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Trump y la protección de datos: un debate incomprensible

El Tribunal de Apelaciones estudiará la legalidad del veto migratorio de Trump en mayo

Iñaki Pariente

Recientemente hemos leído una noticia en la que Donald TRUMP, este impetuoso político estadounidense nos ponía en una situación de difícil solución, al anunciar que iba a dictar una próxima Orden Ejecutiva que limitara los derechos de acceso al sistema judicial estadounidense a las personas que no son de aquella nacionalidad.

Para comprender el alcance de esta decisión y valorar la relación con el derecho a la protección de los datos de carácter personal hay que remontarse al 6 de octubre de 2015. Este dia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia en la que Maximilian Schrem, un ciudadano austríaco y activista en derechos humanos se enfrentaba al todopoderoso FACEBOOK poniendo en entredicho el tráfico de información que se daba entre la empresa FACEBOOK Irlanda y FACEBOOK Estados Unidos. Básicamente se ponía en tela de juicio que se autorizara sin más el tránsito de datos personales de ciudadanos europeos a Estados Unidos en base a un acuerdo adoptado entre la Comisión Europea y Estados Unidos adoptada en el año 2000. Esta decisión limitaba la competencia de las autoridades europeas de protección de datos que no podrían enjuiciar la corrección de estos envíos de datos. La sentencia nos puso en una situación crítica, en la que las empresas y administraciones europeas se encontraron con que la decisión de la Comisión Europea que daba validez a este acuerdo se convertía en papel mojado y era declarada nula.

Al día siguiente, y durante algunos meses, se negoció un nuevo acuerdo, basado en que los ciudadanos europeos debían tener mayores derechos a litigar o defender su derecho ante los tribunales estadounidenses, y que las autoridades europeas de protección de datos podrían enjuiciar los envíos de datos a Estados Unidos. Además, se negociaba con un incremente de la garantías de respeto de la privacidad y de los derechos de los ciudadanos en el contexto legal estadounidense.

Como consecuencia de este acuerdo, adoptado en tiempo record, resultó un nuevo marco jurídico, que resolvió el problema y que permitia a las empresas y administraciones públicas seguir exportando datos a Estados Unidos dentro de la legalidad. Estados Unidos tuvo que modificar su normativa procesal, y desde hace pocos meses, los ciudadanos europeos podíamos litigar en Estados Unidos en defensa de este derecho fundamental.

Pues este avance, logrado tras una negociación muy intensa, le parece demasiado garantista al nuevo presidente, y ya ha avanzado que lo quiere eliminar del panorama jurídico estadounidense. El problema que causaría esta decisión, si se materializa, es que, como ya ha dicho el Parlamento Europeo, si se modifica esta condición esencial, el acuerdo dejaría de tener sus contenidos tal y como fueron negociados, y debería dejar de aplicarse.

Las consecuencias serían nefastas para las empresas europeas que siguen utilizando servicios digitales de proveedores estadounidenses, ya que sin un marco jurídico, estas exportaciones de datos pasarían a ser ilegales, y exigirían revisar la utilización de proveedores americanos.

¿Qué pasará? Debemos seguir con mucha atención los siguientes pasos de este anuncio, que si es lo que parece provocará una nueva revolución en Europa y que exigirá soluciones imaginativas.

Y no menos problemático es el Brexit, proceso de separación del Reino Unido respecto de su pertenencia a la Unión Europea. Tras un periodo inicial de contenido eminentemente político, ahora vamos a analizar el caso por caso de la situación en la que queda el Reino Unido tras esta decisión, y nos enfrentamos a la pregunta de qué pasará con los datos que empresas europeas tienen en el Reino Unido y empresas británicas tienen en la Europa continental, en sus relaciones mutuas de provisión de servicios sobre todo en un contexto digital. No son pocas las empresas que tienen servidores en territorio británico debido sobre todo a las condiciones fiscales u otras. La salida del Reino Unido en ejecución del artículo 50 del tratado europeo, convertirá a todo movimiento de datos hacia este Estado en una transferencia internacional de datos, lo que hace muy complejo y dificulta enormemente este movimiento.

Así pues, tiempos dudosos en las relaciones con estos dos Estados que provocará que las empresas y administraciones tengan que reflexionar y reorientar sus flujos de datos personales, para respetar el derecho fundamental de los ciudadanos europeos.

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