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CIUDAD REAL

Juicio a la autorización ambiental y presunto inicio “ilegal” de las obras de la mina de fosfatos cercana a Cabañeros

Fontanarejo y alrededores

Alicia Avilés Pozo

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Ya hace casi ocho años que la Junta de Castilla-La Mancha dio luz verde ambiental al proyecto para una mina de fosfatos en la localidad de Fontanarejo, en la provincia de Ciudad Real. El uso industrial de este mineral, donde el fósforo se combina con el oxígeno, se utiliza en la alimentación, como en carnes y lácteos, y también en componentes comunes de detergentes y para el tratamiento de aguas.

Desde el momento en que en el pueblo, de unos 220 habitantes y cercano al Parque Nacional de Cabañeros, se conoció esta iniciativa, vecinos y vecinas constituyeron la Plataforma No a la Mina, con el respaldo de Ecologistas en Acción, para protestar por su futura instalación. El motivo: posibles afecciones a la salud pública y al medio ambiente (flora y fauna) por las partículas en suspensión que provocaría la extracción minera.

Hubo protestas ciudadanas, pero la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha dio luz verde ambiental al proyecto: consideró que no existían esas afecciones que denunciaban ecologistas y vecinos.

Posteriormente, se otorgó licencia para el inicio del proyecto. La respuesta de la Plataforma fue demandar a la Administración regional y a la empresa promotora por ambas circunstancias, tanto por la declaración de impacto ambiental (DIA) como por el inicio “ilegal” de las obras tras la concesión de explotación minera a la empresa Alcudia Phosphates S.L., cuya administradora única es Fertiberia S.A.

En este tiempo y hasta la fecha, la Plataforma ha recabado más de 100.000 firmas en contra de la mina y ha realizado una consulta popular entre la población de Fontanarejo apoyada por más de la mitad de la población, unas 120 firmas.

Mientras las excavaciones para la mina han seguido su curso, ocho años después de esa autorización ambiental y cuatro años después del inicio de las obras, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha acogido en Albacete las dos vistas orales del juicio por esa demanda.

Este juicio ha arrancado después de que el conflicto se intensificara a mediados del pasado mes de octubre, cuando comenzaron las obras de preparación del terreno para la mina. Según denunciaba la Plataforma, se produjo de forma “ilegal”, ya que la Declaración de Impacto Ambiental tenía una vigencia que expiraba el 5 de febrero de 2024, una fecha anterior tanto a la licencia de obra concedida por el Ayuntamiento como al inicio efectivo de los trabajos, que se produjo meses después.

La Plataforma No a la Mina de Fontanarejo a las puertas del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha

La Plataforma sostiene que la instalación de una caseta de obra en enero de 2024, utilizada por la empresa promotora para justificar el cumplimiento de los plazos de la DIA, no puede considerarse un inicio real de las obras, al tratarse de una actuación “meramente preparatoria sin ejecución material del proyecto”. Esta cuestión forma parte del núcleo de las presuntas “irregularidades” denunciadas, según consta en el recurso al que ha tenido acceso elDiario.es de Castilla-La Mancha.

El recurso judicial se apoya en seis informes técnicos independientes, elaborados por especialistas del ámbito académico y profesional, que concluyen que la declaración de impacto ambiental se aprobó sin un inventario suficiente del medio ambiente y de la población afectada, lo que “impide evaluar adecuadamente los impactos del proyecto y establecer medidas correctoras o compensatorias eficaces”.

Uno de los aspectos más criticados es que estudios esenciales, como los relativos a la hidrología, las vibraciones y las partículas en suspensión, no fueron sometidos a participación pública, permitiendo a la empresa promotora presentarlos con posterioridad a la concesión de explotación y fuera del procedimiento de evaluación ambiental, una práctica que, según la Plataforma, “contraviene la legislación vigente”.

Riesgos para la salud y los recursos hídricos

Entre los informes aportados al procedimiento destaca el relativo a la presencia de elementos radiactivos en el suelo de la explotación. Según Ángel de la Cuesta Gómez, especializado en Química Física y autor de uno de los informes presentados, la zona presenta emisiones naturales de gas radón, un fenómeno habitual en suelos graníticos, pero menos frecuente en los de pizarra, predominantes en Fontanarejo.

“En España existen seis zonas oficialmente contaminadas por productos radiactivos y tres de ellas están asociadas a yacimientos de fosfatos”, señala en su informe. “Esto no implica una certeza absoluta, pero sí una probabilidad razonable de que la explotación pueda liberar elementos radiactivos perjudiciales para la salud, como el uranio, especialmente cuando se realizan voladuras”.

A ello se suma el riesgo derivado de las partículas en suspensión. Según una simulación informática incluida en el recurso, las partículas finas y ultrafinas generadas por las voladuras y por la planta de tratamiento del mineral “alcanzarán el casco urbano”, pudiendo “ser inhaladas por la población junto con radón y otros contaminantes, sin que se haya evaluado su impacto sanitario”.

