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El Superior vasco no aprecia agravante de género en el crimen de Asier Niebla pero mantiene una pena de once años

La familia de Asier Niebla en una ofrenda floral en su memoria en San Sebastián

Maialen Ferreira

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha enmendado al juzgado de primera instancia y ha desestimado el agravante de género en el caso de Asier Niebla, el joven que murió en octubre de 2018 en San Sebastián tras permanecer desde el 12 de agosto de ese año en coma, como consecuencia del golpe que recibió de la expareja de la chica con la que se encontraba hablando en el exterior de un bar, durante las fiestas de Semana Grande donostiarra.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es/Euskadi, se recoge que las víctimas de los hechos por los que se ha seguido el proceso son el propio Asier Niebla como víctima directa y sus padres y hermanos como víctimas indirectas. Sin embargo, no la joven, exnovia del atacante que se encontraba hablando con Niebla en el momento del acto.

“Tampoco podría tener tal consideración (de víctima) de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de la víctima del delito, toda vez que no consta acreditado en las actuaciones que haya sufrido daño o perjuicio sobre su propia persona o patrimonio (...). Tampoco consta acreditado que haya sido cónyuge no separado legalmente o de hecho, ni persona que hasta el momento de la muerte hubiera estado unida” al acusado, señala la sentencia, que también recalca que “no se han justificado en el proceso actos de violencia o ataque” a la joven por parte del acusado “por el hecho de ser mujer ni tampoco figuran daños en el relato de hechos probados de la sentencia apelada vinculados a la joven ni que esta ”haya presentado denuncia contra el acusado por la comisión de actos de violencia contra ella“.

La sentencia concluye que “si la aplicación de la agravante de género prevista en el artículo 22-4 del Código Penal exige que haya quedado acreditado que el autor ha cometido los hechos contra la víctima mujer por el mero hecho de serlo y con intención de dejar patente su sentimiento de superioridad frente a la misma, en el caso enjuiciado, al no darse esos presupuestos, no puede ser aplicada dicha agravante de género”.

A pesar de ello, la sentencia condena al acusado a una pena de once años y seis meses de prisión -un año menos que en la anterior sentencia-, inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, y medida de libertad vigilada, por tiempo superior a cinco años de la duración de la pena de prisión impuesta. La resolución judicial, asimismo, desestima “el recurso supeditado de apelación” y confirma la sentencia apelada “en los demás extremos que no han sido revocados por la presente resolución”. La defensa había recurrido el fallo de la Audiencia de Gipuzkoa ante el TSJPV y había solicitado que se revocase la sentencia y se condenase al acusado por un delito de lesiones o de homicidio imprudente.

“Mi hermano ha muerto por alguien celoso que le atacó por sorpresa”

“No entendemos cómo un tribunal puede echar por tierra el agravante de genero impuesto en una sentencia con un jurado popular. ¿No sirve de nada un jurado popular? ¿No es legítimo? La Fiscalía también se reafirmó en que se le impusiera el agravante de genero y la jueza en su sentencia también lo tuvo que elaborar no viendo ningún error al veredicto del jurado popular. Este juicio ha sido largo, duro pero honesto y justo. Hemos tenido que escuchar muchas mentiras y cada vez el acusado se quitaba más responsabilidad y nos ha generado más daño a la familia. Mi hermano ha muerto por alguien celoso que le atacó por sorpresa y que no conocía, produciéndole la muerte para decirle a la chica con la que estaba mi hermano que 'conmigo o con nadie más', y esto ya lo dijo el antes de hacerlo. Le dijo que si le veía con otro iría a por el”, ha explicado Juanjo Niebla, hermano de Asier a elDiario.es/Euskadi tras conocer la sentencia.

Los hechos tuvieron lugar la madrugada del 12 de agosto de 2018, la primera noche de la Semana Grande donostiarra, cuando a Asier Niebla le agredieron por la espalda cuando se encontraba hablando con una chica. Un individuo le propinó un golpe en la cabeza y cayó al suelo. A causa del impacto Niebla estuvo en coma hasta el 11 de octubre, cuando finalmente falleció. Su atacante se trataba de la expareja de la chica con la que conversaba. 

El pasado diciembre de 2020 el jurado popular se decantó por la opción del homicidio con dolo eventual, propuesta por la Fiscalía, ya que a su entender, el agresor era consciente de que con la acción de golpearle “creaba un riesgo” para la vida de Asier. Asimismo, admitió el “agravante de género” que pedían las otras dos acusaciones aunque rechazó el agravante de ensañamiento y todas las atenuantes demandadas por la defensa.

Finalmente, el 22 de enero de 2021 la jueza sentenció una pena de 12 años y 11 meses de prisión por un delito de homicidio con agravante de género, además de una indemnización económica de 100.000 euros a cada uno de los progenitores de Niebla y de 40.000 a cada uno de sus dos hermanos. También se le impusieron las costas procesales, incluyendo las devengadas por la intervención de la acusación particular.

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