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Tomelloso (Ciudad Real)

Archivado el proceso contra el director de la residencia Elder en la que fallecieron 76 ancianos

Residencia Elder Tomelloso | Facebook

Carmen Bachiller

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El juez titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Tomelloso, en Ciudad Real, ha dictado sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento seguido contra el director de la residencia Fundación Elder, José Manuel Sampedro, en calidad de responsable civil por la muerte de 76 ancianos desde los inicios de la pandemia de COVID-19, hasta finales de junio de 2020. Se le atribuía un presunto delito de homicidio por imprudencia u omisión del deber de socorro en su condición de director del centro.

“La situación producida en la Residencia Elder obedeció a un cumulo de circunstancias desafortunadas”, dice el auto en el que se resalta “la situación generalizada de desabastecimiento de material sanitario y de protección, y las enormes dificultades que encontraban ”hasta las propias autoridades sanitarias para abastecerse de material ante esta nueva crisis mundial“.

Aunque reconoce que “quizás el material de que se disponía por la residencia era insuficiente hasta que se produce la intervención del SESCAM”, eso no justifica la imputación de una responsabilidad penal al director del centro “pues en caso alguno existió la actitud absolutamente indolente por parte del director de la que se habla en la denuncia”.

Estas consideraciones las extiende el juez a la contratación de personal laboral ante el aluvión de ausencias o bajas de los trabajadores de Elder a partir del día 11 de marzo. “Los propios testigos trabajadores admiten que se hicieron gestiones para cubrir las vacantes y reconocieron la dificultad para contratar personal”. Y es que, atestiguaron que algunos “rechazaban directamente ELDER porque había trascendido a los medios de comunicación el incremento de contagios entre residentes y trabajadores”. 

Sin normas de las autoridades, solo “recomendaciones” y sin material humano y de protección

En el auto de 27 páginas, al que ha tenido acceso elDiarioclm.es, el juez explica que procede decretar el sobreseimiento provisional de la causa, “ya que no resulta debidamente justificada la perpetración del delito”, en el que estaría involucrado el investigado y esgrime ampliamente sus motivos.

Uno de ellos está relacionado con los conceptos de “imprudencia” y del deber de socorro que sustentan la denuncia. “No existe regulación alguna que ordene cuál debe ser el deber de cuidado que debe observarse en las residencias de mayores” dice el auto y , en consecuencia, “será la valoración social de la actuación de un cuidador prudente la que marcará el límite del deber de cuidado en esta actividad”.

O que hasta el momento de los hechos “no se cuenta con normas específicas sobre ordenación de las residencias de personas mayores y centros sociosanitarios” y que “únicamente se cuenta con la publicación el 5 de marzo de 2020 por parte del Ministerio del Interior del Documento Técnico denominado recomendaciones”. En este sentido, el auto también apunta que “como confirmaron los trabajadores del centro que depusieron como testigos, este protocolo de actuación se aplicó desde el primer momento con los primeros signos externos de contagio”.

El auto deja “fuera de toda duda” que “todos los fallecidos fueron tratados, como el resto de los enfermos, y de acuerdo con las capacidades de un sistema sanitario colapsado” y también “que se procuró la atención más efectiva, al alcance de los conocimientos de la ciencia y las posibilidades de todos ellos”.

Añaden que era “imprevisible a primeros de marzo la evolución de los contagios y de los letales resultados a consecuencia de los mismos, lo que ya de por sí eliminaría el elemento psicológico de la imprudencia”, sino que las actuaciones que se llevaron a cabo “completaban una actuación cuidadosa con la normativa que se iba proporcionando por parte de las autoridades”, excluyendo así cualquier tipo de infracción del deber de cuidado.

Al juez tampoco le resulta “factible” la imputación de un delito de omisión del deber de socorro. “La situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 conllevó a que los centros sanitarios o residenciales y su personal, difícilmente se encontraran posibilitados de prestar asistencia sanitaria, escaseando además material sanitario que tenía por objeto evitar el contagio”. Y por estas razones ve “clara inexistencia de dolo o intencionalidad en la falta de atención vista la situación”.

Las familias no dan “crédito” a la decisión judicial y recurrirán

Las familias han expresado su “tremendo dolor” por la decisión judicial “cuando todas las pruebas que existen han acreditado los hechos que detallamos en nuestra denuncia”, explican en un comunicado.

“Nos damos crédito a esta decisión judicial”, dicen los familiares que, aunque respetan la decisión, añaden que “no podemos aceptar que se nos diga que los fallecimientos de nuestros familiares que ocurrieron en la residencia Elder se debió a un 'cumulo de circunstancias desafortunadas'. Ni tampoco que las instrucciones que el Ministerio de Sanidad elaboró para proteger a los ancianos en las residencias eran básicamente eso, recomendaciones”.

Califican la decisión judicial de “apresurada, incomprensible y extraña” y anuncian que se va a recurrir el archivo del procedimiento, “al considerar que se trata de una decisión injusta. Queremos que se sepa lo que realmente ocurrió, que se investigue de principio a fin” lo que ocurrió y “cómo gestionó su director la lucha contra la pandemia que se llevó a nuestros familiares”.

Y es que, en su denuncia consideran que “el director de la residencia presuntamente habría cometido varios delitos, como puede ser homicidio imprudente y omisión del deber de socorro” y en su opinión se debió a que “no quiso adoptar ningún protocolo de actuación para proteger a nuestros familiares frente al coronavirus, pese a haber sido requerido para ello en varias ocasiones por sus trabajadores, y también pese a estar obligado a llevarlo a cabo ya desde el mes de febrero de 2020 y 5 de marzo, según las instrucciones del Ministerio de Sanidad”.

“Lo que ocurrió en Elder no pasó en ninguna residencia de España; de hecho, tuvo que ser intervenida por el SESCAM, siendo la única sancionada por la administración según manifestó la consejera de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha”, recuerdan los familiares.

Las residencias de la región habían adoptado por aquel entonces un protocolo sanitario para proteger a los ancianos. “El resultado fue que el virus apenas impactó en las mismas”, dicen las familias, pero “por desgracia, la residencia Elder no adoptó ninguno, y las consecuencias fueron que murieron 76 usuarios” sin que, añaden, sepan “por qué no se quiso adoptar un protocolo de actuación que hubiera evitado la muerte de nuestros familiares. Y mucho menos podemos entenderlo cuando los propios trabajadores se lo habían pedido en varias ocasiones desde febrero del 2020, cuando el Ministerio de Sanidad lo exigía obligatoriamente y cuando las demás residencias ya lo estaban aplicando”.

Hay que recordar que la residencia fue intervenida por el Gobierno de Castilla-La Mancha el 17 de marzo de 2020 y en esa fecha ya habían fallecido 15 personas. Hasta finales del mes de junio de 2020 habían fallecido un total de 76 usuarios, como explica el propio auto judicial.

Los familiares también recuerdan que no se les permitió sacar a sus allegados “porque no atendían al teléfono, es decir, no tuvimos ninguna opción de salvarlos”.

Dicen haberse sentido “solos” durante la investigación de “unos hechos tan graves como estos, pues únicamente nosotros hemos sido quienes hemos ejercido la acusación” y dicen “echar en falta” una labor de investigación más exhaustiva por parte de la Fiscalía, “pues no ha comparecido en varias declaraciones que se hacían en el juzgado, ni siquiera a la declaración del director del centro. Nos extrañó esta postura, tenemos que respetarla, pero no podemos compartirla”.

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