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Medio centenar de investigados en Andalucía por mutilar orejas y rabos a 1.111 perros

Agente de la Guardia Civil en la operación que ha destapado la mutilación de más de 1.000 perros en varias provincias andaluzas.

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La Guardia Civil, en el marco de la operación 'Raviches-Severed Ear', ha iniciado una investigación que involucra a 58 propietarios de rehalas de perros. Se les acusa de mutilar ilegalmente a 1.111 perros, a los cuales les cortaron las orejas y los rabos en provincias como Almería, Granada, Málaga, Jaén, Córdoba y Sevilla. La operación fue ejecutada por el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil, específicamente por el Destacamento de Sierra Nevada de Granada y de Cazalla de la Sierra de Sevilla.

Entre los 58 investigados, quince pertenecen a la provincia de Granada, 18 a la de Jaén, doce a la de Sevilla, seis a Córdoba, cuatro a Almería y tres a Málaga.

Un veterinario de Úbeda (Jaén) fue detenido como presunto autor de un delito continuado de falsedad documental y otro relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos por maltrato animal. Este profesional otorgaba cobertura legal a las mutilaciones realizadas por los rehaleros, anotando en las cartillas sanitarias de los animales 'Corte de orejas y rabo por funcionalidad bajo anestesia', sin haber examinado a ninguno de estos perros ni proporcionar informes justificativos.

La investigación, que se inició hace un año, reveló dos inspecciones realizadas por el Seprona a una rehala de perros en las localidades granadinas de Picena y Domingo Pérez. Los agentes encontraron a 26 perros con el rabo y las orejas cortadas, y en sus cartillas sanitarias figuraba la anotación “Corte de orejas y rabo por funcionalidad bajo anestesia”. Estas anotaciones estaban firmadas y selladas por un veterinario de Úbeda, sin que se encontrara ningún otro documento especificando las causas veterinarias para esas operaciones quirúrgicas.

Además, otra patrulla del Seprona en la localidad sevillana de Cazalla de Sierra encontró varias rehalas de perros con cortes similares en rabo y orejas. Los agentes sospecharon porque los perros eran cachorros, y la fecha de intervención en sus cartillas estaba muy alejada en el tiempo, siendo incompatibles las lesiones que presentaban, ya que se veían muy recientes.

Las patrullas del Seprona de Granada y Sevilla coordinaron esfuerzos. Mientras la patrulla granadina inspeccionó la zona oriental de Andalucía, la sevillana inspeccionó la occidental. En total, se inspeccionaron más de 2.000 perros, descubriendo 1.111 presuntamente mutilados ilegalmente por sus propietarios. Como resultado, se investigó a 58 personas como presuntas autoras de delitos continuados de maltrato animal, falsedad documental e intrusismo profesional.

Incoherencia de las cartillas sanitarias

Entre las irregularidades detectadas por el Seprona destacan las incoherencias en las cartillas sanitarias, específicamente en las fechas de las intervenciones quirúrgicas de algunos canes, reflejando datos que no correspondían con la realidad. Tras inspeccionar la clínica veterinaria, los agentes constataron que las instalaciones no estaban preparadas para realizar este tipo de intervenciones con garantías mínimas.

Cabe destacar que el corte de orejas y rabos en perros de rehala era una práctica tradicional para evitar daños durante la caza. Sin embargo, esta práctica quedó “totalmente prohibida” desde el 1 de febrero de 2018, fecha en la que entró en vigor en España la ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre protección de animales de compañía.

Las mutilaciones de animales por motivos estéticos o sin utilidad alguna están “terminantemente prohibidas”. La amputación de cualquier miembro o apéndice del animal debe estar debidamente justificada por motivos de clínica veterinaria, y la práctica de tales amputaciones debe quedar reflejada en un informe justificativo, conservado en el historial clínico del animal y realizado por un veterinario con condiciones higiénico-sanitarias adecuadas.

El delito de maltrato animal con lesiones está castigado con penas de hasta 18 meses de prisión o multa de hasta doce meses. En todos los casos, se establece la pena de inhabilitación para tenencia, profesión, oficio o comercio relacionado con los animales. Además, existen circunstancias agravantes que podrían elevar la pena por encima de los dos años y provocar la entrada en prisión del infractor.

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