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Absueltos los dos primeros mossos juzgados por las cargas tras la sentencia del procés

Los agentes irrumpieron en el vestíbulo de la estación de plaza Catalunya

Oriol Solé Altimira

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Los dos primeros agentes de los Mossos d'Esquadra juzgados por aporrear a una manifestante durante las cargas para contener las protestas por la sentencia del procés han sido absueltos. Así lo ha sentenciado el magistrado de Barcelona que hace dos semanas celebró un juicio por delito leve –las antiguas faltas– contra los dos agentes tras rechazar investigar más a fondo el caso.

En el juicio, ningún antidisturbios de la policía catalana se reconoció como el agente que propinó un porrazo a una joven que permanecía en el suelo tras irrumpir la policía en el vestíbulo de la estación de Renfe de plaza Catalunya –donde no se estaba produciendo altercado alguno– el pasado 18 de octubre. Ni la víctima ni los testigos tampoco pudieron identificar a su agresor, y el vídeo de los hechos no permite establecer qué agente propinó el golpe en la rodilla de la joven. 

Como sin autor de un delito no puede haber condena, el juez procede a absolver a los dos acusados y avala la actuación de los Mossos en el vestíbulo de la estación al concluir que estuvo “guiada por la congruencia, oportunidad y proporcionalidad” que fijan los protocolos policiales. El magistrado constata que la joven fue golpeada, pero no puede determinar “el modo, forma y autoría de las lesiones” en la rodilla que sufrió.

“La actuación inmediata está confiada a la policía, las fuerzas y cuerpos de seguridad son esenciales en la garantía del mismo estado democrático y de derecho”, agrega el magistrado en su sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es. Respecto a la intervención juzgada, el magistrado indica que no hay ningún “elemento” para considerar que la versión de los dos policías sobre lo sucedido sea “contraria a la verdad”.

En su declaración, los dos mandos negaron ser el agente que golpeó a la joven ni tampoco recordaron qué miembro de su unidad lo hizo. Justificaron su intervención porque en el exterior de la plaza “había fuego, fuego y fuego”, pese a reconocer que en el interior del vestíbulo de la estación no había altercados. Asimismo, negaron que se decidiera cargar contra las personas del vestíbulo porque llevaran 'esteladas', si bien indicaron que la bandera es “uno de los ítems” que se valoran sobre la capacidad de las personas que había en el vestíbulo para generar altercados, junto a los pasamontañas u objetos peligrosos.

“Conseguir la dispersión y el control de la situación motiva la actuación policial que se lleva a cabo con el uso mínimo de la fuerza, tal y como se deduce del informe forense”, señala el juez, que en consecuencia concluye que el uso de la fuerza por parte de los agentes fue “proporcionado, legalmente previsto y persiguió un fin legítimo, la defensa del orden público”.

Al no poder identificar al agente concreto que propinó el golpe, la defensa de la joven, que ejerce la abogada Laura Medina del centro Iridia, solicitó una condena por delito leve de lesiones para los dos mandos del operativo que irrumpió en la estación y que pagaran una multa de 1.800 euros. La Fiscalía y los agentes acusados reclamaban la absolución.

El caso de estos dos mossos ha sido la primera actuación policial tras la sentencia del procés que llega a juicio. Otras permanecen bajo investigación, como es el caso de los disparos de balas de goma por parte de la Policía Nacional o de proyectiles de 'foam' de los Mossos en el Aeropuerto de El Prat en la protesta de Tsunami Democràtic que causaron lesiones en el ojo de un manifestante. En paralelo, la conselleria de Interior de la Generalitat ha abierto 37 expedientes a agentes de la policía autonómica. El Ministerio del Interior no ha comunicado la apertura de ningún expediente en relación a la actuación de los agentes de la Policía Nacional.

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