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Cómo debería cotizar un asistente a domicilio como el que tenía Pablo Echenique

El secretario de Organización de Podemos, Pablo Echenique.

Ana Requena Aguilar

La Inspección de Trabajo ha levantado acta de infracción al secretario de Organización de Podemos, Pablo Echenique, por la contratación irregular de un asistente que acudía a su domicilio para ayudarle en las tareas diarias, según El Heraldo de Aragón. El asistente no estaba dado de alta en la Seguridad Social, es decir, su trabajo formaba parte de la llamada economía sumergida. Es por ello que la Inspección ha propuesto una sanción de 10.000 euros, según el acta a la que ha accedido eldiario.es.

Echenique ha recurrido el expediente porque, dice, pensaba que el trabajador estaba dado de alta como autónomo y atendía a sus obligaciones con la Seguridad Social y porque entiende que se trataba de una relación “entre autónomo y cliente” y no entre empresa y trabajador.

La norma, sin embargo, es clara al respecto: el trabajador tenía que haber estado dado de alta, bien como asalariado bien como autónomo. El asistente, además, cobró la prestación por desempleo mientras trabajaba para el político, algo que Echenique niega que supiera en sus alegaciones a la infracción.

El expediente de la Inspección, que se produce tras una investigación de meses, deja claro que existió una “auténtica relación laboral” y que la actividad del asistente –acudir a casa de Echenique y ayudarle en sus tareas diarias debido a su condición de dependiente– era una relación laboral especial del servicio del hogar familiar. Es decir, la inspección considera que el asistente era un empleado doméstico.

Echenique se refiere al trabajador como un asistente a su dependencia. ¿La diferencia? Según el profesor de Trabajo Social de la Universidad de Almería Jesús Muyor, el asistente atiende a la persona, a sus necesidades diarias y de desplazamiento; el empleado doméstico, al hogar, aunque el servicio doméstico también se ha encargado tradicionalmente del cuidado, por ejemplo, de personas mayores.

Como estos asistentes personales carecen de una modalidad contractual propia, se les está contratando bien a través de empresas o de entidades del tercer sector. También se les está contratando como empleados domésticos o como autónomos. Es decir, jurídicamente la línea entre asistencia personal y empleo doméstico puede ser muy delgada.

En sus alegaciones, Echenique insiste en que la orden que regula las prestaciones a la dependencia en Aragón permite contratar a estos asistentes como una prestación de servicios, es decir, como un autónomo. La orden menciona también la posibilidad de contratar a estas personas a través de empresas o con contratos directos.

En cualquier caso, cuando la contraprestación de un servicio se hace con una empresa o un autónomo debe mediar factura de por medio para poder pagar el correspondiente IVA y comprobar que el servicio se presta en regla. Esta es la mejor opción para evitar situaciones como estas, ya que el desconocimiento no exime del cumplimiento de la ley.

Por eso al tener una persona trabajando en casa, bien como personal del hogar bien como asistente, la recomendación es comprobar que toda la documentación está en regla.

En sus alegaciones, Echenique asegura que el asistente le hacía facturas pero no las imprimía. Aunque el trabajador se las ofreció, el político renunció a tenerlas porque no lo consideró necesario. El acta de la Inspección subraya que ni Echenique ni el trabajador han aportado documentación que acredite la existencia de contrato o facturas.

El secretario de Organización de Podemos subraya en su escrito de alegaciones que desconocía la situación en la que se encontraba el trabajador y que, de hecho, estaba convencido de que era autónomo. Sin embargo, en julio de 2016, cuando saltó la noticia, Echenique convocó una rueda de prensa en la que admitió conocer que su asistente no estuvo dado de alta durante meses, una situación que él permitió para darle margen al trabajador.

“Sabía que no estaba haciendo las cosas bien”, dijo entonces, cuando explicó que muchos de estos trabajadores acababan en la economía sumergida ante la imposibilidad de hacer frente a sus cuotas.

El alta es obligatoria

Un inspector de trabajo consultado pone en duda el “fundamento legal” de las alegaciones que hace Echenique y defiende que se trataba de un empleado doméstico. “Es una relación laboral de carácter especial porque presta una asistencia personal a alguien en su casa. Los trabajadores que atienden a personas mayores o con discapacidades en sus casas están sujetas al empleo doméstico”, asegura.

Las familias que contratan directamente a empleados domésticos están obligadas a darles de alta en la Seguridad Social, aunque solo trabajen unas horas al mes. Si las emplean menos de 60 horas mensuales, pueden dejar en manos del empleado su alta a la Seguridad Social y los pagos de las cuotas mensuales.

En cualquier caso, el empleador debe firmar todos esos documentos, pagar las cuotas, y estar al tanto del alta. “Lo normal es extender un recibo de pago de salario donde también consta que has pagado la Seguridad Social”, apunta el inspector. No hacerlo implica cometer una ilegalidad. En ningún caso, las empleadas del hogar pueden ser autónomas.

La cosa cambia si un hogar contrata los servicios de un asistente o empleado doméstico a través de una empresa. En ese caso se trata de una relación laboral ordinaria y es la empresa la empleadora que está encargada del alta a la Seguridad Social y los pagos al trabajador.

El informe de la Inspección afirma que en el caso de la relación entre Echenique y este trabajador se daban los requisitos para considerarla una relación laboral. Entre otros argumentos menciona que el trabajo “se realizaba dentro del ámbito de la organización y dirección” del político, que era quien determinaba los días y horas que tenía que acudir.

“Es una realidad evidente que este tipo de cuidados está en la economía sumergida, entre otras cosas porque las políticas públicas no son suficientes”, dice Muyor, que recuerda que muchas familias tienen 400 euros para hacer frente a los gastos que implica una dependencia.

El expediente abierto a Echenique implicará probablemente sanciones para el trabajador. El cobro del desempleo y el trabajo en negro son incompatibles, por lo que la inspección puede también suspender el cobro de su prestación y exigir la devolución de las cantidades percibidas mientras trabajaba.

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