Documento informativo de comisiones: un derecho que tenemos y desconocemos
A cambio de los servicios que nos presta nuestro banco como, por ejemplo, facilitarnos una tarjeta de crédito, nos cobran diversas comisiones que son desconocidas para muchos de nosotros a pesar de estar al alcance de nuestra mano.
Lo cierto es que, como explican desde el Portal del Cliente Bancario de la web del Banco de España, “las entidades deben publicar en sus páginas de internet y en sus establecimientos comerciales información sobre las comisiones habitualmente aplicadas a los servicios bancarios prestados con mayor frecuencia a sus clientes, para facilitar al interesado su comparación”.
Esto se conoce como documento informativo de comisiones, un documento que las entidades están obligadas no solo a mantener de manera pública, sino también a notificar a los usuarios con dos meses de antelación cualquier modificación, así como a actualizarlo reflejando las comisiones actuales y a que su estructura y terminología sea normalizada en todas las entidades.
La forma en la que se cobran las comisiones depende de cada entidad, pero lo normal es que se haga de forma individual por un servicio puntual como las transferencias o en forma de tarifa plana, ya sea de manera mensual, trimestral o anual.
Y sí, es legal. De hecho, como explican desde la web de Banco Santander, “las comisiones son establecidas de forma libre por las entidades bancarias, solo algunas de ellas están delimitadas por la normativa y las autoridades nacionales”.
Además, cada enero el banco nos facilitará un documento que recogerá las comisiones que se hayan aplicado a nuestra cuenta durante el año anterior, para ser conocedores de los gastos derivados.
Por su parte, el Banco de España y otras organizaciones como la OCU poseen comparadores de comisiones con los precios de las más representativas para ayudarnos a comparar las ofertas bancarias.
Principales comisiones
Aunque existen más, estas son las principales y las que aparecen en el documento informativo de comisiones.
1. Comisión de mantenimiento de la cuenta
Incluye la custodia de fondos, el derecho a ordenar cargos y abonos en nuestra cuenta, la documentación asociada a ella y el servicio de caja, así como la utilización de cheques o la disposición e ingreso de dinero en efectivo.
En el documento aparece el coste a pagar según los requisitos cumplidos, aunque lo más común es que esta sea la más alta de las comisiones, variando el precio según la cuenta y entidad bancaria escogida.
Por ejemplo, hay cuentas online como la de Banco Sabadell que no cobran ninguna comisión por el mantenimiento de la cuenta, mientras que otras como la Cuenta Nómina de ING cobran una comisión anual fija de 36 euros y otras como la Cuenta Corriente Estrella de Caixa Bank cobran entre cero y 240 euros según los requisitos cumplidos.
2. Comisión de administración de la cuenta
Aunque en la mayoría de los casos se incluye dentro de la comisión de mantenimiento, esta es una cantidad fija vinculada al uso que hagamos de nuestra cuenta.
3. Comisiones por transferencia
Habitualmente esta comisión suele cobrarse como un porcentaje del importe de la transferencia o un importe fijo si se quiere realizar una transferencia inmediata.
En el documento informativo de comisiones, este tipo de comisiones se indican de manera diferenciada según si el tipo de transferencia es ordinaria, inmediata, puntual o permanente y según el canal por el que se ha realizado, sea oficina, online o teléfono.
Además de especificar, entre otras, la comisión cobrada por el cambio de divisa en el extranjero, también se especifica cuánta comisión se cobra por transferir dinero de una entidad a otra o al cobrar un cheque.
4. Comisiones de emisión y mantenimiento de las tarjetas de crédito
La comisión de emisión es un importe fijo que se paga al solicitar la tarjeta, mientras que en la de mantenimiento también se acuerda un importe fijo, pero se cobra normalmente de forma anual. Esta suele costar desde cero o hasta los 50 euros, según el tipo de cuenta y la entidad escogida.
5. Comisiones de emisión y de mantenimiento anual de la tarjeta de débito
Emitir y mantener las tarjetas de débito también puede ser gratuito o suponer un costo.
Por ejemplo, como explican en la web de Finanzas, “Caixabank, el primer banco español por volumen de activos, cobra 36 euros anuales por la tarjeta de débito incluso a los clientes que tengan su nómina domiciliada y cumplan los requisitos del Plan Día a día”, mientras que ofrece gratuitamente otros medios de pago mixtos.
6. Comisiones de retirada de efectivo en cajeros
Aunque varía según la tarjeta de débito o crédito, lo más probable es que las retiradas realizadas en cajeros automáticos pertenecientes a la entidad u otros con los que se tenga acuerdo no tengan comisión o sea más leve.
Mientras tanto, sacar dinero en cajeros ajenos en España suelen costar unos dos y tres euros, importe que es más alto en el extranjero.
7. Comisiones por descubierto
Si la cuenta de un cliente queda en saldo negativo, el banco puede cobrar comisiones que varían según la entidad. Esta comisión suele estar compuesta por una parte fija y otra variable delimitada según la cantidad de dinero que haya quedado al descubierto.
8. Comisiones sobre cuentas inactivas
Si tenemos una cuenta que no utilizamos, debemos saber que a pesar de no ser usada, el banco puede cobrar las comisiones de mantenimiento avisando previamente.
Para evitarlo, no es suficiente con dejar el saldo a cero, sino que es necesario dar instrucciones expresas solicitando la cancelación. Si la cancelación es anticipada al plazo acordado, también pueden cobrarnos comisión.
9. Comisión por negociación y compensación de cheques
Como explican desde el Portal del Cliente Bancario de la web del Banco de España, “cuando vas a ingresar un cheque a una entidad distinta a la entidad que ha de pagarlo, te pueden cobrar la comisión por negociación o compensación. Suele ser un porcentaje del importe del cheque, con un mínimo por operación”.
10. Comisiones por los servicios de alertas: aunque el cobro de esta comisión es poco común, debemos saber que la posibilidad de recibir alertas breves por email, sms o similares no tiene por qué ser gratuita. En ocasiones, pueden cobrarse entre 10 y 20 céntimos si se superan los mensajes establecidos.
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