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“Definir la agresión sexual como ausencia de consentimiento será más sencillo, pero más problemático”

Agustín Malón es Profesor Titular de la Universidad de Zaragoza y especialista en Pedagogía y Sexología.

Ana Sánchez Borroy

Zaragoza —

'Los sexos, las edades y el deseo: nuevos debates sobre moral sexual y derecho penal' es el título de uno de los cursos extraordinarios de verano organizados recientemente por la Universidad de Zaragoza, impartido en Jaca por Agustín Malón Marco y Miguel Boldova Pasamar. Agustín Malón (Orio, 1970), profesor de la Universidad de Zaragoza y miembro de la Asociación Estatal de Profesionales de la Sexología, defiende la necesidad de abrir el debate sobre la moral sexual y el derecho penal, porque tiene la impresión de que está muy limitado.

¿Cuál ha sido el mensaje del curso extraordinario de la Universidad de Zaragoza 'Los sexos, las edades y el deseo: nuevos debates sobre moral sexual y derecho penal'?

El curso surge a raíz del interés de los directores en cómo han ido evolucionando en las últimas décadas los valores, los principios y las normas, tanto morales como jurídicos, en el ámbito de la conducta sexual. Se trata de constatar que vivimos momentos de inquietud social con el tema de la conducta sexual, de la violencia sexual, sobre todo, hacia ciertos colectivos; especialmente en los medios de comunicación, con noticias que salen prácticamente a diario. Entendemos que lo que está sucediendo ahora forma parte de un proceso histórico más amplio y que, para entender lo que ha pasado con la moral sexual y el código penal, tendríamos que retrotraernos a los últimos 40 o 50 años. En estas últimas décadas ha habido una problematización de la idea de la libertad sexual y de sus efectos, fundamentalmente, en torno a tres categorías de ciudadanos. La primera serían los niños, con toda la preocupación creciente por la cuestión de los abusos sexuales a menores y la pederastia. En segundo lugar, los adolescentes; la edad de consentimiento se elevó a los 16 años hace relativamente poco, en 2015. En tercer lugar, entendemos que también se está problematizando ya desde hace unas décadas, pero está llegando ahora a España, la cuestión de las mujeres y el concepto de consentimiento, el concepto jurídico de abuso, agresión, violación...

¿En qué consistiría esa problematización?

Empezamos planteando la idea de qué sucede con la moral sexual liberal, que es la idea de que la conducta sexual es decisión de cada individuo, que cada individuo debe poder vivir su sexualidad como considere oportuno siempre y cuando respete ciertos límites que tienen que ver, fundamentalmente, con la libertad de los demás. Mi tesis es que sospecho que esa moral liberal no ha sido tan sencilla de aplicar como se esperaba. Aplicar la idea de la libertad en el caso de los menores o de las mujeres no funciona de la misma manera que en el modelo masculino que servía de referencia.

¿Qué ha pasado en los últimos 40 años que explica, según acaba de apuntar, que se esté problematizando la sexualidad de niños, adolescentes y mujeres?

En cierto modo, a mí me da la impresión de que ahora estamos asistiendo a los límites de la libertad. En los años 60, se plantea la idea de la libertad sexual individual como un valor fundamental; el grito es “prohibido prohibir”, porque se sale de un clima de represión sexual y se interpreta que el objetivo es luchar contra una moral sexual represiva católica castrante, fundamentalmente con las mujeres y con los jóvenes. Entonces, se desarrolla un intento de construir una moral sexual reactiva, que sea todo lo contrario de la represión. El objetivo era, digamos, buscar la máxima libertad. ¿Qué es lo que ha ido pasando en España a partir de los 90, en otros países antes? Que ha sido necesario preguntarnos y establecer cuáles son los límites de la libertad. El objetivo ya no es buscar la máxima libertad, sino preguntarnos dónde acaba. Fundamentalmente, esa es la tensión que vivimos hoy en día entre la libertad y la seguridad.

¿No cree que las mujeres continúan reclamando todavía libertad, en el sentido de que piden libertad para actuar como quieran sin ser atacadas?

