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El Gobierno penalizará con fuertes multas las protestas que los jueces se niegan a castigar

Los jueces acordaron 43.858 desahucios hipotecarios en España en 2012

Pedro Águeda

El Gobierno tiene a punto un instrumento con el que hacer frente a las nuevas formas de protesta ciudadana en el segundo tramo de la legislatura. Las movilizaciones que arrancaron con el 15-M y que constituyen una prioridad para el Ministerio del Interior desde que el PP ganó las elecciones, caso de las concentraciones frente al Congreso o los escraches, pasarán a estar tipificados como infracciones en la nueva Ley de Seguridad Ciudadana, cuyo anteproyecto estará en la mesa del Consejo de Ministros antes de que acabe noviembre.

Se trata, precisamente, de castigar con sanciones económicas las movilizaciones a las que diferentes tribunales y jueces de instrucción han dado su aval como legítimo ejercicio de la libertad de expresión.

Una vez que el nuevo Código Penal elimina las faltas, las acciones que antes eran tipificadas como tal pasan ahora a ser delitos o infracciones, según su gravedad. La Constitución frena cualquier tentación de convertir en delito actos vinculados a la libertad de expresión y es ahí donde el Gobierno opta por reformar la Ley de Seguridad Ciudadana y convertir esas faltas en infracciones leves, graves o muy graves.

Según adelantó este miércoles el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, participar, por ejemplo, en una manifestación no autorizada frente al Congreso constituirá una infracción muy grave que llevará aparejada una fuerte multa. Un portavoz de su departamento aseguró que aún no se han cerrado las cuantías de las sanciones administrativas para cada infracción.

Durante el primer tramo de legislatura, la estrategia del Ministerio del Interior consistió en intentar sentar a los manifestantes en el banquillo, incluido el de la Audiencia Nacional. El 15M había nacido en la etapa socialista, así que el Ejecutivo de Mariano Rajoy encontró su primera prueba de fuego en la convocatoria del 25 de septiembre de 2012, día en el que la Plataforma En Pie y la Coordinadora 25S llamaron a “ocupar” el Congreso.

Concebida como una forma de revitalizar el 15M, al menos por una parte de los convocantes, la protesta fue modulando su mensaje e incluso llegó a cambiar el ‘ocupa’ por un ‘rodea’. El Gobierno, sin embargo, no dudó y siete de sus convocantes acabaron en la Audiencia Nacional. Una vez celebrada la protesta, el resultado fue un auto del juez Santiago Pedraz que incluía una durísima crítica a los “excesos” de interpretación y actuación cometidos por la Policía y una frase que quedó grabada en la memoria de aquellos días: “No cabe prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por más que estas se alejen o incluso pongan en cuestión el marco constitucional, ni menos aún, de prohibir la expresión de opiniones subjetivas sobre acontecimientos históricos o de actualidad, máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política”.

Sergio García Gómez fue uno de aquellos convocantes y su hermano integró el grupo de imputados que declaró ante Pedraz. Consultado sobre la reforma que prepara el Gobierno, tiene claro que “va en la línea de acabar con cualquier forma de expresión que le hace daño”. García Gómez ni siquiera cree que las fuertes multas vayan a acallar el descontento social. Por muy altas que sean las multas, “¿qué van a hacer cuando sean millones las personas multadas”?, se preguntan.

En sucesivas convocatorias, Interior trató de llevar de nuevo a la Audiencia Nacional las convocatorias frente al Congreso, como susceptibles de violar varios artículos del apartado del Código Penal dedicado a las altas instituciones del Estado. El artículo 493 castiga con penas de hasta cinco años asaltar el Congreso, algo que nunca se produjo. Así que se reservó para su estrategia la aplicación del 494, que castiga con pena de prisión de seis meses a un año o multa de doce a veinticuatro meses a “los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otra clase de reuniones ante las sedes del Congreso de los Diputados, del Senado o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, cuando estén reunidos, alterando su normal funcionamiento”.

El juez Eloy Velasco se unió con motivo de otra protesta al criterio de su compañero Pedraz y más recientemente, Javier Gómez Bermúdez archivó la causa contra los activistas de Greenpeace que se encaramaron al frontispicio de la Cámara Alta.

