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El Gobierno de Cantabria anula el contrato del Puerto de Laredo

Imagen aérea del Puerto de Laredo.

eldiario.es Cantabria

El nuevo Gobierno de Cantabria ha decidido dejar sin efecto el procedimiento iniciado por el anterior consejero de Obras Públicas, Francisco Javier Rodríguez Argüeso, para rescindir el contrato de explotación del Puerto de Laredo, siguiendo así las recomendaciones del Consejo de Estado, que no considera causa de resolución los incumplimientos del concesionario esgrimidos por el anterior Ejecutivo autonómico.

A la vista de las recomendaciones de este órgano consultivo, el nuevo titular de Obras Públicas, José María Mazón, ha firmado ya una resolución por la que acuerda no continuar con el procedimiento iniciado por su antecesor. El actual Gabinete iniciará un nuevo procedimiento en base a la apertura de la fase de liquidación de la concesionaria, la sociedad participada por FCC y Ascan. 

Esta Unión Temporal de Empresas (UTE) solicitó la declaración del concurso de acreedores en el año 2013, después de que los tribunales anularan el acuerdo alcanzado con el Gobierno PRC-PSOE para compensarla económicamente por los sobrecostes que fue acumulando el proyecto por diversas causas. El Ejecutivo presidido por Ignacio Diego fue el que recurrió a la vía judicial para que se declarara lesivo aquel acuerdo. Una vez anulado, la sociedad acabó solicitando la declaración de concurso de acreedores, entrando en noviembre del año pasado en fase de liquidación.

De este modo, el Gobierno de Cantabria asumirá el rescate de la infraestructura, teniendo que hacer frente a un desembolso estimado en unos 50 millones de euros.

El informe

El informe del Consejo de Estado que ha dado pie a esta decisión del consejero señala expresamente que los incumplimientos de la concesionaria esgrimidos por el anterior Ejecutivo del PP –renuncia a explotar la obra pública, negligencia en la explotación y negativa a asumir la financiación de la totalidad de las obras ejecutadas- no justifican la resolución del contrato, tal y como ha destacado el nuevo consejero.

En concreto y en relación con la renuencia a explotar la obra, el órgano consultivo estima que “no puede ser considerada un incumplimiento esencial”, ya que la adjudicataria comenzó la explotación “tan pronto como fue requerida”.

Tampoco aprecia “negligencia en la explotación” en el procedimiento seguido para la comercialización de los puestos de amarre, la evaluación del riesgo de demanda en los planes económico financieros, la falta de explotación del parking y la ausencia de acciones de publicidad destinada a la comercialización de los puestos de amarre. En este caso, aprecia en la conducta de la concesionaria “irregularidades que pueden dar lugar a la imposición de penalidades”, pero “tampoco pueden asimilarse a un incumplimiento esencial” a los efectos de la rescisión.

Del mismo modo y en relación con los incumplimientos en materia de financiación, el Consejo de Estado cree que “no son esenciales, ni tampoco están previstos en el contrato, ni en el pliego como causas de resolución”.

Por todo ello, el informe concluye que “no procede resolver el contrato por incumplimiento del contratista” al “no apreciarse la causa de resolución alegada por la Administración”. Aunque este dictamen no es vinculante, José María Mazón considera “muy importante” que las resoluciones de su departamento se ajusten a los razonamientos del Consejo de Estado, “como lo han hecho siempre en los últimos años”.

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