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Condenados a cárcel cuatro exdirectivos de la CAM por falsear las cuentas de la entidad

Penas de hasta 4 años de cárcel para la excúpula de la CAM por falsedad contable

EUROPA PRESS

MADRID —

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas que van de los dos años y nueve meses y los cuatro años de cárcel a cuatro exdirectivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), entre ellos los los exdirectores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós, por falsear presuntamente las cuentas relativas a los ejercicios 2010 y 2011.

La sentencia de la Audiencia Nacional condena por los delitos societarios de falsedad contable y falsedad en la información a los inversores por contribuir estos directivos a “vulnerar el principio de imagen fiel de la CAM en momentos de grave crisis económica y financiera”. Según queda probado, los banqueros, por realizaban conductas “tendentes a distorsionar las cuentas y balances de la entidad, contribuyendo así a la vulneración  del principio de imagen fiel de la CAM, en momentos de grave crisis económica y financiera que se intentó esconder o al menos maquillar”.  

La sentencia, de 310 folios,  considera probado que los cuatro condenados son responsables de reflejar en los estados financieros de la entidad una situación económica de beneficios en lugar de las pérdidas que realmente estaba generando dicha entidad. Así, en el primer trimestre de 2011 se presentaron unas cuentas ante el Banco de España con un resultado positivo del ejercicio ( beneficio) de 39.771 millones de euros que no reflejaban en modo alguno la situación real económica de la Caja cuyos resultados a 30 de junio de 2011, preparados por el FROB fijaban en 1.163,493 millones de euros de pérdidas y un ratio de morosidad del 19%.

Las cifras de los estados de balance dice la sentencia eran “irreales y espurias” y esa disparidad de cifras, añade el tribunal, “constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía tal situación para el sistema financiero en su conjunto, aparte de la contravención del principio de seguridad jurídico-contable que ello implicaba”.

En relación con los delitos que de estafa a gravada, apropiación indebida administración desleal y falsedad en documento mercantil por las remuneraciones obtenidas por los exdirectivos, la Sala les absuelve por una “total ausencia de prueba del acto engañoso, especialmente cuando llama la atención que ninguno de los supuestos engañados ha acudido al juicio a explicar aquel o aquellos supuestos actos de disposición que realizaron por el engaño previo a que fueron supuestamente sometidos”.  

El tribunal absuelve a la Fundación de la Comunidad Valenciana Obra Social de Caja Mediterráneo ( Fundación CAM) Banco Sabadell y Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros  y Reaseguros ( CASER) de las reclamaciones dinerarias que se les venían formulando.

Las penas completas son: a los exdirectores generales de la entidad financiera, Roberto López Abad  y Maria Dolores Amorós, 3 años de prisión por el delito societario continuado de falsedad contable; al ex director general de Planificación y Control Teófilo Sogorb 4 años de cárcel por delito societario continuado de falsedad contable ( 3 años) y delito de falsedad en la información a los inversores ( 1 año); al ex director General de Inversiones y Riesgos Francisco José Martínez García, la Sala le impone dos años, nueve meses y un día por el delito societario continuado de falsedad contable. El Tribunal absuelve a los otros 4  acusados, Modesto Crespo,  Vicente Soriano, Juan Luis Sabater y Salvador Ochoa .

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