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La condena a TVG por represaliar a una periodista: un hito en la lucha contra la manipulación tras 400 'venres negros'

Protesta de los trabajadores de la CRTVG ante el Senado en marzo de 2023, en la huelga detonada por los traslados forzosos

Luís Pardo

9 de marzo de 2026 22:02 h

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Todo comenzó el 15 de febrero de 2023. Aquel día, Alberto Ordóñez, redactó una de esas rutinarias noticias que cada mes informan de los avances del IPC. “Los precios subieron en Galicia en el mes de enero un 6,4%. En toda España, la subida fue del 5,9. Son los datos oficiales que hoy publicó el Instituto Nacional de Estadística”, escribió en la entradilla que tendría que leer el presentador del informativo de la Radio Galega antes de darle paso. Cuando pulsó el botón de enter, este respetado periodista económico, con más de dos décadas en la emisora autonómica, no podía imaginar que estaba a punto de verse involucrado en una cadena de traslados que tanto él como el resto de implicados siempre consideraron una clara represalia. Dos años y media docena de derrotas judiciales después, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia les ha dado la primera alegría. La Sala de lo Social ha condenado a la CSAG, la antigua CRTVG, por vulnerar los derechos fundamentales de una de sus compañeras.

Parece una obviedad recordar que el ámbito de influencia de la Radio Galega es Galicia y, por eso, con un lógico criterio periodístico, Ordóñez puso para aquella información los datos de la comunidad autónoma en primer lugar, sin valorar que eran peores que los del conjunto del Estado y que eso podía resultar incómodo para el discurso oficial. Tal y como relató después ante la jueza, su superior le pidió “de forma ambigua” que modificase la pieza para “disimular” esas malas cifras. “Ya sabes...”, contó que le dijo. El periodista, que había dejado su pieza grabada, se amparó en la cláusula de conciencia para negarse a cambiar nada. Sin embargo, cuando la noticia se emitió en antena, el paso fue muy diferente: “Dato definitivo del IPC. Los precios subieron en enero en toda España un 5,9% con respecto a hace un año. La inflación subyacente, que no cuenta ni los alimentos frescos ni los carburantes, se sitúa en el 7,5%”. Tras todos esos datos, llegaba el autonómico: “En Galicia, los precios subieron en el mes de enero un 6,4%”.

Al día siguiente, empezaba un tsunami de cambios. El subdirector de Informativos llamaba a su despacho a Ordóñez para comunicarle que, tras 23 años en la radio, se iba a la TVG, a cubrir una jubilación en el programa Vivir o mar, lejos de la actividad económica que había marcado su carrera y en un medio que desconocía. Con él se iba también a la tele Nuria López, redactora multipremiada sin experiencia en el medio televisivo y que acabaría trabajando en la página web. El cambio de cromos se completaba con dos redactores de la tele, completamente neófitos en su nuevo destino, que daban con sus huesos en la radio: David Fernández, el “daño colateral”, y Mónica Rosas, vinculada al canal desde 1998. A ella es a quien el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia le acaba de reconocer la vulneración de derechos fundamentales por parte de la corporación gallega de medios públicos, la CSAG (la antigua CRTVG).

Desde el primer momento, Ordóñez, Rosas y López denunciaron esos cambios de puesto como una represalia por su postura crítica con la manipulación informativa, que los había convertido en rostros visibles del movimiento Defende a Galega. Era habitual verlos posar cada venres negro —van ya 407— vestidos de luto junto a decenas de compañeros. Tanto ellos como el comité intercentros entendieron que se estaba enviando un mensaje a los disidentes. La respuesta fue una convocatoria de huelga que hizo caer programas de las parrillas de la radio y la televisión y que llevó las protestas hasta la puerta del Senado. Allí, en la Cámara Baja, con un escaño otorgado por designación autonómica, debutaba el expresidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, que iniciaba su carrera como líder del PP en Madrid. Precisamente, a ese nuevo papel de Feijóo achaca lo que le sucedió la quinta protagonista de este juego de las sillas.

