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El Poder Judicial confirma 1.079 rebajas de penas y 108 excarcelaciones por la ley del ‘solo sí es sí’

11 mayo 2023 - 14:45 h
Vista de una manifestante que muestra un cartel de protesta durante una movilización de reivindicación de los derechos de las mujeres con diversos mensajes a favor del feminismo, en una fotografía de archivo. EFE/Juan Ignacio Roncoroni

La ley del 'solo sí es sí' ha provocado al menos 1.079 rebajas de penas a delincuentes sexuales, de las que 108 han supuesto la salida de la cárcel del agresor, según los datos recabados hasta el 1 de mayo por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en funciones. El órgano de gobierno de los jueces ha actualizado el balance oficial que viene publicando desde el pasado marzo. La cifra publicada incluye las rebajas acordadas por el Tribunal Supremo (20), la Audiencia Nacional (1), los tribunales superiores de justicia (118) y las audiencias provinciales (940) desde que entró en vigor la norma, el pasado 7 de octubre.

La estadística no es completa, ya que el CGPJ tampoco dispone de la cifra global de causas que se han revisado, que están tramitándose o pendientes de revisar. El porcentaje de revisiones que implican reducción de condena está en el 30,9%, aunque el órgano advierte de que nueve de los 17 tribunales autonómicos y diez de las 52 audiencias provinciales no han facilitado información sobre el número total de sentencias que han revisado. Han trasladado sólo la información de aquellas que han supuesto rebajas de penas.

Sí lo ha hecho el Tribunal Supremo, que ha firmado hasta el momento 20 revisiones de condenas de un total de 47 sentencias analizadas que estaban en fase de recurso. Es decir, de procedimientos sobre los que no se había dictado una sentencia firme cuando entró en vigor la ley del 'solo sí es sí', pero que sí se han podido impugnar bajo el prisma de la nueva norma. Por lo tanto, el Supremo ha rebajado la pena a los agresores en el 42,6% de las sentencias revisadas.

El pasado 29 de abril entró en vigor la reforma de esta ley para evitar que, a futuro, agresores sexuales puedan tener condenas más bajas de las que les hubiera correspondido con el anterior Código Penal. La reforma no acabará con el goteo de revisiones porque al ser, en principio, una ley menos favorable no se puede aplicar retroactivamente. Se puede aplicar, en todo caso, a aquellos agresores sexuales que hayan delinquido desde su publicación en el BOE.

Informa Elena Herrera

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