El problema es que, no sólo para las mujeres, para todo el mundo, la libertad es algo muy complejo. Como cualquier valor, choca con otros valores: no puedes ser completamente libre y, al mismo tiempo, estar completamente seguro. Lógicamente, uno reclamaría para sí mismo la máxima libertad. El problema es que, seguramente, es imposible que el estado o que la sociedad garantice ni a las mujeres ni a nadie la máxima libertad y, al mismo tiempo, la máxima seguridad, porque hay un conflicto entre esos dos valores. Es un conflicto que también se ve, por ejemplo, en la lucha contra el terrorismo: queremos ser libres, pero al mismo tiempo queremos estar seguros. Lo que está sucediendo, seguramente, es que sacrificamos parte de nuestra liberad para tener más seguridad. Es, por supuesto, absolutamente legítimo, todos estamos de acuerdo con el derecho de las mujeres fundamentalmente, por ser habitualmente las víctimas de los delitos sexuales por parte de los hombres, a reclamar esa libertad. La pregunta es cómo garantizar esa libertad y garantizar, al mismo tiempo, la máxima seguridad. O cómo garantizar la libertad de las mujeres, sin amenazar la libertad de los hombres. Esos son conflictos, son debates ineludibles y para los que creo que ahora mismo no tenemos una respuesta definitiva, seguramente nunca la tendremos. Forma parte de la vida que los valores choquen entre sí. Estamos viviendo ese tipo de interrogantes que se están poniendo sobre la mesa y para los que me temo que ahora mismo no tenemos una respuesta clara.

De todas formas, decía antes que se está problematizando la sexualidad de niños, adolescentes y mujeres. ¿Cree que ahora se está problematizando o que se está dando visibilidad a un problema que ha existido siempre?

Es un problema eterno. Es decir, la violencia sexual, la transgresión sexual, la desviación, ir contra la norma… creo que forma parte de la existencia, de la naturaleza humana. Quizá hemos caído en una visión un tanto ilusa del sexo, insistiendo en su parte amable, creyendo que el sexo de por sí es una fuerza benévola, y nos hemos olvidado de que la naturaleza humana y el deseo sexual, sobre todo el masculino, también es una fuerza peligrosa. En la historia del siglo XX, el miedo a los abusos, a la corrupción, a los tocamientos hacia niños, mujeres y jóvenes ha sido una constante. Quizá lo que ha ido cambiando es el modo en que ese peligro ha sido socialmente definido y cómo se ha intentado de alguna manera regular y controlar, tanto moral como jurídicamente.

¿La reacción en las calles frente a la primera sentencia de la manada de Pamplona conseguirá modificar el código penal?

Creo que sí, que tendrá que ser modificado y, además, en breve. De hecho, ya hay presentados dos proyectos de reforma y van en la línea de lo que se ha demandado por parte de los colectivos que han iniciado estas protestas. Se trata de definir la violencia sexual o la agresión sexual de una manera más sencilla, en cierto modo, pero también más problemática: como la ausencia de consentimiento. Toda ausencia de consentimiento pasará a considerarse un delito de agresión sexual. Después, ya se graduará la pena según determinados criterios. Ya se ha hecho en otros países en la misma dirección. La pregunta que nosotros nos hacemos es hasta qué punto esta modificación es puramente nominal, más que realmente de fondo. Es decir, ¿hasta qué punto esto alterará sustancialmente las sentencias y procedimientos y qué tipo de beneficios y problemas provocará? Eso, lógicamente, es algo por ver, pero sospecho que la reforma se va a hacer también porque en España los principales partidos políticos están de acuerdo.

¿Por qué será, en su opinión, más problemático?

