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Los despidos anulados de los 400 interinos costarán 22 millones de euros

Foto: CCOO

Francisca Bravo Miranda

Por fin se conoce cuánto le ha costado a las arcas regionales la reincorporación de cerca de medio millar de interinos. El consejero de Hacienda del nuevo Gobierno regional, Juan Alfonso Ruiz Molina, se ha detenido especialmente en este tema para señalar una “mala gestión” que se ha acompañado de una actitud “persistente y obstinada, mala fé política”, además de lo que ha calificado de “vulneración de derechos fundamentales”.

Ruiz Molina ha asegurado que serán unos 22 millones de euros lo que costará el pago de los sueldos e indemnizaciones que se debe a los interinos, después de haber sido anulada la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por la Junta de Comunidades en 2012, que supuso la supresión de más de 600 plazas de empleo público. El consejero de Hacienda aseguró que se estudiará de manera “detenida” la gestión, no sólo desde el punto de vista administrativo, sino también desde la judicial para ver si “deben responder no sólo de forma política”.

El PP se negó a comunicar cuanto costaría la devolución de los sueldos y otros derechos a los trabajadores despedidos de forma injusta en el verano de 2012, a pesar de que tanto el PSOE, mientras estaba en la oposición, como los sindicatos implicados en el caso exigieron conocer dicha cuantía. Fue en enero de 2014 cuando el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha anuló la decisión de la Junta de suprimir las plazas de empleados públicos, cubiertas por interinos, ordenando que los trabajadores debían volver a su trabajo y recibir el dinero que habían dejado de percibir.

La sentencia del Tribunal se produjo gracias a los recursos interpuestos por los sindicatos UGT y STAS contra dos órdenes de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha, liderada entonces por el 'popular' Leandro Esteban. STAS había calculado un impacto de hasta 14 millones de euros, según señaló en su momento Gustavo Fabra. La Justicia reconoció que se había vulnerado la libertad sindical, acusando a la Junta de haber llevado a cabo una conducta “antisindical” al haber firmado estas órdenes de modificación de la RPT.

En este sentido, el Tribunal señaló que los derechos a la negociación no se satisfacía sólo con abrir un proceso negociador ni con reuniones “carentes de contenido real”, además de advertir que no se puede “negar, obstaculizar o desvirtuar el ejercicio de la facultad negociadora”. En este sentido, el Tribunal señaló que los sindicatos no tuvieron tiempo para preparar la reunión, y que no se les dio tiempo suficiente para alegar, lo que se traduce en “ausencia de una real negociación”. La sentencia obligaba también el pago de las costas judiciales a la Junta, que recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo.

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