Mayte Cabezas era otro rostro histórico de la TVG. Llevaba más de 30 años en pantalla, los últimos como parte del equipo de Vivir Aquí. En 1989, días después de que ella empezase a trabajar en el canal autonómico, el padre Cabezas, guardia civil, fue asesinado por los Grapo. En 2019, Feijóo, como presidente de la Xunta, se acercó a Mayte en un homenaje para comprometerse personalmente, “de manera muy íntima y vehemente” a aprobar de inmediato una ley de apoyo a las víctimas del terrorismo. Cuatro años más tarde, sin que de esa ley siga sin saberse nada y con Feijóo ya en Madrid, el candidato popular afirmaba: “Hacer política que merece la pena pasa por recordar a las víctimas del terrorismo”. Era sábado, 11 de marzo, Día Europeo de las Víctimas del Terrorismo.

Cabezas estalló en su muro de Facebook personal y respondió que Feijóo “con mayoría absoluta dio la espalda sistemáticamente a las víctimas”. “Qué sinvergüenza. Reír por no llorar”, añadía entre signos de exclamación. El lunes, cuando llegó a su puesto de trabajo, tenía esperando sobre su mesa la carta que le comunicaba su traslado inmediato a la radio. La explicación oficial aseguraría después que el motivo era la cancelación del programa, algo que estaba previsto con anterioridad. La CSAG ha llegado a respaldar esa afirmación presentando ante la Justicia unos correos electrónicos supuestamente previos a las afirmaciones de la periodista. Ni ella ni sus abogados se lo creen y han presentado una impugnación por falsedad. La admisión o rechazo de esa querella está aún en trámite en un juzgado compostelano.

El vía crucis judicial

Todos los afectados por estos cambios recurrieron a la Justicia, excepto Fernández. A él le habían dejado claro que era un “daño colateral” en esos movimientos de piezas. “Tú no estás castigado... Bueno, nadie está castigado”, declaró ante la jueza que le había dicho el subdirector de informativos, Alejandro López Carballeira, hoy ascendido a director. Hablar en favor de sus compañeros tuvo un coste para él. Como tantos otros trabajadores que habían pasado años encadenando contratos temporales, denunció a la CSAG y la Justicia lo declaró indefinido. En una decisión “sin precedentes”, según el comité, en lugar de readmitirlo, como siempre se había hecho, lo indemnizaron y lo despidieron. Y eso que, cuando lo enviaron de la tele a la radio —un medio en el que también carecía de experiencia— lo hicieron “para crear equipo y generar buen ambiente”. Pero eso fue antes de comparecer ante la jueza.

Ordóñez, Rosas, López y Cabezas denunciaron que los traslados suponían una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo y la vulneración de sus derechos fundamentales. Las dos juezas que vieron sus casos fallaron lo mismo: que como esa modificación no existía, no era necesario entrar al fondo del asunto. Las magistradas consideraron equivalente el trabajo en la radio, en la televisión y en la página web, aunque hubiese que utilizar programas informáticos y herramientas diferentes para los que los afectados no habían recibido formación. Una de las expertas encargadas de defender la postura de la CSAG fue Ana Isabel Rodríguez, decana de la Facultade de Comunicación de Santiago en la que —junto a otros cargos de la Corporación— imparte clases López Carballeira. Entre sus argumentos, que “en la titulación oficial de Licenciado/Graduado en Periodismo no existe una especialización en función de los soportes de distribución de la información”.

Tras ese primer fracaso, que no indaga bajo la superficie de los cambios, llegan las distintas estrategias judiciales y los resultados diferentes, incluso opuestos, hasta utilizando los mismos argumentos. Ordóñez recurrió la sentencia ante el TSXG, que desestimó sus demandas y cerró el caso. Sus tres compañeras, sin embargo, se agarraron a la decisión de las juezas de no entrar al fondo de la cuestión y solicitaron, ante el mismo órgano, la anulación de la sentencia y que la causa se recondujese a la vulneración de derechos fundamentales. Con las mismas razones, la petición de Rosas y Cabezas sí fue aceptada; la de López, que recayó en otra sala, se rechazó.

