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Aragón prohíbe fotografiar al amenazado urogallo “para no molestar”, pero permite la caza de otras especies en su hábitat

Apenas quedan 1.500 ejemplares de urogallo en toda España, parte de ellos en el Pirineo.

Eduardo Bayona

Zaragoza —

La fotografía resulta en Aragón una actividad más molesta que las batidas de caza para el urogallo, una especie de ave “vulnerable” y “sensible a la alteración de su hábitat” de la que apenas quedan 1.500 ejemplares en toda España, parte de ellos en el Pirineo. O al menos eso es lo que se desprende del decreto por el que el Gobierno de Aragón ha reformado su plan de protección: proscribe la fotografía en sus áreas mientras facilita, con algunas restricciones, la práctica de la caza y el desarrollo de batidas.

“Con carácter general, en las áreas críticas queda prohibida la práctica de actividades relacionadas con la fotografía y filmación de la especie, por entender que se trata de actividades que pueden generar molestias a los ejemplares”, señala el nuevo artículo 7.5, que sustituye a la anterior normativa, que calificaba esas actividades como “molestias” pero no les aplicaba un veto explícito.

En ambos casos, no obstante, la comunidad autónoma puede autorizar su práctica “si no hubiere otra solución satisfactoria, y sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de que se trate”.

El nuevo plan, por otro lado, acorta en un mes el tramo temporal que hasta ahora se consideraba como de alto riesgo para la especie, del que el Departamento de Desarrollo Rural ha eliminado el mes de agosto.

Sí se podrá cazar y perseguir ciervos y jabalíes

Esa posición tajante con la fotografía y la filmación choca con el tratamiento que se da a la caza, que pasa de “no poder ocasionar molestias” a las aves en ninguna zona incluida en el plan de protección entre el 15 de diciembre y el 31 de agosto, considerado hasta ahora como el “periodo crítico” para la especie, y limitar la presencia a un cazador en las zonas críticas el resto del año a declarar “compatible” la “actividad cinegética, en cualquiera de sus modalidades”, del 1 de agosto al 15 de diciembre en todo el territorio.

Paralelamente, entre el 16 de diciembre y el 31 de julio se permite la caza en los terrenos protegidos situados por debajo de los 1.600 metros de altitud al tiempo que autoriza hasta cinco batidas por municipio para matar ciervos y jabalíes entre mediados de diciembre y el fin de la temporada en las áreas críticas situadas por encima de esa cota.

El decreto establece que en las áreas críticas de Benasque, San Juan de Plan, Plan, Gistaín y Bielsa la batida de ciervos y jabalíes “se considera compatible con la conservación del urogallo cuando se realice en cotas inferiores a los 1.800 metros de altitud, no pudiendo desarrollarse en ningún caso por encima de dicha cota en el periodo señalado como crítico”.

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