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La Audiencia Nacional plantea que la ley de tasas judiciales es inconstitucional

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón

elDiario.es

El Tribunal Constitucional tendrá que pronunciarse sobre la constitucionalidad de la ley de tasas impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy después de que la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional le haya planteado una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley de tasas judiciales.

Los magistrados de la Audiencia consideran que la normativa puede vulnerar la Constitución al estimar que el pago de las tasas puede condicionar el acceso de los ciudadanos a los tribunales y afectar a la tutela judicial efectiva, que es un derecho constitucional.

La sala estima que la finalidad de la ley puede ser “lícita”, por cuanto supone sufragar el coste de la administración, pero apunta también que si el coste de las tasas rebasa ciertos límites puede obstaculizar el acceso de los ciudadanos a la justicia, lo que podría ser inconstitucional. “Lo que no puede ser constitucional es que el pago de dicha tasa condicione: primero, la posibilidad de acceder a la jurisdicción; y segundo la posibilidad de obtener la tutela judicial; y si son estas dos consecuencias inevitables, si no se pagan las tasas, las que se pueden considerar inconstitucionales”, plantea.

La Audiencia Nacional duda de que las tasas tengan en cuenta la proporcionalidad necesaria para conseguir financiar el servicio público de la justicia, en referencia a una posible vulneración de principios de igualdad, equidad y Justicia. “Las consecuencias de la falta de pago de las tasas pueden constituir trabas que resulten innecesarias, excesivas y que carezcan de razonabilidad o proporcionalidad”, señalan los magistrados sobre la ley impulsada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón.

Además, la Audiencia muestra su preocupación por la limitación al acceso a la Justicia que puede implicar esta normativa, al recordar que asistencia jurídica gratuita no alcanza a la mayoría de la población, que “no hallándose en alguna de las situaciones legales para obtener la asistencia jurídica gratuita, sin embargo tenga unos ingresos que superen los mínimos legales, pero con unos gastos corrientes que absorban sus ingresos, y que deberá hacer un desembolso personal para el pago previo de las tasas, no deducible en otros impuestos específicos, como sucede en las personas jurídicas”.

Ahora el Tribunal Constitucional deberá decidir si admite a trámite el la cuestión de inconstitucionalidad y, en caso de hacerlo, deberá pronunciarse sobre la adecuación o no de la reforma a la Carta Magna.

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