En materia de aguas, la Plataforma denuncia que la hidrogeología de la zona no ha sido estudiada de forma rigurosa. La promesa de “vertido cero” recogida en la documentación oficial se basa en “suposiciones no contrastadas”, mientras que las filtraciones de aguas contaminadas “podrían afectar a acuíferos locales” e incluso al embalse de Cíjara.

Un espacio clave para las rapaces ibéricas

A estas supuestas deficiencias añaden en su recurso un estudio ornitológico independiente, realizado a lo largo de 2023 por un equipo de siete ornitólogos y coordinado, entre otros, por el profesor titular de Geografía Física de la Universidad de Castilla-La Mancha Rafael Ubaldo Gosálvez Rey.

El estudio documentó la presencia de 14 especies de aves rapaces en el entorno del proyecto, tres de ellas catalogadas como en peligro de extinción en Castilla-La Mancha -águila imperial ibérica, águila perdicera y milano real- y otras seis como vulnerables, entre ellas el buitre negro y el alimoche común.

Especies amenazadas en la zona de afección territorial del proyecto. 
AI: águila imperial. AR: águila real. BN: buitre negro. CN: cigüeña negra

El análisis de más de 500 vuelos y los mapas de uso del espacio elaborados con sistemas de información geográfica confirman que el área afectada constituye un ·espacio vital para estas especies·. “La implantación de una mina a cielo abierto, con maquinaria pesada, voladuras y escombreras, sería, concluye el estudio, absolutamente incompatible con su conservación”, indican en su informe.

Durante la primera vista oral, han declarado cinco peritos de la parte demandante que han expuesto estas pruebas técnicas y han incidido especialmente en las repercusiones para la salud pública y para el medio ambiente. También se han referido al procedimiento administrativo y al hecho de que se iniciaran las obras con la DIA “caducada”.

Estos argumentos los defendieron tras la primera sesión del juicio, a las puertas del tribunal, tanto Ángel de la Cuesta Gómez como Francisco José Sarrión, licenciado en Biología y miembro de Ecologistas en Acción.

También han declarado en el juicio dos peritos de la Junta de Castilla-La Mancha: el técnico que redactó la autorización ambiental y el jefe de Servicio de Medio Natural. Fuentes de la Consejería de Desarrollo Sostenible han explicado a este medio que ambos han incidido en que la Administración realizó la tramitación técnica “de forma correcta y conforme a la norma”.

En el escrito que el abogado del Gobierno regional remitió a la sala en marzo de 2024 con motivo de la demanda, esta administración argumentó que la DIA presentaba “medidas correctoras de obligado cumplimiento”. “Efectivamente, el presente proyecto, como casi cualquier otro de esta naturaleza, produce un impacto ambiental, y el objeto de la DIA es, precisamente, valorar dicho impacto en relación con el interés público de la actividad, y establecer las medidas correctoras del mismo”.

Se ha privado al órgano ambiental de posibilidad de valorar los informes, actuación que no parece conforme con el fin de protección medioambiental, sino que parece pretender simplemente la demonización del proyecto

Ese interés público, añade este documento, viene establecido por la Ley de Fomento de la Minería de 1977 que tiene por objeto promover y desarrollar, dentro y fuera del territorio nacional, la exploración, investigación, explotación y beneficios mineros, con el fin de procurar el abastecimiento de materias primas minerales a la industria española.

El Gobierno regional también apuntaba en su escrito que el procedimiento se ha realizado “conforme a las prescripciones legales”, con exposición pública y consulta a las entidades afectadas, incluida Ecologistas en Acción, consultada “hasta en tres ocasiones, sin hacer alegaciones al proyecto”.

Los informes de los ecologistas relativos a afecciones medioambientales se presentaron por primera vez en vía jurisdiccional, por lo que “se ha privado al órgano ambiental de posibilidad de valorar de los mismos, actuación que no parece conforme con el fin de protección medioambiental, sino que parece pretender simplemente la demonización del proyecto”.

Las afecciones denunciadas, concluía, “no son reales, ciertas y acreditadas”, y tampoco se tiene en cuenta que la DIA contiene disposiciones expresas “sobre eventuales impactos que pudieran surgir durante la vigencia del proyecto que pueden dar lugar a la imposición de nuevas medidas o incluso la paralización del proyecto”.

En la segunda jornada del juicio, han intervenido abogados de la empresa promotora, que han presentado informes que contradicen los impactos alegados por la Plataforma No a la Mina y por Ecologistas en Acción. Este medio ha intentado contactar tanto con Alcudia Phosphates S.L., como con su administradora única, Fertiberia S.A., para conocer el contenido de esos informes y su valoración del proceso judicial, sin que hasta el momento haya obtenido respuesta.

Sede del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en Albacete

Una vez celebradas las dos vistas, en un plazo aproximado de diez días, se presentarán las conclusiones por ambas partes, y posteriormente, el juzgado emitirá su sentencia en plazo de tres meses. Su decisión será recurrible ante el Tribunal Supremo.

Pese a que las obras ya han comenzado, la Plataforma No a la Mina confía en que el procedimiento judicial permita detener el proyecto y restaurar el territorio a su estado original, poniendo fin a lo que consideran un proceso “viciado desde su origen” y priorizando la salud de la población y la protección de un entorno natural de valor excepcional.

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