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El Gobierno concede el indulto parcial a la expresidenta de Infancia Libre, condenada por sustracción de menores

La expresidenta de Infancia Libre, María Sevilla (i), asiste al juzgado a que le entreguen la orden de ingreso en prisión, en el Juzgado de lo Penal nº 2, a 1 de febrero de 2022, en Madrid

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El Gobierno ha concedido el indulto parcial a María Sevilla, expresidenta de la asociación Infancia Libre. En octubre de 2020 había sido condenada por un tribunal de Madrid a dos años y cuatro meses de prisión por sustracción de menores. Además, el juzgado la inhabilitó para ejercer la patria potestad sobre su hijo durante cuatro años. Ahora el Ejecutivo decide conmutar la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por ciento ochenta días de trabajos en beneficio de la comunidad, “a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años”, según figura en el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado hoy.

El pasado 9 de mayo la Fiscalía de Madrid se mostró favorable al indulto parcial, una medida que María Sevilla había solicitado el 31 diciembre para no tener que entrar en la cárcel. Sin embargo, un mes después el juzgado denegó suspender su ingreso en prisión por no haberse arrepentido de los hechos.

La Fiscalía, no obstante, apoyó el indulto porque, aunque Sevilla no había mostrado un arrepentimiento “expreso y claro”, sí hbía evidenciado un “acatamiento a la legalidad” al haber satisfecho “las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia e ingresado voluntariamente en centro de cumplimiento”.

En febrero pasado, un total de 168 colectivos feministas habían reclamado el indulto “urgente” y “total” para María Sevilla. Las organizaciones consideraban que este caso es una muestra de la “política de retirada de custodias a madres que defienden a sus hijos e hijas en denuncias por malos tratos y abuso sexual infantil por parte de sus progenitores” que “el Estado viene aplicando desde hace años”. Estas mujeres, aseguraron, “son condenadas con sentencias ejemplarizantes que incluyen como escarmiento su condena a prisión por defender a sus criaturas ante presuntos maltratadores”.

Además, en un contundente escrito del pasado mes de diciembre, varios relatores de la ONU aseguraron que existe “un sesgo discriminatorio” que “hace que el testimonio de las mujeres se perciba como menos creíble” y apuntan al uso del llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP), por el que las madres vendrían a manipular a sus hijos e hijas. Esta teoría, desacreditada por organizaciones científicas y judiciales, ha sido vetada ya en España a través de la Ley de Infancia, pero las organizaciones aseguran que se sigue utilizando en los juzgados.

Incumplimiento de sentencia

María Sevilla fue condenada por incumplir una sentencia que otorgaba la custodia al padre de su hijo tras permanecer en paradero desconocido con el menor desde comienzos de 2017. Desde el principio, Sevilla ha acusado al padre en varias ocasiones de abusos sexuales hacia el niño y llevaba varios meses librando una batalla judicial, pero la única denuncia que prosperó fue archivada.

Fue detenida en marzo de 2019 en una finca de Villar de Cañas (Cuenca) y tras ser puesta a disposición judicial, quedó en libertad con cargos. El pasado enero la Audiencia Provincial de Madrid confirmó la condena.

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