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Ya se puede solicitar el uso del huerto urbano de los Jardines del Arquitecto Ribera

Somos Chueca

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El Ayuntamiento de Madrid acaba de publicar la convocatoria de autorización para la ocupación de parcelas de dominio público para el uso de huertos urbanos comunitarios 2018 como el de los Jardines del Arquitecto Ribera, 85 metros cuadrados frente al CEIP Isabel la Católica.

Podrán acceder a la gestión de este y otros 26 huertos urbanos asociaciones sin ánimo de lucro de la ciudad de Madrid inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid que acrediten su carácter social, pedagógico, terapeútico o ambiental y que no persigan fines de lucro.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 10 de abril y la solicitud se puede realizar tanto en línea como presencialmente en las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas.

El Programa municipal de huertos urbanos comunitarios se inició en 2014 con 17, a los que se sumaron ocho nuevos huertos en 2016. Actualmente se está mejorando el acondicionamiento de 9 huertos ya existentes en parcelas vacantes de suelo dotacional, se han instalado 5 nuevos y se ha proyectado el acondicionamiento de 11 parcelas en zonas verdes para el desarrollo de nuevos proyectos de huertos urbanos comunitarios, todos ellos incluidos en esta convocatoria de cesión de parcelas.

Finalmente se incluyen también dos huertos, en Hortaleza y Villa de Vallecas, que ya fueron objeto de cesión en anteriores convocatorias. Con ello, en breve plazo, Madrid contará con más de medio centenar de huertos urbanos distribuidos en todos los distritos.

¿Cómo serán estos huertos urbanos?

El cultivo del huerto se deberá realizar bajo premisas agroecológicas, en los que no se podrán usar fitosanitarios, insecticidas ni abonos de síntesis química y se empleará el agua eficientemente, aprovechando los residuos procedentes de restos vegetales, que serán compostados in situ.

En cuanto a las características de las parcelas, el Ayuntamiento de Madrid las entregará con acondicionamiento previo del terreno, vallado perimetral, instalación de panel informativo, acometida de agua e instalación de arqueta y de circuito para el riego eficiente por goteo y caseta para almacenamiento de aperos.

En cuanto al tipo de especies vegetales que se podrán plantar, serán exclusivamente hortalizas, flores, arbustos aromáticos y frutas, con estructuras autoportantes que no requieran cimentación y sean de fácil desmontaje.

También estará prohibida la pernoctación o residencia en el huerto –sea esta temporal o permanente– y la emisión de ruidos que puedan ocasionar molestias en el entorno en el que se encuentren los huertos urbanos.

En cuanto al plazo de la autorización, el periodo de vigencia es de dos años, prorrogable por un nuevo periodo de otros dos años.

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