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Hemos vuelto a fallar

Acusados de violación durante un juicio

María Martínez-Delgado Veiga

Máster en Sociocultural Linguistics en la Universidad Goldsmiths, Londres —

Recuerde una situación que haya vivido, nárrela libremente, déjese llevar por los recuerdos y expóngala sin interrupciones. Ahora, intente relatar esa misma experiencia en una conversación, conteste a las preguntas de su interlocutor. Estas preguntas estarán cargadas de la perspectiva y de la intencionalidad del otro. Su versión y su discurso se verán modificados, manipulados y sometidos a la propia interpretación de quien le pregunte. Ahora, imagine que tras haber sufrido una agresión, en un Tribunal de Justicia le hacen las siguientes preguntas:

‘¿Usted se intentó resistir, intentó en ese momento gritar ¿qué hacéis?, no sé’

‘Ha dicho usted que sí que se sintió molesta en algún momento determinado (…). Pero, ¿usted consideró necesario pedir ayuda o pedir auxilio a alguien en ese momento?’

‘Ha indicado usted que es en ese momento en el que se siente intimidada (…) Le pregunto, ¿no pidió alguna explicación, no intentó hablar, no intentó decir, “pero qué hacéis? ¿pero qué haces?”, gritar, no intentó nada?’

Estas preguntas asumen que la persona agredida ha tenido varias opciones para evitar esa circunstancia: resistirse, gritar o pedir ayuda. Todo ello a la luz de un comportamiento ‘racional’ de lo que una persona que ha sufrido una agresión debe hacer. Mediante estas preguntas se culpabiliza y responsabiliza a la víctima de la situación, de ser capaz de gestionar adecuadamente el problema en el que se ha visto inmersa y de salir de él. Estas preguntas no tienen en cuenta para nada otro tipo de comportamiento que no sea el establecido como ‘racional’, pasan por alto que no hay una única manera de reaccionar, y no tienen mucho sentido ante una situación de agresión. Sin embargo, estas preguntas no se refieren a una agresión, sino a una violación, y fueron formuladas en el interrogatorio a la superviviente del llamado caso ‘la manada’. Están indefectiblemente enmarcadas en los mitos de la violación, en la creencia que si la superviviente no grita, no forcejea o no intenta escapar, no es violación. Es decir, que si no hay violencia (o lo que se mal entiende por violencia), la violación no es vista como tal. Estas creencias, estos mitos que responsabilizan a supervivientes y que tanto perjudican a la sociedad, se han volcado en el juicio de este caso, y se reflejan en el interrogatorio a la mujer. Esta responsabilización se ve en las dos preguntas previas, y en la sentencia que considera que una penetración sin consentimiento puede ser un acto no violento. Es en este juicio donde también se hace referencia a la violación como algo que ‘suele pasar’.

‘Una situación que podemos decir que suele pasar en ocasiones relativamente, no digo que esté bien, pero…’.

Afirmaciones como la anterior son más que peligrosas. A pesar del intento de justificación, la agresión sexual es comprendida como algo que puede suceder, como una posibilidad que no es correcta, pero que le puede ocurrir a una mujer. Y por ello, según este discurso, la mujer debe entender esta posibilidad, este riesgo potencial, comprender cuándo se encuentra en un momento peligroso y estar preparada para evitarlo. Este discurso implica la victimización, la responsabilización de la mujer, y la asunción de que hay comportamientos que pueden provocar que suceda la agresión. Una violación se representa con el eufemismo ‘una situación’. Una agresión sexual no es una situación sin más, sino que es el abuso violento de poder sobre la sexualidad de otra persona.

Aquí entra en juego cómo la superviviente es representada discursivamente en el proceso judicial, es decir, en el juicio y en la sentencia que ha dado lugar éste. En cómo la responsabilidad de lo sucedido, de la violación, es depositada en ella. Algo que nunca debería ser así. Y esta culpabilidad está tan imbricada en la manera de entender el mundo que no únicamente se desvela en el discurso de abogados, Fiscales y Jueces, sino que incluso le alcanza a ella cuando afirma que se siente responsable ‘porque podía haberme ido, porque no tendría que haberme puesto a hablar con gente que no conozco (…) Pensaba que era mi culpa por no poder hacer algo para poder irme’. Señoras y señores, esto tiene que cambiar. Nunca una mujer violada se puede sentir responsable de ello. Más bien deberíamos centrarnos en cómo evitarlo a nivel social, en qué problemas de sexismo, desigualdad y educación tenemos, por qué hemos fallado. Con cada violación volvemos a fallar como sociedad justa y democrática, como sociedad no machista que nos jactamos de ser. Con la responsabilización de las víctimas, volvemos a fallar una vez más.

Supervivientes y violadores, una dicotomía delimitada en cuanto a roles y funciones que inunda el imaginario colectivo con la idea de lo que la superviviente de una violación debe hacer para ser creíble. Está en la calle, en las conversaciones cotidianas, en los medios de comunicación, en el discurso de implicados y de afectadas, de Fiscales, Jueces y abogados, en lo que establecen las leyes, en lo que se dictamina en los Tribunales de Justicia. Pero, ante tantas voces y sentencias me pregunto: ¿qué es lo que hace que una mujer que denuncia una violación pase del estatus de mujer no violada a superviviente? Hasta ahora, según la legislación española la agresión sexual es una cuestión de violencia, el abuso sexual no. Ello implica la existencia violaciones no violentas. Recientemente, con este caso se ha debatido si una penetración forzada es violenta o no, si el pene puede ser un arma, si la violencia que implica la penetración no consentida no es suficiente como para considerar que ha habido un acto violento contra el cuerpo de una mujer, que atenta a su sexualidad y a su integridad. Una penetración sin consentimiento es violenta, un abuso de poder, y está indefectiblemente ligada a la agresión de la sexualidad de cualquier persona. No es violencia sin más, no es equiparable a un puñetazo o a una puñalada, sino que es violencia hacia la sexualidad, hacia el placer, la creación y la vida que representa, donde es la mujer quien queda relegada en los casos más afortunados como superviviente, y se emplea la sexualidad como arma. En España nos encontramos con una legislación por delitos sexuales con consecuencias trágicas para las supervivientes. De ahí la urgencia del cambio legal planteado en la denominación de estos crímenes, pues todo ello es reflejo de cómo el Sistema Judicial Español entiende y representa a las víctimas de violación y, por ende, a las mujeres. O, por extensión, en qué lugar se nos ubica a las mujeres en sociedad.

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