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Alaya rechaza grabar la declaración de imputados para evitar “actuaciones teatrales o alegatos políticos”

EUROPA PRESS

SEVILLA —

La juez Mercedes Alaya, que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares tramitados por la Junta de Andalucía, ha emitido un nuevo auto en el que rechaza que se puedan grabar las declaraciones judiciales con medios audiovisuales a fin de evitar “actuaciones teatrales o alegatos políticos que pudieran pretenderse”.

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla rechaza de este modo la petición realizada al respecto por el abogado José María Mohedano, que defiende en esta causa a los exdirectores generales de Presupuestos Buenaventura Aguilera y Antonio Vicente Lozano, éste último también exviceconsejero de Presidencia.

En este sentido, la instructora recuerda que esta misma petición ya fue planteada, e igualmente rechazada, en uno de los sumarios de Mercasevilla, punto en el que pone de manifiesto no obstante que en su juzgado “se han efectuado en fase de instrucción algunas grabaciones audiovisuales cuando se ha estimado necesario”.

La juez ofrece tres argumentos para rechazar la petición, uno de los cuales se refiere a “la importante repercusión mediática que tiene la causa”, ya que “es conocido que en el curso de las declaraciones algunos letrados aprovechan sus ausencias de la sala para trasladar a la prensa, de acuerdo con sus respectivos intereses procesales y políticos, el contenido de una declaración inacabada y no firmada”.

“ABSOLUTA COMPARSA”

“Esta trascendencia mediática y esta indeseable retransmisión en directo de las declaraciones daría lugar indudablemente a que las grabaciones audiovisuales de las mismas aparecieran en los medios de comunicación, en cualquier espacio de Internet, como si se tratara de cualquier vídeo de sobremesa, contribuyendo a una morbosidad innecesaria y a convertir un procedimiento judicial de extraordinaria importancia en una absoluta comparsa”, alega la juez.

A juicio de la instructora, “el respeto a la función jurisdiccional y sobre todo a la dignidad de las personas que como testigos e inculpados han de comparecer, obliga a evitar la situación propuesta, y por supuesto las actuaciones teatrales o alegatos políticos que pudieran pretenderse”.

A fin de argumentar su rechazo a que se graben las declaraciones, la juez también hace referencia al hecho de que las declaraciones sean “muy extensas” en el tiempo y a que la grabación “no evitaría levantar el acta de las mismas, pues por razones prácticas y de estudio de la causa resultaría inoperativo tener que escuchar y visionar las larguísimas declaraciones para repasar algún extremo importante para cualquier actuación procesal futura”.

En tercer lugar, dice que el secretario judicial, “en virtud de la fe pública judicial”, comprueba “la identidad del contenido de las actas con lo declarado por los testigos e inculpados”, a lo que se suma, además, que la exigencia de grabación audiovisual de las declaraciones en fase de instrucción “carece de cobertura legal, pues dicha grabación solo es obligatoria en los juicios”.

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