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El juicio contra el exdiputado del PP Santiago Cervera se celebrará los días 1, 2 y 3 de junio

Santiago Cervera y su abogado llegando al Palacio de Justicia de Navarra.

EUROPA PRESS

PAMPLONA —

Las sesiones de la vista oral comenzarán a las 9.15 horas en el Palacio de Justicia de Pamplona, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

La fecha para el juicio ha quedado señalada después de que el pasado mes de junio la Audiencia de Navarra desestimara el recurso de Cervera contra la apertura del juicio. Según la decisión que adoptó la Audiencia, existen “indicios suficientes de la posible perpetración por Santiago Cervera Soto del delito imputado”.

Cabe recordar que José Antonio Asiáin recibió el 4 de diciembre de 2012 un correo electrónico anónimo en el que se le exigía el pago de 25.000 euros para evitar que se hiciera pública información en la que se le acusaba de haber facturado importantes cantidades de CAN por su actividad en su despacho de abogado.

Se le pedía que el dinero fuera depositado el 7 de diciembre en una muralla cercana al Club Natación de Pamplona. Asiáin denunció los hechos ante la Guardia Civil. Se preparó así un dispositivo de vigilancia para localizar a la persona que acudiera a recoger el dinero. Acudió Santiago Cervera, que resultó detenido. El diputado aseguró que había sido también víctima de una trampa por medio de un e-mail anónimo.

La Audiencia de Navarra consideró al rechazar el recurso de Cervera que “el indicio fundamental por su relevancia en relación a los hechos imputados (presencia del imputado recogiendo el sobre en el lugar designado en el correo electrónico), y de gran potencial incriminatorio (tal y como lo califica el Ministerio fiscal), no puede quedar desvirtuado en esta fase por la alegación de la defensa de la existencia de una trama que le ha tenido una trampa”.

La Audiencia, que reconocía que había sido “imposible” determinar quién remitió el correo a Asiáin, señalaba “la inexistencia de concordancia temporal” entre el correo recibido por Cervera (29 de noviembre) y el recibido por Asiáin (4 de diciembre) y apuntaba que, “en esta fase procesal”, no se puede otorgar a la tesis de la trampa “la relevancia o entidad necesaria para desvirtuar los indicios claramente objetivos a los que nos hemos referido”.

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