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El Gobierno aprobará este año una medida para evitar que la anulación parcial de un plan urbanístico lo tumbe por completo

Valdevaqueros, donde el Tribunal Supremo acaba de anular un plan de construcción

Marina Estévez Torreblanca

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El Gobierno quiere aprobar este año una ley para evitar las anulaciones totales de un plan urbanístico cuando los tribunales declaran ilegal alguna de sus partes. Es decir, pretenden que se pueda subsanar un detalle concreto anulado por los jueces sin que se tenga que derogar en su totalidad el planeamiento y empezar desde cero.

El ministro del PP Íñigo de la Serna impulsó esta reforma para evitar casos como el que vivió como alcalde de Santander, cuando la Justicia anuló su plan urbanístico para la ciudad tras la denuncia de una organización ecologista por la insuficiencia de recursos hídricos para abastecer a la población. “Decenas de planeamientos urbanísticos han sido eliminados por los tribunales, lo que ha supuesto serios inconvenientes en el desarrollo urbano”, explicaba De la Serna.

Casi un centenar de planes urbanísticos han sido anulados judicialmente en los últimos años por este mismo motivo, no justificar la disponibilidad de recursos hídricos, según un artículo de la revista Actualidad Jurídica Ambiental. Los autores destacan el papel de los tribunales de justicia para poner coto al desarrollismo exacerbado de los años del boom inmobiliario, especialmente en la costa levantina, aunque sea un problema que afecta a todo el territorio nacional.

Un número similar de planes han sido tumbados por no llevar a cabo una previa evaluación ambiental estratégica. Estos planeamientos deben acompañarse de una serie de informes, evaluaciones y memorias que demuestren su viabilidad y necesidad. “Es verdad que se tarda muchísimo en elaborar, pero aprobar un plan urbanístico tiene muchas consecuencias, es una ordenación del espacio a perpetuidad”, destaca el abogado y profesor de Derecho Ambiental en la Universidad Autónoma Jaime Doreste.

En la actualidad, la anulación de un plan se declara sin matices y sin posibilidad de subsanación. “Se elimina todo con una rotunda y desproporcionada conclusión que va desde los instrumentos de gestión a las licencias urbanísticas”, decía el ministro de Fomento.

Ahora, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que dirige José Luis Ábalos va a recuperar esta iniciativa que no llegó a concretarse legislativamente por el cambio de Gobierno. Según ha explicado a este periódico el secretario general de Agenda Urbana y Vivienda, David Lucas, se está ultimando una Ley de Seguridad Jurídica del Planeamiento, con la idea de aprobarla este mismo año. “La idea es eliminar trabas y que el sector se sea un elemento tractor de la recuperación”, afirma.

Proliferación de anulaciones judiciales

El urbanista y catedrático de Derecho Público y Filosofía Jurídica Ángel Menéndez Rexarch es uno de los expertos que defiende la necesidad de modificación de distintos aspectos de esta normativa. Explica que en su día se le pidió opinión sobre la norma que preparaba el equipo de De la Serna, pero que no sabe qué es lo que quiere aprobar ahora el nuevo Ejecutivo.

A su juicio, el “abuso de la anulación judicial” de planes urbanísticos por motivos muy diversos “casi siempre formales” debe achacarse en primer lugar a la propia naturaleza de “norma” de los planes, cuando solo una parte de los mismos debe ser considerada como tal, como ya explicaba en una conferencia en el Colegio de Abogados de Madrid en noviembre de 2019. 

Este detalle en la naturaleza jurídica y consideración de los planes tendría unas consecuencias “perversas” como permitir la impugnación indirecta sin límite temporal, pero también la imposibilidad de anular una parte, porque las normas o son válidas o son nulas, no hay término medio, como ha dejado claro el Tribunal Supremo.

Menéndez considera que se “ha abusado de las nulidades generales”. “Si no hay un informe de costas, debe anularse la parte de costa, no del resto del término municipal”, subraya. 

También explica que se estaba considerando (en el momento en el que el PP diseñaba la norma) la posibilidad de restringir la acción pública que en materia de urbanismo viene de 1956. Esto implica que dejaría de ser posible para cualquier ciudadano recurrir un plan urbanístico. “Todos lo sabemos, hay gente que usa los recursos para chantajear a los ayuntamientos o a quien sea”, señalaba en la mencionada conferencia. En su opinión, cabría imitar la restricción introducida en Medio Ambiente por transposición de normativa europea, donde solo las personas jurídicas sin animo de lucro que tengan en sus estatutos y principios la defensa del medio ambiente, y con al menos dos años de antigüedad desde su constitución pueden plantear una denuncia. 

Acabar con el contrapeso judicial al poder político

Lejos de estas opiniones, la responsable de Urbanismo de Ecologistas en Acción, María Ángeles Nieto, considera que permitir que una vez aprobado un plan urbanístico se pueda modificar o completar es “un error” que “no va a subsanar en absoluto las deficiencias que pueda tener el planeamiento”. 

“Es una medida por la que lleva tiempo presionando el PP y nos resulta lamentable y decepcionante que con un Gobierno de PSOE y Unidas Podemos siga adelante”, asegura. “A los colectivos ya nos cuesta un esfuerzo titánico ir contra las infracciones de la administración, y el planeamiento va a ser cada vez más insostenible. La única manera a de echar atrás estos proyectos infames es la judicial”.

En una línea similar, el abogado Jaime Doreste (que cree que la reciente aprobación de la llamada Operación Chamartín no sería ajena al interés por esta legislación), también lamenta que se pretenda acabar con el “contrapoder del Ejecutivo” del poder judicial en estos asuntos. Remarca que podrían verse afectados tanto los planes de ordenación urbanística de los ayuntamientos como los de ordenación territorial, de carácter supramunicipal y de competencia autonómica. 

Como ejemplo de estos últimos, recuerda el Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental que anuló el Supremo en 2015 o los proyectos de interés regional como el de Valdecañas, en Extremadura.

“La tramitación de un plan general es muy costosa en términos de tiempo y dinero, pero eso no quita que sea legítimo su control jurisdiccional. Por muy dolorosas sean las consecuencias de la anulación judicial, no vale hacer trampas al solitario”, remarca. En su opinión, se deben intentar “detectar las patologías de la planificación urbanística” y los motivos por los que las administraciones incurren en defectos de forma al elaborar estos planes, no anular las consecuencias de la intervención judicial. 

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