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La Audiencia Nacional condena a Iryo, CCOO, UGT y Semaf a indemnizar a CGT por conductas antisindicales

Archivo - Tren de Iryo

Economía

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La Audiencia Nacional ha condenado Iryo, CCOO, UGT y Semaf por conducta antisindical en la negociación del Plan de Igualdad, estimando en parte la demanda presentada por el Sector Federal Ferroviario de la Confederación General del Trabajo (SFF-CGT). Condena a todos ellos al pago de una indemnización de 3.000 euros al sindicato, que tendrán que pagar “de forma conjunta y solidaria”.

La sentencia ha declarado la existencia de la vulneración del derecho fundamental de libertad sindical de CGT por parte del fabricante ferroviario y de los principales sindicatos del sector.

La “conducta antisindical” que ha probado la Audiencia Nacional consistió en la constitución de una comisión de negociación del Plan de Igualdad de la empresa, de forma inmediatamente anterior al desarrollo de elecciones sindicales, solo dos días antes de unas elecciones en el centro de Barcelona.

Así, en la mesa negociadora solo estaban presentes los sindicatos más representativos del sector en ese momento, excluyendo a CGT, que obtuvo el 100% de la representación en el centro de trabajo de Barcelona. Además, después se paralizó la negociación de la mesa del plan de igualdad durante más de 8 meses.

Los magistrados consideran que frente a tales indicios de comportamiento antisindical “nada se aporta por las codemandadas a los efectos de acreditar la necesidad de tal retraso o los motivos de paralización de las negociaciones”.

“Resulta por ello ciertamente llamativo que se inste la constitución de la mesa dos días antes de las elecciones en uno de los centros de trabajo y, una vez constituida la mesa, se paralicen las negociaciones impidiendo al acceso a tal comisión al sindicato que obtiene unos mejores resultados en los procesos electorales y que, a consecuencia de tales resultados, supera el 10% de representatividad”, recoge la sentencia.

“Los indicios de vulneración resultan, por ello, suficientes y ni la empresa ni los sindicatos codemandados aportan justificación suficiente de la urgencia en la convocatoria o de las circunstancias que llevaron a la posterior paralización del proceso de negociación durante más de 8 meses”.

Así, el tribunal aprecia “la existencia de una conducta antisindical que vulnera la libertad sindical, que no el derecho a no ser discriminado,” de CGT. Por ello, la Audiencia Nacion al declara la nulidad de la constitución de la Comisión negociadora del Plan de Igualdad de Iryo, “anulando su constitución y reponiendo la situación al momento anterior a la misma”.

“Es evidente que la mesa negociadora fue constituida in extremis, dos días antes de las elecciones, para excluir al SFF-CGT, paralizando después sus trabajos durante casi un año”, subraya CGT en una nota de prensa.

Al margen de esta sentencia, CGT ha informado de que Iryo ha citado al sindicato a una reunión el próximo lunes, 9 de diciembre, a las 11.15 horas, para buscar soluciones a la huelga que el sindicato comenzará en la empresa el 23 de diciembre para pedir más dietas y el pago del plus de nocturnidad, recoge Europa Press.

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