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Este es el calendario de fiestas laborales en Andalucía para 2024

Archivo - La Avenida de la Constitución de Sevilla, en el primer día del puente de la constitución de 2020. (Foto de archivo).

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El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes, 4 de abril, el decreto por el que se determina el calendario de fiestas laborales en Andalucía correspondiente al año 2024, que establece doce festividades de ámbito nacional y autonómico con carácter retribuido y no recuperable.

A estos doce días se han de añadir dos de carácter local a propuesta de cada municipio, según se precisa en la referencia del Consejo de Gobierno.

Así, de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas la comunidad autónoma, para el año 2024 se establecen como días festivos en Andalucía, coincidiendo con festivos nacionales, el 6 de enero, Epifanía del Señor, y el 28 de marzo, Jueves Santo, por ser “festividades tradicionales” en la región, además del 28 de febrero, Día de Andalucía.

A estos días elegidos como fiestas de ámbito autonómico se añaden las fiestas de ámbito nacional correspondientes a Año Nuevo, 1 de enero; Viernes Santo, 29 de marzo; Fiesta del Trabajo, 1 de mayo; Día de la Asunción de la Virgen, 15 de agosto; Fiesta Nacional de España, 12 de octubre; Día de Todos los Santos, 1 de noviembre; Día de la Constitución, 6 de diciembre; Día de la Inmaculada, 8 de diciembre, y día de la Natividad del Señor, 25 de diciembre.

Este año, al coincidir el Día de la Inmaculada con un domingo --8 de diciembre--, la fiesta se traslada al lunes inmediato posterior, es decir, al 9 de diciembre.

Más dos de carácter local

De este modo, la relación de festivos en Andalucía para el próximo año 2024 incluye los días 1 de enero (lunes); 6 de enero (sábado); 28 de febrero (miércoles); 28 de marzo (jueves); 29 de marzo (viernes); 1 de mayo (miércoles); 15 de agosto (jueves); 12 de octubre (sábado); 1 de noviembre (viernes); 6 de diciembre (viernes); 9 de diciembre (lunes), y 25 de diciembre (miércoles).

A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del Decreto que establece el calendario laboral 2024 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

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