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Más Madrid se prepara para dar la batalla legal por la representación en la Mesa: invoca el Estatuto y la Constitución

El diputado de Más Madrid, Íñigo Errejón, durante la sesión constitutiva de la legislatura

Fátima Caballero

Ciudadanos se ha hecho este martes con la Presidencia de la Asamblea de Madrid gracias al apoyo de Partido Popular y Vox, pese a haber sido el tercer partido en votos y escaños en las elecciones autonómicas del 26 de mayo. El respaldo de los dos partidos ha permitido sumar la mayoría absoluta para que Juan Trinidad se impusiera como presidente de la institución con 68 votos, frente a los 64 que ha obtenido la candidata del PSOE, Pilar Llop.

Pero la presidencia de la Mesa no le ha salido gratis a Ciudadanos. A cambio, el partido de Albert Rivera y PP han garantizado que Vox se alzase en las votaciones con la vicepresidencia tercera. En la composición final de los siete puestos de los que forman el órgano, dos han sido para Ciudadanos, dos para PP, dos para el PSOE y uno para Vox. Las dos derechas y la extrema derecha se han garantizado cinco de los siete asientos, el 71,5%, dejando fuera a otros dos partidos con representación parlamentaria: Más Madrid y Unidas Podemos.

La silla para Vox y la exclusión de Más Madrid, pese a que la formación de extrema derecha tiene el 8,8% de los votos y ocho diputados menos que el partido de Íñigo Errejón que se impuso en las urnas con el 14,5% de los sufragios, contraviene el Estatuto de Autonomía de la Comunidad, según Más Madrid.

Errejón ya ha anunciado que recurrirá la composición de la Mesa ante el Tribunal Constitucional al entender que el pacto “atenta contra el Estatuto de Autonomía”. “Estamos convencidos de que el Constitucional nos dará la razón”, ha asegurado el fundador de Podemos.

Los de Errejón se refieren al artículo 12.2 C del Estatuto que establece que “el Reglamento garantizará [...] la composición y funciones de la Mesa, las Comisiones y la Diputación Permanente, de manera que los Grupos Parlamentarios participen en estos órganos en proporción al número de sus miembros”.

El reglamento de la Comunidad de Madrid, sin embargo, no ha desarrollado este punto y no contempla la proporcionalidad en la elección de la Mesa. Sobre la elección de la Mesa, el documento establece lo que ha ocurrido este martes durante el Pleno: votaciones en secreto en las que se imponen los grupos más votados para cada puesto. La única cláusula es que “en ningún caso podrán ser elegidos más de cuatro Diputados pertenecientes a la misma formación política cuya candidatura hubiera obtenido escaños en la Asamblea de Madrid”.

Pese a que el reglamento no haya desarrollado el artículo 12 del Estatuto, la norma autonómica prevalece al ser la de rango superior, aseguran fuentes jurídicas a eldiario.es. Por tanto, según Más Madrid, la Mesa de la Asamblea deberá estar formada en proporción a la representación lograda en los comicios, y en este caso al imponerse Vox sobre su formación “se está incumpliendo”.

“Vamos a solicitar un recurso de amparo ante el Constitucional, el artículo 12 del estatuto autonómico recoge el criterio de la proporcionalidad y aunque no se refleje en el reglamento, un estatuto impera como ley y por tanto la proporcionalidad debe existir como mandato”, defiende el presidente del grupo parlamentario de Más Madrid, Pablo Perpinyà en declaraciones a este diario.

Precedente en Andalucía

Perpinyà detalla que no será la única norma a la que recurrirá la formación madrileña. Según explica, tras estudiarlo con los abogados, Más Madrid invocará al artículo 23 de la Constitución, en sus apartados primero y segundo, porque defiende “el derecho del candidato a ejercer sus funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes”. “Existe jurisprudencia” sobre el mismo, añade el diputado.

Se trata de un artículo que ya utilizó el PP en 2015 en Andalucía cuando llevó también la composición de la Mesa autonómica al Constitucional. Entonces, el PP protestó por quedarse fuera de la secretaría. Los populares obtuvieron un único representante en la Mesa pese a tener más votos y escaños que Izquierda Unida, que se quedó también con un asiento.

Durante aquella sesión plenaria, de hecho, hubo polémica porque el artículo 34 del reglamento de la Cámara andaluza detalla que los vicesecretarios y secretarios serán elegidos por orden correlativo según la mayoría de votos. Este artículo entraba en conflicto con el 36 del mismo reglamento que establece que todos los grupos tendrán derecho a estar presentes en la Mesa del Parlamento. El presidente de la Mesa de Edad, en una decisión salomónica, se inclinó por dar representación a IU frente al PP e hizo prevalecer el artículo 36 del reglamento.

La diputada del PP afectada, Patricia del Pozo, recurrió ante el Constitucional la decisión aludiendo al artículo 23.2 de la Carta Magna (derecho fundamental a la participación política): “Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal”, recoge dicho artículo.

El Tribunal declaró nula la composición de la Mesa del Parlamento andaluz dos años después, en 2016, al entender que en la sesión constitutiva de la legislatura se vulneraron los derechos de la diputada del PP, por ser “excluida” de las tres secretarías a pesar de haber sido la segunda fuerza más votada. Izquierda Unida se quedó fuera de la Mesa andaluza.

Ahora, el acuerdo de PP, Ciudadanos y Vox ha dejado sin representación en la Mesa del Parlamento Andaluz a Adelante Andalucía, pese a que la coalición de Teresa Rodríguez tenía más representación que la formación de extrema derecha en los comicios. Pero en aquel pacto, Ciudadanos quiso meter a Adelante Andalucía en la ecuación a cambio de que los de Rodríguez aceptasen el acuerdo, pero se negaron para “no blanquear” a la extrema derecha. Un acuerdo político posterior entre todos los grupos acabó otorgando una vocalía a la confluencia de Podemos e IU con voz pero sin voto.

Diferencias entre el caso de Madrid y Andalucía

La diferencia fundamental entre el caso andaluz y el madrileño, explican fuentes jurídicas, es que en Andalucía la discusión se produjo entre dos artículos de la misma norma; mientras que en Madrid el conflicto enfrenta a dos normativas diferentes (el estatuto autonómico y el reglamento de la Cámara) y en ese caso la primera debe prevalecer sobre la segunda.

Otra de las diferencias es que el estatuto andaluz no habla de “proporcionalidad” como sí lo hace el madrileño. Además, en aquel caso, el PP fue el segundo partido más votado en las elecciones e IU fue el último; mientras que Más Madrid ha sido el cuarto y Vox el quinto, por tanto, explican estas mismas fuentes “no se puede hablar de casos exactamente iguales.

En cualquier caso, Más Madrid ya se prepara para dar la batalla legal que le dé la representación en la Mesa de la Cámara. El PSOE, por su parte, ya ha anunciado que también estudiará la ley para definir si se suma al recurso. 

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