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¿Cómo puedes proteger a tu gato o a tu perro en tu testamento?

Es posible designar a un familiar como tutor legal de tu animal de compañía

Elena Segura

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Los animales de compañía se han convertido en parte integral de muchas familias. Por ello, es normal que queramos velar por su bienestar, dándoles la mejor alimentación y cuidados posibles. Si tienes gatos o perros en casa, es posible que te hayas preguntado qué ocurrirá con ellos el día que faltes. De acuerdo con una encuesta del portal Rover, el 94% de los dueños de peludos de cuatro patas consideran “importante” el bienestar de sus animales ante su ausencia.

Cuando se plantea la posibilidad de incluir en el testamento a un animal, es posible que se te pasen por la cabeza las extravagancias de algunas celebridades, capaces de dejar todos sus bienes materiales a sus compañeros peludos. Aunque más del 16% de las personas preguntadas en la citada encuesta preferirían dejar herencia a sus mascotas antes que a algunos miembros de su familia, en nuestro país esto no es posible. Pese a esto, sí que se les puede proteger dentro de este documento legal. Por ejemplo, existe la opción de designar un tutor legal o establecer que una parte de la herencia irá destinada a sus cuidados.

Pese a que muchas de estas personas que conviven con animales han pensado o mostrado interés por esta posibilidad, solo un 9% se ha asesorado con un abogado o notario sobre cómo incluir a sus perros y gatos en el testamento. De los que no lo han hecho, un 34% tienen intención de consultar con expertos en la materia. Esto refleja, en parte, que los recursos para proteger a nuestros perros y gatos tras nuestro fallecimiento son conocidos por pocos. Según la encuesta, el 63% de los testadores desconocen que es posible proteger a nuestros amigos de cuatro patas en el testamento.

Cómo proteger a tu perro o gato en el testamento

El grueso de los encuestados dejaría a su perro o gato con su pareja

Como hemos comentado, existen numerosas formas de proteger a tu perro o gato en el testamento. El marco legal para proteger a nuestros peludos es relativamente reciente. La Ley 17/2021 supuso la modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, en la que se deja de considerar a las mascotas como bienes inmuebles, reconociéndolos como seres vivos dotados de sensibilidad. Esto, como hemos comentado, no les permite heredar, puesto que solo pueden recibir bienes las personas físicas y jurídicas. Pero sí que les otorga nuevas coberturas, como la designación de un tutor legal. También se puede establecer una cantidad económica para su manutención. Incluso, se puede asignar una especie de albacea, para garantizar que los fondos se utilicen adecuadamente y que el animal reciba el trato estipulado por el testador.

Esta es la opción favorita de los encuestados: designar quién asumirá la tutoría legal del animal de compañía, tras el fallecimiento del propietario. Una posibilidad por la que se inclina el 70% de los consultados, mientras que el 8% optaría por asignar esa responsabilidad a un tercero o una fundación. En esta línea, se puede donar una cantidad económica a una protectora de animales, con el fin de que cuide del animal en ausencia de su propietario.

Respecto a quién sería designado como el tutor legal de sus peludos, los encuestados depositan su confianza en su familia o círculo más cercanos. Un 45% de las personas preguntadas elegirían a su pareja, un 32% a sus hijos y un 14% a sus hermanos. Elijas a quien elijas, es muy importante que tengas en cuenta ciertos aspectos al hacerlo:

  • Es importante que sea alguien que tu animal conozca: es ideal que el futuro tutor legal de tu animal de compañía sea alguien a quien conozca y que sea de tu total confianza. Ser dueño de un perro o de un gato es una gran responsabilidad, por lo que debe ser alguien dispuesto a asumir este compromiso con el mismo entusiasmo que tuviste al adoptarlo.
  • Preséntalos: si es posible, también aconsejamos que intentes establecer un proceso de transición para que tu animal de compañía se acostumbre al que será su nuevo cuidador. Puedes presentarlos poco a poco, de forma progresiva. Esto puede ir desde paseos juntos hasta estancias cortas con su futuro tutor legal.
  • Prepara la documentación: es posible que tengas toda la documentación de tu animal de compañía a mano. Lo ideal es que sus futuros propietarios la tengan también, por ello te aconsejamos que juntes en una sola carpeta todo lo relativo a tu perro o gato. Desde su cartilla de vacunación, pasando por los informes de su veterinario, es muy conveniente que esté todo en el mismo sitio, en un lugar conocido por su futuro tutor legal.
  • Consulta con las asociaciones protectoras de animales: si no tienes a quién dejar tu mascota, es posible que puedas llegar a algún tipo de acuerdo con una asociación protectora de animales. Aunque es inusual, es posible que acuerdes donar un importe a estas organizaciones a cambio de que cuiden de tu mascota una vez fallezcas.
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