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Puigdemont, Comín y Ponsatí afrontan la vista sobre su inmunidad parlamentaria tras la negativa belga a extraditar a Puig

El abogado Gonzalo Boye y los eurodiputados Clara Ponsatí, Toni Comín y Carles Puigdemont, este 14 de enero, antes de entrar en la comisión de Asuntos Jurídicos que trata su suplicatorio.

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —

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Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí se sentarán este jueves por la tarde ante la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo para defender su inmunidad. Será la única vez que intervengan en el proceso del suplicatorio solicitado por el Tribunal Supremo, que les reclama dentro del proceso judicial por el 1-O, y que concluirá con una votación en el pleno –que no se producirá antes de un par de meses, según fuentes parlamentarias–. Es la misma causa por la que el alto tribunal reclamaba al ex conseller de Cultura Lluís Puig, también residente en Bruselas, y cuya euroorden rechazó la justicia belga hace justo una semana.

“Estoy muy tranquilo”, ha dicho el ex president catalán antes de entrar en la sala.

Después de la comparecencia de los tres líderes independentistas, el eurodiputado ultraconservador búlgaro Angel Djambazki, del grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (ECR, el grupo de Vox), elaborará un informe que será votado por la comisión JURI, presidida por el eurodiputado de Ciudadanos Adrián Vázquez, antes de que el caso pase al pleno para su votación definitiva.

El arranque del proceso del suplicatorio en el Parlamento Europeo llega después de que la justicia belga haya rechazado la euroorden contra Puig, exconseller de Puigdemont, por considerar que se ha producido una vulneración de derechos fundamentales. Los tribunales belgas entienden que el Supremo no es el órgano competente para cursar la euroorden, en tanto que no era aforado ante este tribunal.

La decisión del tribunal de apelación de hace una semana, recurrible ante el Supremo belga, abunda en la estrategia de Puigdemont contra su extradición, pues hace suya uno de los argumentos que la defensa de los presos del procés esgrimieron durante el juicio: que tanto el juez instructor, Pablo Llarena, como el presidente de la sala, Manuel Marchena, vulneraron su derecho a ser juzgados por el juez natural predeterminado por ley, que según consideran es el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, cuestión que vulneraría sus derechos de defensa.

El tribunal que vio la causa de Puig en primera instancia no llegó a entrar en el fondo de la cuestión, ni determinó si Puig malversó fondos públicos para realizar el 1-O. En cambio concluía que, tal y como defienden los independentistas, el Tribunal Supremo no podía pedir la extradición. La Fiscalía belga recurrió esta sentencia y la Sala de Apelaciones hace una semana vino a confirmarla, prácticamente con los mismos argumentos, y también refiriéndose al dictamen del Grupo de Detenciones Arbitrarias de la ONU, al que concede autoridad para pronunciarse sobre la cuestión de la competencia citando sus conclusiones en la sentencia.

La resolución de la Sala, a la que ha tenido acceso elDiario.es, recoge: “El derecho a ser juzgado por un tribunal independiente y competente fue violado por el hecho de que, en contra de la ley vigente, fueron procesados [Jordi Cuixart, Jordi Sánchez y Oriol Junqueras] ante un tribunal situado en otra parte del país, cuando, según la ley, deberían haber sido procesados ante un tribunal situado en Cataluña, donde supuestamente se cometieron los delitos. La presunción de inocencia se violó tras las declaraciones públicas de altos funcionarios del Estado en las que se establecía la responsabilidad penal del implicado antes del fallo del tribunal, lo que posiblemente afectó la imagen que tenía el tribunal sobre el implicado”.

Pero, además de la argumentación que hace suya del primer titular, la segunda sentencia suma una cuestión añadida para rechazar la extradición, al considerar que esta vulneración al juez natural ocurrida en España podría incurrir también en una vulneración de la presunción de inocencia de Lluis Puig, si fuera entregado a las autoridades españolas. ¿Por qué? Porque si el Supremo se queda con un caso sin ser competente, se podría deducir que tiene un interés más allá de la imparcialidad.

“La vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley conlleva siempre la vulneración del derecho al juez imparcial. No cabe mayor pérdida de imparcialidad que la del órgano judicial, que sin ser competente, considera que lo es y dicta sentencia. La sentencia del TS puede caerse como un castillo de naipes, porque tiene los pies de barro”, escribía recientemente en elDiario.es el catedrático de Derecho Constitucional Javier Pérez Royo.

