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La Fiscalía rebaja a cuatro y dos años de cárcel las penas a los exalcaldes de Castro Urdiales por el caso 'La Loma'

Imagen del juicio de 'La Loma'.

Rubén Alonso

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El caso 'La Loma' de Castro Urdiales ya tiene nuevo escrito del Ministerio Público después de que la fiscal Pilar Santamaría retirara, el pasado 3 de octubre, las acusaciones a 39 de los 45 imputados en la causa. Así pues, la Fiscalía rebaja considerablemente las penas de prisión a los exalcaldes Rufino Díaz Helguera y Fernando Muguruza, quienes se enfrentaban a una condena inicial de 12 y 11 años respectivamente, y que ahora la ven reducida a cuatro y dos cada uno.

Por su parte, dos de los otros cuatro encausados también han visto disminuidas sus penas. El arquitecto Pedro Restegui pasa de los 12 iniciales a cuatro años de prisión, y el exsecretario municipal César Saiz de nueve a siete. Para la técnico Yolanda Sánchez y para el arquitecto Valentín Galdós, la Fiscalía sigue reclamando cuatro y cinco años de cárcel respectivamente.

Asimismo, el Ministerio Público imputa a Díaz Helguera un delito continuado de cohecho y le reclama también inhabilitación para empleo o cargo público durante 10 años, así como una multa de 149.082 euros. Por su parte, a Muguruza le imputa un delito continuado de prevaricación y prevaricación urbanística, por el que pide para él también 10 años de inhabilitación.

Para Restegui, la fiscal también solicita inhabilitación para empleo o cargo público durante 10 años y una multa de 1,8 millones de euros, y los mismos 10 de inhabilitación con una multa de 442.336 euros para Sánchez, ambos por un delito continuado de cohecho.

Sáiz, por su parte, se enfrenta a tres años de prisión por falsedad documental en concurso con prevaricación y cuatro por delito continuado de cohecho, así como a multas de 1.087.334 euros y 10.500 euros, y un total de 10 años de inhabilitación. Por último, para Galdós, de los cinco años de cárcel, el Ministerio Público pide cuatro por delito de cohecho y uno por el de falsedad documental, así como 39.000 euros de multa.

De esta forma, el mayor juicio por corrupción urbanística en el municipio, instruido por el juez Luis Acayro Sánchez en 2008, queda reducido al mínimo, con un volumen de penas y encausados muy alejado del escrito presentado en 2012 por la fiscal María Jesús Cañadas en el que solicitaba cerca de 200 años de cárcel para 46 acusados por delitos de prevaricación, prevaricación urbanística, cohecho, estafa, falsedad, desobediencia e infidelidad en la custodia de documentos.

La decisión de la Fiscalía de “contraer” la macrocausa de 'La Loma' ha sido supervisada por la Fiscalía de Sala de Medio Ambiente, tal y como mandata la regulación interna de la Fiscalía General del Estado. Según han informado a Europa Press fuentes de la Fiscalía Superior de Cantabria, este asunto no ha sido objeto de ninguna resolución escrita de la Fiscalía General, sino que la fiscal superior, Pilar Jiménez, informó “verbalmente” a la fiscal general del Estado, que “ha respaldado la decisión”.

Una vez que la Fiscalía ha presentado el nuevo escrito de acusación, la Audiencia Provincial ha dictado una providencia, con fecha 9 de octubre, en la que concede un plazo de cinco días hábiles a las acusaciones particulares y a los actores civiles para presentar alegaciones.

Transcurrido dicho plazo, las alegaciones se entregarán a las defensas y responsables civiles para que en igual plazo de cinco días aleguen lo que estimen oportuno. Pasados estos plazos, la Sala señalará de inmediato fecha para la continuación del juicio oral, que quedó suspendido el pasado 8 de octubre.

Valoración de la Fiscalía

En el nuevo escrito de la Fiscalía, se recoge que “los hechos objeto del proceso quedan acotados a las presuntas ilegalidades cometidas en la aprobación del plan parcial del SUNP-12 de modificación del PGOU de Castro Urdiales”.

“La Fiscalía verificados los datos obrantes en las actuaciones, así como la aparición de nuevos elementos de ponderación, concluye que las concretas iniciativas relativas al SUNP 3 fueron adoptadas por los responsables municipales sin que hubiera constancia fehaciente de su manifiesta ilegalidad”, sostiene la fiscal.

Así pues, el Ministerio Público valora tres hechos: “En primer lugar, que las nuevas certificaciones expedidas por el Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales indican que la tramitación del Plan Especial de Monte Cueto -ya iniciada en el año 2004- fue finalmente culminada en el año 2008, y que ya se ha iniciado la ejecución del depósito que abastecerá a las referidas viviendas, según acta de replanteo certificada debidamente, una vez superados los problemas de financiación”.

“En segundo lugar, las deficiencias inicialmente observadas fueron progresivamente subsanadas, sin que exista un pronunciamiento judicial que declare la nulidad de los instrumentos urbanísticos por motivos de ilegalidad manifiesta sobre el fondo, sino por razones de carácter procedimental. Lo que, de nuevo, se advera con la certificación recientemente aportada, de la que se deduce que la construcción del depósito era, en todo caso, legalizable”.

Finalmente, tal y como recoge el texto, “puede descartarse la existencia de engaño en los adquirentes de las viviendas, a la vista de las manifestaciones formuladas recientemente por su representación procesal, debidamente ratificadas en las actuaciones”.

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