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Darpón interpreta la ley de forma permisiva y deja fumar en Anoeta en el concierto de Springsteen

Vista de una grada de Anoeta en un acto de homenaje a Otegi.

Eduardo Azumendi

Un espectador acude al estadio de Anoeta a ver un partido de la Real Sociedad. Prohibido fumar. Otro ciudadano acude días después al mismo estadio a presencia el concierto de Bruce Springsteen. Puede fumar si lo desea. El mismo escenario, pero distintas normas. ¿Cuál es la diferencia entre un espectador de fútbol o uno de un concierto a la hora de verse afectado por el humo de sus compañeros de asiento? La Ley vasca de Adicciones recientemente aprobada establece la prohibición genérica del consumo de tabaco en instalaciones deportivas, pero el consejero de Salud, Jon Darpón, ha introducido un matiz. Aunque se prohíba fumar en Anoeta, la restricción no se aplicará cuando el evento no es deportivo.

Es decir, el consejero hace una permisiva sobre el alcance de la prohibición. Ante las dudas suscitadas por la redacción de la ley, el Departamento de Salud ha tenido que consultar a varios expertos jurídicos, cuya interpretación es que la prohibición de fumar afecta solo a los recintos deportivos durante el tiempo en el que están siendo utilizados para un evento relacionado con el deporte. Y a esa máxima se ha aferrado el consejero de Salud.

En el caso del consumo de tabaco, la ley establece que no se podrá fumar en las instalaciones deportivas, “incluidas ...las zonas anejas cerradas, semicerradas y al aire libre”. La redacción de la ley, en este caso, y a diferencia de lo que ocurre con las bebidas alcohólicas, no limita esta prohibición a las instalaciones “en las que se celebren competiciones deportivas”, por lo que podría interpretarse que no se puede fumar en ningún recinto deportivo, con independencia de cuál sea el evento que se está desarrollando en él.

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