Así, la sentencia de la Sala de Apelaciones concluye: “Dado que, por un lado, se establece que Lluis Puig i Gordi no era diputado de ningún parlamento (estatal) por lo que, en principio, debería ser juzgado por un tribunal catalán y, por otro lado, sobre la base de la información obtenida por el Ministerio Público, se establece que el Tribunal Supremo español (nacional) se ha declarado repetidamente competente para juzgar a todos los coacusados sobre la base de la estrecha conexión entre los delitos imputados a cada uno de ellos sin que exista una base legal explícita para ampliar esta competencia, se constata que en este sentido hay motivos fundados para creer que la ejecución de la orden de detención europea perjudicaría los derechos fundamentales del implicado, como confirmados en el artículo 6 del Tratado de la Unión Europea”.

Posibles recursos

El hecho de que el Parlamento Europeo siga con la tramitación del suplicatorio, abre la puerta a que la defensa recurra ante el TJUE, y ahí la institución que se arriesga a perder sería la Eurocámara, no el Supremo.

Para hacerlo, la defensa de Puigdemont cuenta con un precedente: en 2008 el tribunal de primera instancia de la UE declaró la admisibilidad de un recurso que impugnaba el levantamiento de la inmunidad contra el eurodiputado británico Ashley Neil Mote. En aquel momento, Luxemburgo defendía que la tramitación de un suplicatorio en el Parlamento Europeo debía “ser objeto de un control de la legalidad por parte del juez comunitario”. Al final, el tribunal terminó desestimando el recurso porque no veía pruebas suficientes, pero no por ello dejó de analizar el caso en curso.

Si el suplicatorio termina votándose en el pleno dentro de un par de meses y se levanta la inmunidad para los tres –que es lo más previsible dada la composición política de la Eurocámara–, la defensa podría ir al juez belga de primera instancia –Jan Coopens–, quien lleva el caso de los tres eurodiputados y ya falló a favor de Puig en agosto. Y es previsible que Coopens, por analogía, vuelva a decir que el Supremo no es competente, por lo que los eurodiputados volverían al Parlamento con todos sus derechos.

“Hemos enviado una carta a los eurodiputados para informarles de la decisión inapelable de la justicia belga en el caso del consejero Lluís Puig. La estrategia de lawfare española acabará en nada. España debe liberar a los presos políticos y detener la represión del independentismo”, afirmaba Junts hace unos días, avisando a la Eurocámara del rechazo de Bélgica a la extradición de Puig pocos días antes de la vista por el suplicatorio.

La semipresencialidad a causa de la pandemia de la COVID-19 había dejado en suspenso el suplicatorio del ex president catalán y los dos ex consellers durante 2020. El procedimiento requiere de sesiones a puerta cerrada en la comisión de Asuntos Jurídicos (JURI), lo que detuvo el caso en marzo. Pero ahora se ha reactivado, toda vez que los servicios jurídicos del Parlamento Europeo han avalado que puedan celebrarse las sesiones de forma híbrida, con eurodiputados en la Eurocámara y otros conectados telemáticamente en las oficinas locales de los diferentes países. No obstante, el caso de Daniël Verlaan, de RTL Niuws, quien recientemente consiguió acceder a una reunión virtual del Consejo de Exteriores de la UE tras averiguar el código de seguridad, alimenta las dudas entre algunos eurodiputados sobre la confidencialidad de las sesiones telemáticas.

En todo caso, los servicios jurídicos piden que los asistentes a sesiones híbridas se limiten a las personas imprescindibles, y establece que las responsabilidades por la violación de la confidencialidad son las mismas que si la reunión fuera presencial.

“La justicia sigue sus cauces y este proceso parlamentario también”, decía Adrián Vázquez hace unas semanas sobre el suplicatorio. “El proceso de suplicatorio no se ha parado y todo el trabajo de campo y de análisis de la documentación está avanzado. Está en juego el prestigio de la institución y quiero ser escrupulosamente garantista: es un tema que afecta a derechos fundamentales y no permitiré que nadie convierta esto en un circo o en un acto electoral que pretenda desprestigiar Europa”, añadía el eurodiputado español.

Verdes e Izquierda Unitaria han mostrado sus dudas sobre el uso de la vía telemática para este tipo de procedimientos que requieren confidencialidad, y que, en la primera sesión, ya se han encontrado con problemas de conexión y desconexión de los eurodiputados a los que la presidencia de la comisión no ha dado importancia y ha calificado de “normales”.

