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El Gobierno baraja acudir a la Audiencia Nacional como vía más sólida para anular el sindicato de prostitutas

La ministra de Trabajo, Magdalena Valerio.

Ana Requena Aguilar

El Ministerio de Trabajo ya tiene el informe que pidió a la Abogacía del Estado para analizar cuáles son los pasos a dar para anular la inscripción de la Organización de Trabajadoras Sexuales (OTRAS). Aunque ese informe analiza varias posibilidades, la vía más sólida que tiene el Ejecutivo para anular este sindicato es acudir a los tribunales, un procedimiento que podría durar meses. La situación no parece “difícil de arreglar”, decía al respecto la portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, a finales de agosto. El tiempo transcurrido desde entonces demuestra, sin embargo, que la situación es más compleja de lo que parecía. 

La ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, ya dijo este lunes en una entrevista en la Cadena Ser que la anulación de oficio de la inscripción del sindicato era algo “muy complicado” porque el Ministerio no autoriza o deniega la constitución de organizaciones sindicales.

Efectivamente, el registro de los estatutos de un sindicato es un acto administrativo que, salvo error evidente de forma o del contenido mínimo exigido por la norma, pasa el trámite. No es la autorización de un sindicato, sino solo el depósito de sus estatutos y el anuncio de que existe. La Ley de Libertad Sindical garantiza que los sindicatos no necesitan autorización previa y que solo si después se advierte algún tipo de ilegalidad, se recurra su inscripción.

“El Ministerio de Trabajo no tiene mecanismos para vetar una inscripción. Un sindicato no necesita autorización previa, viene de nuestra Ley de Libertad Sindical porque es el ejercicio de un derecho fundamental. Si después del registro alguien considera que hay dudas sobre su legalidad o entiende que no cabe un mecanismo de representación de esas personas lo más razonable es judicializarlo. Debe ser un juez el que así lo diga”, explica el profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad de Castilla-La Mancha Joaquín Pérez Rey. 

Como aseguró la ministra de Trabajo el lunes, habría entonces que iniciar un proceso judicial ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. Ese pronunciamiento judicial iría, en principio, más allá de lo que pudiera hacerlo un acto administrativo: no sería solo la anulación de unos estatutos, sino la decisión jurídica de si sobre la prostitución cabe o no la libertad sindical. Si el acto fuera solo administrativo (por ejemplo, una impugnación de los estatutos presentados) esa organización u otra podría volver a registrar otro similar a los pocos días, según confirman varias fuentes.

Mientras se llevara a cabo ese procedimiento judicial y hasta que hubiera un pronunciamiento, OTRAS podría seguir desarrollando su actividad. Ninguna norma lo impide. Su registro sirvió, como en todos los casos, para dotarse de personalidad jurídica y para dar publicidad a su constitución. “Incluso sin ese registro un sindicato puede operar, no necesita el permiso para hacerlo. En todo caso podría tener ciertos problemas con su personalidad jurídica, pero esas personas podrían seguir organizándose”, confirma Pérez Rey. Fuentes de Trabajo confirman que actualmente no puede impedirse el funcionamiento de esa organización, que podría seguir operando incluso como asociación, si no como sindicato.

Trabajo hará públicas las conclusiones de la Abogacía del Estado, una vez que decida qué vía tomar. La duda es quién debería personarse en los tribunales, es decir, qué administración es la competente para ello, algo que también se decidirá estos días. Paralelamente, la organización feminista L'Escola AC ya tiene fecha para un juicio contra el Ministerio de Trabajo en el que pide la anulación administrativa del sindicato: será el 14 de noviembre en la Audiencia Nacional.

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