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ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CANTABRIA II - 40 aniversario

Estatuto de Autonomía de Cantabria: cuatro reformas, dos instituciones sin desarrollar y una cláusula sobre Valdecilla

Manifestación por la Autonomía para Cantabria.

Javier Fernández Rubio

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Desde que se aprobara por las Cortes el Estatuto de Autonomía de Cantabria y entrara en vigor en 1982 la Ley Orgánica de autogobierno ha pasado por cuatro reformas, de las cuales la más sustancial tuvo lugar en 1998, en la que prácticamente no hubo artículo que no se tocara: se incorporaron nuevas competencias, se cerró definitivamente la puerta a una reincorporación a Castilla y León, surgieron nuevas instituciones que luego no se desarrollaron y se incorporaron cláusulas de salvaguarda como la que afecta al traspaso del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla de Santander.

El Estatuto tuvo cuatro reformas en los últimos 30 años, la más destacada fue la de 1998 en donde Cantabria pasó de ser Entidad Regional Histórica a Comunidad Histórica y se introdujeron todos los cambios y novedades antes citados. Las otras tres reformas tuvieron un calado muy menor. Aparte de estas, hubo además otros dos cambios estatutarios que no se consideran reformas tal cual ya que supusieron actualizaciones en la cesta de tributos de la Hacienda cántabra.

La primera reforma del Estatuto se produjo nueve años después de su aprobación, en 1991, con el fin de acompasar la convocatoria de elecciones de Cantabria con el resto de autonomías que accedieron al autogobierno por la 'vía lenta' del artículo 143 de la Constitución. Desde entonces, las elecciones al Parlamento autonómico se celebran el cuarto domingo de mayo de cada cuatro años, junto al resto de comunidades autónomas y simultáneamente a las elecciones locales.

La segunda reforma tuvo lugar en 1994 y pretendía recoger en el Estatuto algo que ya se había producido en la práctica: una serie de transferencias a las comunidades de 'vía lenta'. No tuvo más trascendencia que esta ya que las competencias en sí ya habían sido transferidas mediante las Leyes Orgánicas 5/1987 y 9/1992.

Sin embargo, las grandes transferencias estaban aún por llegar, y eran las de Educación y Sanidad, y esa era harina de otro costal. Para asumirlas, el Estatuto tuvo que adaptarse y lo hizo con cautelas ya que estaba en juego el colapso financiero de la Autonomía si los traspasos no se acompañaban de una financiación suficiente. Por esta y otras razones, la reforma de 1998 fue la más trascendental, toda vez que la anterior coincidió con un período de gran inestabilidad política en Cantabria, en el que se dio fin a la etapa de Juan Hormaechea como presidente y empezó la 'normalización' con el nuevo Gobierno de José Joaquín Martínez Sieso (PP) de 1995.

Pacto de Carmona

En la Venta de Carmona, establecimiento hostelero de la Comunidad ubicado en la localidad que le da nombre, se reunieron el 30 de diciembre de 1997 los cinco representantes de las formaciones con representación parlamentaria. Eran los ponentes de la reforma que daban de este modo término a dos años de trabajos desde que se creara la Comisión de Desarrollo Estatutario en el Parlamento cántabro con la normalización posterior al convulso tiempo de Hormaechea.

Los ponentes fueron Francisco Rodríguez (PP), Julio Neira (PSOE), Martín Berriolope (Idecan), José Ramón Sainz (UPCA, partido fundado por el expresidente Juan Hormaechea) y Rafael de la Sierra (PRC). Las negociaciones no fueron fáciles, ya que se pretendía una amplia reforma que tuviera el parecer conforme de los dos grandes partidos de ámbito nacional que al fin y a la postre tendrían que aprobarla cuando se debatiera en las Cortes. Finalmente, el PP, partido gobernante en Moncloa y el más reacio a ciertos cambios, y el Partido Socialista que inicialmente tampoco veía las cosas claras, dieron su conformidad.

El problema no era de ámbito competencial sino simbólico: Cantabria había accedido al Estatuto como Entidad Regional Histórica y el cambio promovido la calificaba como Comunidad Histórica, una expresión que la aproximaba al carácter 'histórico' de las autonomías del artículo 153, lo que despertaba recelos. Tampoco el cambio se entendió muy bien en el otro gran partido estatal, el PSOE, pero, finalmente, tanto el PP como el PSOE dieron su visto bueno y en Carmona se selló el pacto entre los cinco partidos.

No fue el único cambio nominativo que se produjo. La Asamblea Regional pasó a llamarse Parlamento de Cantabria, del mismo modo que el Consejo de Gobierno pasó a denominarse Gobierno de Cantabria.

Aparte de los cambios de nomenclatura -nada baladíes en un contexto de nacionalismos y regionalismos-, la reforma tenía una disposición transitoria que establecía que el Estado velaría por que el Hospital Valdecilla siguiera siendo un centro de referencia nacional. En la actualidad esta cláusula está prácticamente olvidada pero en aquel entonces se temía que el traspaso de la competencia sanitaria a la Comunidad y la creación del Servicio Cántabro de Salud fueran en menoscabo del sostenimiento de dicho hospital, un icono en todos los sentidos en Cantabria.

Ese miedo, que era en el fondo cierta aprensión a ser incapaz de gestionar una competencia tan importante, fue superado con el tiempo. Los traspasos de Educación y Sanidad certificaron la mayoría de edad de la autonomía en términos de gestión administrativa. El Gobierno de Cantabria experimentaba con ellos un salto en todos los sentidos: competencial, presupuestario y político.

Otro caso llamativo de la gran reforma de 1998 fue la creación de dos órganos de autogobierno que no llegaron a desarrollarse. Uno fue el Defensor del Pueblo, institución unipersonal que ya existía en el ámbito estatal y que en algunas autonomías habían retomado desde una consideración histórica, lo que no era el caso de Cantabria; como tampoco ha tenido desarrollo el Consejo Jurídico Consultivo, que estaba llamado a ser un órgano superior de consulta y asesoramiento de las instituciones de la Comunidad Autónoma.

Reforma de 2021

Más recientemente, las Cortes aprobaron la cuarta y última reforma estatutaria para eliminar el fuero especial de diputados y miembros del Gobierno. Lo significativo de esta reforma es que el borrador propuesto por la Cámara cántabra fue modificado por dos partidos (PRC y Ciudadanos) en el Congreso de los Diputados.

Ambos pretendían introducir el añadido de que el presidente de la Comunidad pudiera legislar mediante decreto-ley en determinadas circunstancias especiales, pero los partidos estatales, PP y PSOE, abortaron tal intento y ciñeron la aprobación a lo acordado en el Parlamento autonómico. Si se pretende dotar de este instrumento legislativo a la Presidencia se requerirá una reforma estatutaria propia en el futuro, lo que supondrá años de espera.

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