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La familia de Asier Niebla critica “las lagunas” de la Ley de Violencia de Género por no incluirlo como víctima

La familia de Asier Niebla en una ofrenda floral en su memoria en Donostia

Maialen Ferreira

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La familia de Asier Niebla lleva tres años tratando de que su caso sea considerado como un crimen machista y, a él, como el primer hombre víctima de violencia de género. Sin embargo, esta semana el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la familia y por la acusación popular -el Ayuntamiento de Urnieta, donde residía Niebla- y no ha aceptado la agravante de género en su caso, condenando así al autor del crimen a 11 años y 6 meses por un delito de homicidio.

Lo hechos tuvieron lugar la madrugada del 12 de agosto de 2018, la primera noche de la Semana Grande donostiarra. Según los testigos del crimen, a Asier Niebla le agredieron por la espalda cuando se encontraba hablando con una chica. Un individuo le propinó un golpe en la cabeza y cayó al suelo. A causa del impacto, Niebla estuvo en coma hasta el 11 de octubre, cuando finalmente falleció. Su atacante se trataba de la expareja de la chica con la que conversaba. 

El juicio, que contó con jurado popular, se celebró en diciembre de 2020 en la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa. El jurado popular declaró al acusado culpable de un delito de homicidio con agravante de violencia de género. La sentencia, que se dio a conocer un mes más tarde, en enero de 2021, condenaba al culpable de la muerte de Niebla a 12 años y 11 meses de prisión, ya que también incluía, además del homicidio, la agravante de género. No obstante, el autor del crimen recurrió dicha sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que desestimó la agravante de género y le rebajó la pena hasta los de 11 años y 6 meses de cárcel.

Según la sentencia del recurso, Niebla no puede ser considerado una víctima de violencia de género por el hecho de que el atacante quisiera realmente atacar a la chica con la que estaba, porque la víctima directa del acto fue exclusivamente él. “Si la aplicación de la agravante de género prevista en el artículo 22-4 del Código Penal exige que haya quedado acreditado que el autor ha cometido los hechos contra la víctima mujer por el mero hecho de serlo y con intención de dejar patente su sentimiento de superioridad frente a la misma, en el caso enjuiciado, al no darse esos presupuestos, no puede ser aplicada dicha agravante de género”.

De hecho, la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género establece medidas de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia machista y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela que sean víctimas de esta violencia, pero no dice nada acerca de los hombres que sean allegados de la mujer.

A pesar de lo dictaminado por el Superior vasco, la familia quiso tocar la última puerta para lograr que la agravante de género se considerase y presentó un recurso ante el Tribunal Supremo. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha coincidido con el Superior vasco y ha vuelto a desestimar la agravante de género.

“Ampliar” la Ley de Violencia de Género

“Asier murió por un golpe en la cabeza producido por el exnovio de la chica con la que hablaba. Ni si quiera se conocían entre ellos, sin mediar palabra y sin posible reacción, como testificaron los testigos. Según la exnovia, este agresor la amenazó con atacar al que estuviera con ella, y lo hizo y mato a Asier. ¿ Esto no es un asesinato? Tenemos una justicia muy básica y obsoleta. La Justicia debería reflejar como violencia de género los casos como el de Asier”, ha lamentado el hermano Juanjo, el hermano de Asier Niebla.

Según ha señalado, su intención a la hora de buscar que su hermano sea reconocido como víctima de violencia de género “no es restarle importancia a la Ley de Violencia de Género” ya existente, sino ampliarla. “Nosotros, desde el minuto uno, hemos querido dejar claro que la Ley de Violencia de Género es necesaria, pero vemos, como en el caso de Asier, que esta ley tiene lagunas. ¿Cómo puede ser que unos lo apoyen y otros no? ¿Cómo puede haber tanta discrepancia dentro de la Justicia? Después de lo que luchamos y conseguimos con la primera sentencia, se abría un camino para ampliar la Ley de Violencia de Género, no cambiarla sino ampliarla”, ha explicado.

“No es una víctima oficial para el Estado pero sí para el pueblo”

La familia ha contado desde un primer momento con el apoyo de las instituciones locales. El Ayuntamiento de Urnieta (Gipuzkoa), localidad en la que vivía Asier Niebla, firmó en 2020 un acuerdo político para llevar la modificación de la ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género al Parlamento vasco y así pudiera llegar al Congreso de los Diputados, en Madrid.

Ese mismo año el Ayuntamiento también aprobó una moción en la que instaba a los Gobiernos central y vasco a reconocer como violencia machista casos como los de Asier Niebla. La moción contó con los votos favorables del PSE-EE, PNV y EH Bildu. El Ayuntamiento de Urnieta es, además, la primera institución en reconocer a Asier como un caso de la violencia machista. El Ayuntamiento de Donostia, por su parte, realizó en 2018 una declaración institucional en la que también lo define como agresión machista. 

“Asier no es una víctima oficial para el Estado pero sí lo es para el sentir del pueblo, y así nos lo habéis hecho saber y por esto estamos enormemente agradecidos. Seguiremos haciendo lo posible para que la ley se amplíe y se incluyan los casos como el de Asier para que estemos todos y todas mas protegidos ante la ley porque ampliar la ley de Violencia de Género, suma, no resta”, ha concluido.

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