El Cermi reclama seguridad jurídica en el reconocimiento de la discapacidad y la dependencia
El Cermi ha realizado las propuestas con el objetivo de dar seguridad jurídica a la inclusión de los actos de reconocimiento del grado de discapacidad y dependencia por la vía social.
Hasta ahora, el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del Sistema regulado por la Ley se ha atribuido a la Jurisdicción Contencioso-Administrativo. En este sentido, el Cermi considera que “no es el orden jurisdiccional más adecuado para ejercer el control judicial sobre la actividad administrativa en este orden”.
Así, explica que lo que se busca es una coherencia en la organización de los órdenes jurisdiccionales, siendo la Jurisdicción Social, el orden competente en relación al control judicial de los actos administrativos de la Seguridad Social, así como del reconocimiento del grado de discapacidad o de dependencia.
Igualmente, explica que las prestaciones en materia de protección de las situaciones de dependencia se configuran como “un auténtico sistema de derechos”. Por ello, indica que “guarda similitudes evidentes con el del reconocimiento del grado de discapacidad o con el sistema de prestaciones económicas de la Seguridad Social, cuya competencia la tiene la Jurisdicción Social”.
Por otro lado, recuerda que, según información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), el 79,38 por ciento de los solicitantes de valoración de la situación de dependencia tiene más de 65 años de edad, y el 53,02 por ciento son personas mayores de 80 años. Por ello, apunta que las personas que recurren, en vía contencioso-administrativa, una solución de valoración de la situación de dependencia, tienen una esperanza de vida media bastante reducida“.
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