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La Agencia Tibutaria andaluza no devuelve ingresos indebidos por un “problema informático”

María Jesús Montero, consejera de Hacienda, en una comparecencia ante los medios

Néstor Cenizo

La Junta de Andalucía no devuelve ingresos tributarios cobrados indebidamente (por duplicidades, por ejemplo) desde el pasado mes de diciembre. Para justificar el retraso, dos delegaciones alegan que se están produciendo errores en la aplicación de un nuevo sistema informático, sin precisar más. Sin embargo, desde los servicios centrales de la Consejería de Hacienda y Administración Pública no han ofrecido más información.

En la Delegación de Málaga ofrecen la explicación del problema informático a los contribuyentes que piden explicaciones. En Almería, la confirman: “Han aplicado un nuevo programa y hay problemas”. El error persiste desde diciembre y ha motivado quejas de ciudadanos (sin que sea posible precisar la cifra). Las delegaciones territoriales acuerdan la devolución cuando corresponde, pero la orden la emiten los servicios centrales desde Sevilla, que deben ejecutar la transferencia.

Una abogada cuenta un caso particular que sirve de ejemplo: después de una compraventa de una vivienda ingresó el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Agencia Tributaria andaluza. Cuando se dio cuenta de que el impuesto aplicable era el IVA, realizó el ingreso por este impuesto a la Agencia Tributaria estatal y solicitó la devolución a la Junta de Andalucía. Desde diciembre, la administración andaluza le reitera que no puede proceder a la devolución por un problema informático y recientemente le informaron de que la devolución está acordada, pero no se realiza el pago por el supuesto problema informático. Desde los servicios centrales han informado a la Delegación de que están realizando pruebas. La abogada ha interpuesto una queja ante la Consejería de Hacienda.

Cuando la Administración rectifica errores de hecho o aritméticos, hay duplicidad de ingresos, el interesado ha pagado la tasa sin recibir la contraprestación o existe una resolución firme de un recurso administrativo o judicial favorable al contribuyente, la Agencia Tributaria debe devolver el ingreso. El Decreto 135/1993 establece un plazo máximo de seis meses para hacerlo.

La Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía gestiona impuestos propios, tasas y contribuciones especiales, y también impuestos cedidos por el Estado. Son impuestos cedidos el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la Tasa Fiscal sobre el Juego, el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos y el Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte. Son impuestos propios los Impuestos Ecológicos, el Impuesto sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito, el Impuesto sobre las Bolsas de Plástico de un Solo Uso en Andalucía y el Canon de mejora.

La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas no ha respondido oficialmente a las preguntas formuladas.

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