“La primera reunión [en octubre pasado] transcurrió dentro de la máxima normalidad, produciéndose el primer intercambio de puntos de vista entre los diputados pertenecientes al Comité tras la exposición llevada a cabo por el ponente. Se ha acordado proceder con la siguiente fase, que sería la audiencia a los diputados afectados”, han explicado fuentes de la presidencia. La sesión fue “acalorada”, explican otras fuentes, mientras el croata Mislav Kolakusic, eurodiputado no inscrito, ha afirmado que había “un fondo político” en el proceso.

El ponente

Los abogados de Puigdemont, Comín y Ponsatí alegan que hay “pruebas sólidas de persecución política, que en la mayoría de países de la UE el delito de sedición no existe y que el Tribunal Supremo, como ha certificado la justicia belga, no es competente”.

Y, además, señalan que en los tres expedientes, el encargado de redactar el informe que recogerá la opinión de la comisión parlamentaria que, en última instancia se someterá a la votación del pleno, es el ultraconservador búlgaro Angel Djambazki, del grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (ECR, el grupo de Vox). “Es un sistema rotatorio y me tengo que ajustar a las normas”, ha dicho Vázquez.

Fuentes del equipo de Puigdemont, Comín y Ponsatí cuestionan que se haya designado un solo ponente para los tres eurodiputados porque el reglamento recoge que debe haber uno “para cada expediente de inmunidad”, así como las implicaciones políticas y jurídicas que conlleva que sea un diputado que comparta grupo con Vox –pero también con los flamencos nacionalistas de la N-VA, aliados políticos de los independentistas en Bélgica–.

“La decisión del ponente se tomó en febrero y, básicamente, al ser los tres informes sobre prácticamente la misma situación, se decidió concentrarlos en el mismo para no generar un agravio comparativo entre diputados. Es una cosa que nosotros vemos natural y que en su día ningún grupo se opuso. Eso es algo que le compete a la comisión y al ponente decidir”, afirma Vázquez, quien añade: “Entiendo que los tres diputados querrán influir en el resultado de las deliberaciones. Así lo están haciendo a través de su abogado, enviando correos que yo no sé exactamente qué finalidad tienen, porque son cosas que nosotros no podemos analizar, ni debatir, ni explicar. Nosotros realmente no podemos entrar en eso. No podemos entrar en el fondo ni en la forma del asunto. Soy una persona que siempre ha respetado la ley y creo que la ley es fundamental y que la norma se tiene que respetar. Punto por punto. Y ese es mi único cometido aquí. E intentaré, por supuesto, que dentro del comité, que es donde yo tengo cierta autoridad, pues aquello no se convierta en un circo. Nada más”.

Posteriormente a la comparecencia de los eurodiputados, se deberá presentar un borrador de la ponencia para ser debatido, cuya redacción final tendrá que someterse a votación por parte de los 25 miembros de la comisión, cinco de los cuales son españoles –el presidente es de Ciudadanos, dos eurodiputados del PP y dos del PSOE–, más tres suplentes –Vox, PP y Ciudadanos–.

Fuentes de Junts-Lliures aseguran que la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo es la que tiene un porcentaje mayor de eurodiputados españoles, especialmente de PP, PSOE, Ciudadanos y Vox, una cuestión que quieren evidenciar porque son partidos que han manifestado abiertamente que quieren la “extradición de los eurodiputados, y esto tiene implicaciones en la imparcialidad del procedimiento”.

Una vez superados estos pasos, llegará al pleno del Parlamento Europeo, donde se votará, y fuentes del equipo jurídico recalcan que, pase lo que pase con el suplicatorio, los eurodiputados “seguirán siendo eurodiputados” pese a perder la inmunidad.

Las reglas de la Eurocámara permiten rechazar un suplicatorio si está motivado por opiniones o votos del eurodiputado en el ejercicio de sus funciones y también si se da un caso de fumus persecutionis, es decir, cuando se concluye que la intención de la petición es “perjudicar la actividad política de un diputado y, en consecuencia, la independencia de la institución”.

Así, la base de la defensa del equipo jurídico de Puigdemont, Comín y Ponsatí será argumentar que hay “persecución política” y que, como consecuencia, se quieren impedir que ejerzan de eurodiputados. También pondrán sobre la mesa que el Tribunal Supremo “no es un órgano competente” en todo ello, y que no se puede acusar a los tres eurodiputados de hechos que en otros países de Europa no existen o no son delito, y recuerdan que hay precedentes en este punto. “Hay tribunales europeos que ya han dicho que la sedición no existe, que los hechos no son constitutivos de delito, como Alemania”, apuntan desde el equipo jurídico, que avisa de que, en función de cómo se desarrolle todo el procedimiento, el caso podría acabar en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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