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Así es el procedimiento para reclamar desde hoy la devolución de IRPF por maternidad y paternidad

Imagen de archivo de un bebé.

Laura Olías

La devolución del IPRF por las prestaciones de maternidad y paternidad se podrá solicitar desde hoy, en algunos casos, y el Gobierno pretende que en abril “todos los contribuyentes hayan recibido ya” la cantidad indebidamente retenida. Así lo ha explicado este lunes la ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Las cantidades medias de devolución calculadas por la Agencia Tributaria son 1.600 euros para las madres y 383 euros para los padres.

Hacienda habilita desde “esta misma tarde” un sistema de reclamación de estas retenciones después de que el Tribunal Supremo fallara el pasado octubre que las prestaciones por maternidad no deben tributar por IRPF, criterio que ponía fin a los litigios entre contribuyentes y la Agencia Tributaria, que mantenía que sí eran rendimientos del trabajo y como tales había que pagar impuesto sobre la renta por su percepción durante las 16 semanas que dura el permiso.

Además el Gobierno ya anunció que, aunque el Alto Tribunal solo se pronunció sobre las prestaciones de maternidad, Hacienda también aplicará este criterio a las de paternidad, con las consiguientes devoluciones para los ejercicios 2014 a 2017. “Lo hacemos por sentido de responsabilidad y justicia social en lucha por la igualdad”, ha afirmado la ministra este lunes.

Y este lunes Montero ha anunciado la decisión del Ejecutivo para que las devoluciones del IRPF también se extiendan a los empleados públicos que cobraron su sueldo durante el permiso de maternidad y paternidad a través de mutualidades, como Muface, en lugar de percibir la prestación mediante la Seguridad Social.

En total, el número de beneficiarios que ha estimado el Ministerio de Hacienda asciende a las 1.086.000 personas (solo serían 1.007. 814 personas si no se incluyera a los funcionarios, ha explicado María Jesús Montero).

¿Quiénes podrán reclamar la devolución del IRPF?

Aquellos que se beneficiaran de permisos de maternidad y paternidad por hijos nacidos entre los años 2014 y 2017 y a los que fuera retenido el IRPF de sus prestaciones o salarios compensatorios en el caso de las mutualidades de funcionarios. El año de 2014 es el límite a partir del cual prescribe la sentencia sel Supremo.

¿Qué pasa con los que tuvieron hijos en 2018?

La ministra ha afirmado que estas personas no deberán reclamar ninguna retención porque “se regularizará” si situación en la declaración de la renta del ejercicio, que se realiza en 2019. “Se ajustará en la declaración si se ha retenido”, ha dicho Montero.

¿Hay que reclamar o Hacienda devuelve la cantidad por defecto?

Las personas que tengan derecho a estas devoluciones deberán reclamarlo a través de un formulario, ya sea manera online (accesible aquí) o presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. No se habilita un procedimiento automático para los abonos de las cantidades retenidas.

¿Cuándo se debe reclamar la devolución?

Hacienda ha habilitado un procedimiento para solicitar la devolución que comienza “esta misma tarde”, ha explicado la ministra Montero. Se establecen dos tiempos de referencia: los que pueden pedir estas cantidades a partir de hoy son los que tuvieron hijos en los años 2014 y 2015, y el periodo establecido para ellos es el mes de diciembre.

Para los beneficiarios de permisos por hijos nacidos en 2016 y 2017, las solicitudes se podrán realizar a partir de enero. La idea de Hacienda es que las reclamaciones se intenten acotar en esos meses (diciembre para 2014 y 2015 y enero para 2016 y 2017), pero la ministra ha afirmado que se estudiarán también los casos de las personas que no llegaran a presentar las solicitudes en ese plazo.

Más tarde se habilitará un plazo adicional también para los funcionarios, cuando se haya aprobado el cambio normativo que permita que reclamen las retenciones de IRPF.

¿Cómo se puede solicitar el dinero?

María Jesús Montero ha explicado que habrá dos vías: la posibilidad de exigirlo telemáticamente o de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, aunque la ministra se ha decantado por la primera opción para aquellos que tengan acceso a ella por ser más directa.

En cuanto al trámite telemático, la solicitud ya será descargable en la página de la Agencia Tributaria desde este lunes. Se podrá presentar a través del sistema RENO, con la Cl@ve Pin habitual de los trámites online con la Administración y a través del certificado electrónico.

¿Cuándo abonará Hacienda las devoluciones?

“De manera inmediata, esta misma semana”, ha afirmado María Jesús Montero, que ha asegurado que limitarán lo máximo posible el tiempo entre la entrada de la solicitud y el ingreso de las cantidades a los afectados. En Hacienda prevén que “en abril todos los contribuyentes hayan recibido ya la devolución”, ha asegurado Montero.

¿Se recibirán intereses de demora?

Se abonarán intereses de demora, pero solo a los contribuyentes a los que la declaración de la renta les saliera a pagar, no a los que tuvieron devoluciones.

¿A cuánto ascenderán las cantidades devueltas?

Dependerá de los casos, pero la estimación media de la Agencia Tributaria son “1.600 euros” en los casos de las madres y “383 euros” para los padres. La gran brecha se explica por “la diferencia en el tiempo de disfrute de la baja”, ha explicado Montero.

El coste total para la Agencia Tributaria está estimado en “unos 1.200 millones de euros”.

¿Se requiere presentar mucha documentación?

Según ha detallado la ministra de Hacienda, “no será necesario adjuntar certificado de Seguridad Social” por haber recibido estas prestaciones, “ni documentación adicional”. Los dos datos necesarios para reclamar la devolución serán el año en el que se ha percibido la prestación y el número de la cuenta bancaria.

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