La “paz social” de Fernández Díaz

La reforma es el último episodio de una estrategia que arranca en la toma de posesión de Fernández Díaz el 22 de diciembre de 2011. Aquel día, el ministro dedicó el mismo tiempo de su discurso a la lucha contra terrorismo que al mantenimiento de la “paz social”, un término utilizado habitualmente para referirse al acuerdo entre Gobierno, patronal y sindicatos y que él eligió en sustitución del de “orden público”. Entre las primeras medidas de Fernández, estuvo la de elegir al frente de la Policía al comisario jefe de los antidisturbios en la época de Aznar.

Cuatro meses después, en abril de 2012, se produjo el choque con el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. Jorge Fernández Díaz se lanzó a anunciar que la resistencia pasiva a los policías o la convocatoria de manifestaciones ilegales sería tipificado como delito en la reforma del Código Penal prometida por el Gobierno. Poco después, el titular de Justicia tuvo que corregirle en ambos casos. Fuentes que trabajan en el Ministerio del Interior sitúan igualmente los roces de Fernández Díaz con su primer secretario de Estado, Ignacio Ulloa, entre los motivos que provocaron la salida de éste del Ministerio. Ulloa, jurista de formación, habría rebatido las pretensiones en este ámbito de Fernández Díaz.

Los escraches son otro objeto de la próxima reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana. Como ocurrió contra las protestas del Congreso, las denuncias del Gobierno y del PP han chocado con los tribunales. Uno de los más célebres encontronazos se produjo con ocasión del escrache de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) en el domicilio de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid, Marcelino Sexmero, archivó la denuncia asegurando en su auto que los denunciados estaban amparados por el derecho de libre expresión y manifestación y que, aunque sus palabras pudieran haber ofendido o perturbado a la vicepresidenta o su familia, no violaron su derecho a la intimidad, “dado que por su carácter de persona de relevancia pública dedicada a la gestión, dicho derecho cede ante los expresados derechos colectivos.

Para Rafa Mayoral, abogado de la PAH, la reforma anunciada por el ministro no hace sino “profundizar en las restricciones de las libertades fundamentales” e insistir en errores cometidos en el pasado, como ocurrió con la ley Corcuera, de la que recuerda, “parte está derogada por el Tribunal Constitucional”. Además, según Mayoral, supone “un intento infructuoso” de limitar el ejercicio de las libertades, que aventuró, los ciudadanos van a seguir ejerciendo.

Proteger a la Policía

Otra de las patas de la reforma son las infracciones que castigan determinadas conductas, aún por determinar, contra las Fuerzas de Seguridad. “El objetivo primordial es garantizar de forma más eficiente la seguridad pública y a su vez proteger mejor a quienes tienen la misión constitucional de velar por el libre y pacífico ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos, es decir, Guardia Civil Policía y fuerzas de seguridad”, dijo este miércoles el ministro.

Hasta ahora, muchas protestas pacíficas se saldaban con denuncias por resistencia o atentado a la autoridad, “un cajón de sastre” para la criminalización de la protesta en sí, según denuncian los activistas. Ocurre en la paralización de los desahucios emprendida por la PAH. Van 825 acciones, según recoge su página web, y ninguno de sus activistas ha sido imputado por un delito de sedición, recogido en el artículo 544 del Código Penal y que castiga a aquellos que “se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad”. De nuevo, los jueces respaldan esa iniciativa ciudadana y el juzgado sólo tramita denuncias policiales por resistencia o atentado.

El Gobierno ha contabilizado 777 ciudadanos heridos en las distintas protestas celebradas en lo que va de legislatura y 253 policías. Al cumplirse el segundo aniversario del 15M, ninguno de los 447 detenidos en esa protesta o similares había sido condenado. Por el contrario, los juzgados de lo contencioso administrativo han condenado en varias ocasiones a la Delegación del Gobierno en Madrid por vulnerar los derechos fundamentales de los manifestantes. Su titular, Cristina Cifuentes, vio cómo caía en saco roto su propuesta de “modular” el derecho de manifestación.

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