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La familia de la víctima de abusos en Gaztelueta critica la rebaja de la condena: “Es ofensivo que se diga que no contó todo desde el principio”

Leticia de la Hoz, abogada de la familia de la víctima de abusos sexuales en Gaztelueta

Iker Rioja Andueza

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“Me parece ofensivo contra todas las víctimas de violencia sexual que se diga que no contó todo desde el principio. Parece mentira que a estas alturas haya que repetir hasta la saciedad que las víctimas no cuentan las cosas cuando quieren, sino cuando pueden. Me parece ignominioso”. Juan Cuatrecasas, ahora diputado por el PSOE, antes fundador de la asociación Infancia Robada y siempre padre de su hijo, que sufrió abusos sexuales cuando cursaba Secundaria en un colegio masculino del Opus Dei en Leioa llamado Gaztelueta, ha encajado con irritación la sentencia del Tribunal Supremo que rebaja de 11 a 2 años de cárcel la condena contra el profesor y numerario responsable de los hechos, José María Martínez Sanz, al considerar que no hay pruebas más allá del testimonio del denunciante de los prácticas más explícitas.

La resolución judicial, que estima en buena medida el recurso del abogado del docente, el navarro Eduardo Ruiz de Erenchun –ya lo fue antes del violador y asesino de Nagore Laffage– se ha conocido este lunes al tiempo que la inhabilitación de Quim Torra y en medio de una formidable polémica sobre la politización de la Justicia española. En otro contexto, esta sentencia habría tenido mucho más recorrido. Su ponente ha sido el magistrado Manuel Marchena –conocido por dirigir el juicio del 'procés' el pasado año– y la firman también sin votos particulares Juan Ramón Berdugo, Andrés Palomo, Ana María Ferrer y Susana Polo.

La base para la rebaja de la condena es que no están probados los hechos más graves entre los abusos denunciados por la víctima, las prácticas sexuales más duras, algo que sí vio claro el tribunal que enjuició a Martínez Sanz, la Audiencia Provincial de Bizkaia. El Supremo se agarra a que esto no fue relatado desde el principio por el entonces niño y ahora adulto, lo que resta consistencia a su testimonio aunque dé por hecho que el delito fue “continuado”.

“Nos vemos obligados a insistir, una vez más, en que para la fundamentación del juicio de autoría no es suficiente un acto de fe del órgano de enjuiciamiento. No basta con que la versión de la víctima inspire credibilidad. La realidad de los hechos imputados y su atribución al acusado tienen que ser el resultado de un proceso de valoración probatoria que no reserva espacio para intuiciones voluntaristas. Cuando el Tribunal reconoce que falta el detalle de la vivencia traumática, cuando afirma que ello es así porque el impacto emocional hace explicable hasta que se carezca del recuerdo de esa vivencia y cuando, en fin, los hechos de especial gravedad son narrados muchos años después de la fecha en la que se sitúa su acaecimiento, proclamar sin fisuras que existe persistencia en la incriminación y aceptar la íntegra verosimilitud del relato, es un ejercicio de voluntarismo incompatible con el canon constitucional de valoración probatoria”, escriben los magistrados.

“Lo cuentan cuando pueden, no cuando quieren. Necesitó años de terapia para poder hacerlo con dos intentos de suicidio entre medias. Después lo hizo seis veces. ¿Cuántas veces más lo tenía que haber hecho”, se pregunta Leticia de la Hoz, abogada de la familia Cuatrecasas en estos años. A la letrada le asaltan más dudas: “¿Por qué el Supremo dice que se cree una parte del testimonio y no la otra?”. Añade para la reflexión que “muchísimas” víctimas de abusos sexuales en la Iglesia no lo cuentan “hasta que cumplen 50 ó 60”. “Se les está diciendo que no denuncien, que no servirá porque no lo han contado antes. Es un llamamiento a los pederastas del mundo para que se instalen en España”, se desespera De la Hoz, que ha llevado otros casos similares en los últimos años.

La familia sale del proceso –que les llevó a dejar de vivir en Euskadi para mudarse a otra comunidad autónoma– con el consuelo de que “hay una condena”, aunque sea de dos años y aunque sea justamente ése el límite para no entrar en prisión si se carece de antecedentes penales, como es el caso. “Hay condena. Esto lo recalco por si alguien tiene la intención perversa de blanquear la actuación de este delicuente. Ya no es presunto. Es un abusador. Habiendo una condena de dos años, me gustaría que el Opus Dei dé la cara y asuma su responsabilidad”, subraya Cuatrecasas, que ha conocido el fallo judicial por los medios de comunicación. El hecho de que los abusos no sean considerados como algo aislado sino como una práctica “continuada” supone también un alivio.

¿Y el colegio? El centro ha defendido siempre la inocencia de su maestro, hasta el punto de pagarle parte de la defensa –como reveló este periódico– o incluso organizar una rueda de prensa para desacreditar a la familia. “Lo que opine el colegio Gaztelueta a estas alturas me da lo mismo”, afirma Cuatrecasas. Fuentes cercanas al centro han explicado que prefieren no realizar comentarios. Este colegio no admite a mujeres y recibe fondos públicos del Gobierno vasco al ser un centro concertado.

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