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Anomia catalana. Respondiendo a Santiago Muñoz Machado

Imagen de archivo del Parlament de Catalunya

Javier Pérez Royo

El pasado día 10, Santiago Muñoz Machado publicó en La Vanguardia un artículo con el título Anomia catalana. En dicho artículo diagnostica que Catalunya padece una triple anomia: jurídica, que se traduce en la ausencia de ley, médica, que implica un trastorno del lenguaje y psicológica/sociológica, que comporta la carencia de normas sociales o su degradación. Tras el diagnóstico viene la atribución de responsabilidad: “…los dirigentes políticos (catalanes) responsables de las tres clases de anomia… tienen que poner en tratamiento urgente (a la misma) … pues la responsabilidad de avanzar en la resolución de la anomia es de los gobernantes catalanes”.

Faltaría a la verdad si dijera que me ha sorprendido el diagnóstico de la situación y la atribución de responsabilidad. El artículo es una síntesis de lo que Santiago Muñoz Machado viene escribiendo sobre Catalunya desde hace unos años.

Sí me ha sorprendido que no se haya interrogado sobre el porqué de la anomia catalana. Porque no hay nada en principio en la sociedad catalana que la empuje a caer en una situación anómica. Es una sociedad con un tejido social y económico muy sólido y muy dinámico, que ha sido capaz de integrar a una población inmigrante de muy diversa procedencia en una convivencia pacífica durante decenios. Dispone de algunas de las mejores Universidades del Estado y de hospitales de referencia. Barcelona es la sede de una parte muy importante de la industria cultural de España…

¿Por qué una sociedad rica, culta, dinámica… ha caído en una situación de anomia? ¿Se han vuelto locos de repente los ciudadanos catalanes hasta el punto de permitir que unos “gobernantes” los hayan conducido a despeñarse hacia la “ausencia de ley”, el “trastorno del lenguaje” y “la carencia y degradación de las normas sociales”?

Sobre el origen de la anomia y el porqué de la misma Santiago Muñoz Machado no dice una sola palabra. Parece como si considerara que esto es algo irrelevante, sobre lo que no es necesario detenerse. Hay anomia en Catalunya y punto final.

El interrogante se impone: ¿Es posible encontrar una solución para la anomia si no se sabe cuál es la causa de la misma? Catalunya ha estado ejerciendo el derecho a la autonomía desde 1980 en el marco previsto en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía con absoluta normalidad. Renovó su voluntad de continuar ejerciendo dicho derecho a la autonomía reformando su Estatuto de Autonomía cumpliendo escrupulosamente con el procedimiento de reforma previsto en el propio Estatuto y en la Constitución, pactando la reforma con las Cortes Generales y sometiéndola a referéndum. Entre 2006, año de aprobación de la Reforma, y 2010, Catalunya continuó ejerciendo el derecho a la autonomía sin que se planteara ningún problema digno de mención ni en la convivencia en el interior de Catalunya, ni en la relación entre Catalunya y el Estado.

Tanto la convivencia en Catalunya como su relación con el Estado empiezan a deteriorarse en 2010, a partir del momento en que se hace pública la STC 31/2010. Hasta ese momento el bloque de la constitucionalidad, Constitución+Estatuto de Autonomía, contaba con una aceptación extraodinariamente mayoritaria de la población, en torno al 80%. Así había sido desde 1980 ininterrumpidamente, como la serie de estudios del CIS atestigua. Así continuaba siendo tras la Reforma de 2006, pues no se puede olvidar que fue aprobada por más del 90% de los parlamentarios catalanes y por casi el 80% de los ciudadanos en el referéndum.

Esta adhesión ciudadana al bloque de la constitucionalidad, a la fórmula de integración de Catalunya en el Estado desaparece con la STC 31/2010. A partir de ese momento, los ciudadanos de Catalunya, de acuerdo con los resultados de todos los estudios de opinión solventes, se manifiestan partidarios en torno al 80% en la convocatoria de un referéndum, para que los ciudadanos se pronuncien sobre su relación con el Estado. La STC 31/2010 provocó una transferencia casi exacta del porcentaje que apoyaba el bloque de la constitucionalidad al que apoya el referéndum.

De aquí viene lo que Santiago Muñoz Machado califica de anomia y yo vengo calificando de desorden. Catalunya se ha quedado sin Constitución Territorial, porque la Constitución Territorial era el Pacto entre el Parlament y las Cortes Generales y la STC 31/2010 desautorizó el Pacto y desconoció el resultado del Referéndum. El Estatuto tras la STC 31/2010 dejó de ser el Estatuto pactado por el Parlament y las Cortes y refrendado por los ciudadanos, para pasar a ser Estatuto impuesto a Catalunya por el PP a través del Tribunal Constitucional. Con esa norma no se puede ejercer un derecho que pueda calificarse de derecho a la autonomía.

Santiago Muñoz Machado conoció la dictadura del General Franco. Era catedrático de Universidad cuando murió el dictador y sabe, por tanto, perfectamente, que una Dictadura no necesita una Constitución. Pero sabe también perfectamente que una Democracia no puede vivir sin Constitución. La Constitución no resuelve ningún problema que se le plantea a cualquier persona en su vida en sociedad, pero sin ella no se resuelve ninguna. La Constitución en Democracia es la condición sine qua non para que cualquier problema que se plantee en la convivencia encuentre una respuesta política jurídicamente ordenada. Sin Constitución no puede haber orden en la convivencia en Democracia.

Y en Catalunya no hay Constitución desde 2010. La hay formalmente, pero no materialmente. Porque la Constitución es una norma que exige la adhesión ciudadana para que pueda surtir efectos. Es la única norma del ordenamiento jurídico de la Democracia que exige dicha adhesión ciudadana. La única. Sin ella, la Constitución es estéril.

Aquí, en la esterilidad de la Constitución, está el origen del desorden, de la repetición de elecciones, con resultados que bailan en todas las direcciones imaginables, de la descomposición de la coalición nacionalista, CiU, que había dirigido Catalunya desde 1984 y había contribuido incluso desde antes de esa fecha a la gobernabilidad del Estado, de las innumerables intervenciones del Tribunal Constitucional, de la convocatoria de un referéndum en 2014 y otro en 2017, de una reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que lo desnaturaliza en cuanto órgano constitucional, de la aplicación del artículo 155 CE, primera vez que se produce una suspensión de la Constitución desde 1978, de la convocatoria de elecciones y activación simultánea de querellas contra los nacionalistas que concurrían a las mismas…Y, por si faltaba algo, de la intervención del Rey desconociendo su posición como Monarca Parlamentario en nuestra Constitución.

Esta es la situación endiablada en que nos encontramos. Y la solución no está en las manos de los gobernantes catalanes exclusivamente, como pretende Santiago Muñoz Machado. O hay una solución pactada o no la hay. Ni para Catalunya ni para España.

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