La CSAG anuncia recurso

La de Mónica Rosas, con fecha de 2 de marzo y conocida este fin de semana, ha sido la primera de las sentencias favorables. Después de cinco derrotas judiciales, fue recibida con alborozo tanto por la plataforma Defende a Galega como por el comité y los trabajadores críticos con la deriva de los medios públicos. En su escrito, la Sala de lo Social hacía suyo “el reproche jurídico” a la jueza de primera instancia que suponía admitir el recurso justo antes decretar “la existencia de vulneración de los derechos fundamentales de la actora” y ordenar a la CSAG “cesar en esa conducta”.

Además, el TSXG condena a la corporación a abonar a la periodista 7.501 euros “en concepto de indemnización por daños y perjuicios morales por la vulneración de derechos fundamentales”. Una cantidad que puede parecer irrisoria tras los dos años de proceso y después de que Rosas tuviese que acogerse a una baja por trastorno de ansiedad tras un traslado que ahora la justicia considera injustificado. “Qué barato resulta violar la Constitución”, resume Matías Movilla, consejero del despacho de abogados Vento y todo un veterano en la defensa de los trabajadores de la CSAG.

Para la presidenta del comité intercentros, Raquel Lema (CUT), la sentencia es “importantísima” porque, a partir de ahora, la corporación tendrá “la obligación de justificar muy bien” cualquier decisión de traslado de trabajadores que hasta ahora utilizaba “como una excusa para las represalias”.

Este lunes, en su comparecencia semanal tras el Consello de la Xunta, el presidente Alfonso Rueda envió balones fuera y pasó la pelota a la Corporación. En su respuesta, Rueda obvió que la actual directora xeral de la CSAG, Concepción Pombo era la directora de informativos y superior directa de López Carballeira cuando se produjo la vulneración de derechos fundamentales sentenciada ahora por el TSXG. “La decisión del cambio de unidad orgánica de la demandante se tomó por el Director de Informativos de la CRTVG, Don Alejandro López Carballeira, junto con las Direcciones implicadas en dicho cambio”, escriben textualmente los magistrados.

Pombo llegó a la dirección xeral de la Corporación el pasado mes de julio, después de un cambio en la ley de medios públicos que permitió al PP designarla en solitario sin necesidad de una mayoría cualificada y pese a ser señalada como principal responsable de la manipulación informativa durante los casi ocho años que ejerció la jefatura del departamento. Cuando ascendió a lo más alto, López Carballeira heredó su puesto.

Tras el despeje de Rueda, llegaba la respuesta de la CSAG, fiel a sí misma. A través de correo electrónico, un portavoz relacionaba la demanda de Rosas con las otras tres, todas presentadas a raíz de lo que define como “reestructuración organizativa”, una “potestad de la dirección empresarial” y señala que los cuatro casos “obtuvieron sentencias favorables para la Corporación en primera instancia”. Añade que contaron con informes de la Fiscalía que, “al igual que las resoluciones judiciales, no apreciaban vulneración de derechos fundamentales”. Sin embargo, esos fallos no negaban la vulneración: simplemente, las juezas evitaban valorar si existía amparándose en que no había una modificación sustancial de las condiciones laborales.

“De los cuatro casos, éste es el único en el que el TSXG hace una lectura distinta y se aparta del criterio establecido previamente”, concluye antes de anunciar que la Corporación “recurrirá esta sentencia ante el Tribunal Supremo al entender que la reestructuración organizativa responde a una causa objetiva”.

Queda por saber si esa “lectura distinta” será la última. El caso de Mayte Cabezas está pendiente de la resolución de la querella por supuesta falsedad en los correos de la CSAG antes de seguir adelante. El de Nuria López, en punto muerto tras la decisión del TSXG de no anular su primera sentencia, podría reavivarse tras el empujón que ha supuesto el final feliz del de su compañera. Un final que aún no es definitivo, ante el anuncio de recurso de la Corporación, pero la defensa de las trabajadoras otorga muy pocas posibilidades a ese último intento. Afirman que la Sala de lo Social del Supremo apenas admite un 2% de los recursos de casación para la unificación de doctrina. Para conseguirlo, necesitarían encontrar un caso similar al de la periodista gallega en el que se justificase un desenlace diferente. Algo que no parece nada fácil.

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