica que el jefe de Urbanismo sufragó “para defenderse de acusaciones que han sido archivadas por los tribunales”.

Antifraude reseñaba los “ataques y lesiones” que ha sufrido, así como el “hostigamiento, acoso y aislamiento”, además de “desembolsos económicos difíciles de sufragar” para “ejercer su derecho a la defensa”. El ayuntamiento alicantino tramitó un expediente disciplinario contra el empleado público, finalmente archivado, tras el sobreseimiento libre y archivo de una denuncia interpuesta por el alcalde contra el jefe de Urbanismo por un presunto delito de negociaciones prohibidas a funcionarios.

El auto de la Audiencia Provincial de Alicante que decretó el sobreseimiento de la denuncia consideraba que se trataba de “debilitar la posición” del funcionario tras su denuncia por las supuestas irregularidades de la discoteca Revival, situada en una zona especialmente protegida del Parque Natural de Las Lagunas de Torrevieja y La Mata. 

El Ayuntamiento de Los Montesinos, gobernado por Butrón desde 1991, recurrió la resolución de la AVA argumentando la falta de competencia del organismo ya que la denuncia del jefe de Urbanismo se investigaba en un juzgado, además de la intromisión en las competencias de ámbito local.

“Acoso y hostigamiento”

Antifraude, por su parte, argumentaba que la protección del funcionario denunciante es un “procedimiento distinto e independiente” de las investigaciones que lleva a cabo la AVA. De hecho, Antifraude investigó al Ayuntamiento de Los Montesinos por la externalización de servicios jurídicos, un asunto distinto al que denunció el funcionario.

El organismo de lucha contra el fraude destacaba la “alta conflictividad judicial” que le ha supuesto al jefe de Urbanismo por el hecho de haber denunciado presuntos delitos contra la ordenación del territorio, prevaricación y falsedad documental (unas diligencias finalmente archivadas por prescripción). Así justificaba el otorgamiento del estatus de persona denunciante, tras el “acoso y hostigamiento” sufrido. “Precisamente razón por la que se ha creado esta agencia y se ha instruido la figura del estatuto de la persona denunciante”, agregaba.

La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ-CV entiende que la AVA sólo debe proteger a aquellos funcionarios que denuncien irregularidades ante el propio organismo (y no ante la justicia). “En la interpretación de esta Sala, el estatuto de persona denunciante a otorgar, en su caso, por la Agencia Antifraude debe traer causa de denuncias presentadas precisamente ante el organismo público autonómico, no ante la autoridad judicial”, reza la sentencia.

El TSJ-CV también tilda de “mejorable” la redacción del precepto legislativo que regula el estatus de protección a personas denunciantes. La resolución considera que las resoluciones de la AVA sobre el jefe de Urbanismo de Los Montesinos son contrarias a derecho por incurrir en vicio de nulidad y las deja sin efecto. La sentencia no es firme y, según ha confirmado este diario, ha sido recurrida.

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