Creo que esta reforma forma parte de una serie que ha habido en España aproximadamente desde el año 1996. En el 95 se aprueba el Código Penal, que es la reforma definitiva del que venía desde la dictadura franquista. El capítulo de los delitos sexuales de ese Código Penal entendía que el bien jurídico protegido es el de la libertad sexual. Entonces, se castiga todo atentado a la libertad sexual. A partir del año 96, que es cuando llega el PP al gobierno, se inician una serie de reformas que se concretan en el 99, en 2000, 2013 y 2015 y ahora. Creo que todas estas reformas forman parte de lo mismo: de una modificación del título VIII, que regula los delitos sexuales, para ir más allá de la protección de la libertad sexual, para entrar en una concepción de la libertad sexual más compleja. ¿Por qué digo problemático? Porque me da la impresión de que se quiere entrar en una protección mucho más profunda de la libertad sexual de las víctimas, que fundamentalmente son mujeres, pero no únicamente. Esto me llevaría a explicaciones muy complejas, pero en filosofía se suele diferenciar entre una libertad negativa y una positiva. Si el código penal del 95 buscaba proteger toda amenaza a la libertad sexual negativa, estas tendencias que vemos ahora van un poco más allá y buscan proteger otro tipo de libertad. Ahora, básicamente, como ya se ha hecho en otros países, lo que se va a buscar es que el hombre tiene que asegurarse de que la otra parte consiente. No basta con que la otra parte asienta, sino que debe haber un consentimiento explícito, con lo que la exigencia de garantía de libertad se hace mucho mayor. Eso, a la hora de presentar denuncias y juzgarlo, es más problemático porque ya no se basa directamente en comportamientos externos, sino que parece que lleva a entrar en vivencias internas y en interpretaciones mucho más subjetivas del comportamiento de las personas. En otros países donde se ha aplicado este tipo de normas, en realidad se observa que los jueces siguen interpretando la norma de una manera más tradicional para seguir, en cierto modo, protegiendo ese otro bien jurídico y ese otro derecho fundamental, que es la presunción de inocencia. ¿Qué sucede aquí? Que, como hemos dicho antes entre libertad y seguridad, hay un conflicto entre bienes jurídicos, derechos e intereses de distintas personas. Uno tiene derecho a ser reconocido como víctima, protegido y resarcido y otro, a la presunción de inocencia. Hay que entender que muchas veces los delitos sexuales son muy difíciles de probar porque, a menudo, tenemos la palabra de uno contra la de otro, porque se producen en la intimidad y si no ha habido algún tipo de violencia evidente, física, con consecuencias objetivables, siempre es muy difícil de valorar para un juez.

¿No le parece que un consentimiento explícito es, precisamente, la forma de que se pueda juzgar por comportamientos externos y no tanto por impresiones?

Claro, lo que pasa es que utilizando la violencia puedo conseguir que la otra persona haga un consentimiento explícito. No es garantía tampoco de que no haya intimidación o algún tipo de presión. Es más complicado de lo que parece. En Estados Unidos, algunos estados han hecho modificaciones en este sentido y han surgido problemas a la hora de pretender que las relaciones sexuales exijan cierto tipo de relación contractual. Hay que tener en cuenta, además, que el consentimiento explícito es... ¿a qué? Uno puede consentir a un beso, pero no consentir un determinado tocamiento o una penetración. ¿A qué se consiente? Por esa vía, se llega a una contractualización de la relación sexual que no sé hasta qué punto es manejable jurídicamente. A mí me parece que es problemático y que, en caso de que se haga la reforma, será interesante ver cómo se aplica, cuáles son sus consecuencias. Seguramente tendrá beneficios, pero seguramente también generará problemas.

En todo caso, ¿no es más difícil de manejar jurídicamente la situación actual?

Me da la impresión de que es difícil de manejar cualquier situación. No hay una norma perfecta. De hecho, la impresión es que, si uno mira la evolución en las últimas décadas, cuando en general las normas de los delitos sexuales se han ido endureciendo, tampoco da la impresión de que los delitos sexuales se hayan reducido. No esperemos, como parece que a veces se hace, que la modificación de los delitos conduzca a una reducción de esos delitos. Pasa lo mismo con la edad de consentimiento: no creamos que subiéndola se acaban los abusos o se resuelven determinados problemas. A veces, la pregunta es más bien qué tipo de problemas estamos dispuestos a tolerar.

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