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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Sobre el regreso del proceso secreto

Wolfgang Kaleck

800 años de Carta Magna. Con razón se ha conmemorado en estos meses, no solo en Gran Bretaña, el documento histórico de 1215. El rey ingles le concedió los derechos básicos, garantizados en dicho documento, en un inicio solo a la aristocracia. Pero luego se le extendió el reconocimiento a todos los ciudadanos libres: no perder sin ley o sentencia la libertad y otros derechos. La justicia anglo-americana estuvo basada durante siglos en este fundamento. El derecho a un proceso justo se mantiene vigente de la misma manera que la igualdad de armas entre las partes de un proceso.

A pesar de que los derechos garantizados en aquella Carta ya se han retomado en muchos cuerpos de leyes, incluyendo el Convenio Europeo de los Derechos Humanos, actualmente se está tambaleando todo el conjunto de derechos procesales fundamentales. Cada vez que existe una sospecha de terrorismo, se limitan los derechos tradicionales. Guantánamo solo es el ejemplo más visible. También la detención administrativa sin procesos penales y las listas de terrorismo, que prohíben a aquellos que están incluidos en ellas, por ejemplo, el acceso a billetes de dinero y a poder viajer al extranjero, son casos evidentes. Incluso a Edward Snowden y Julian Assange, quienes desvelaron secretos importantes y no son sospechosos de terrorismo, les estaría prohibido en los Estados Unidos justificar sus acciones ante un tribunal, ya que los esperan denuncias según la ley de espionaje.

Un nuevo mensaje desde el Reino Unido se refiere a procesos secretos contra sospechosos de terrorismo. De Guantánamo ya conocemos que, ante el tribunal, a los procesados se les quita el tono si hablan sobre las cosas equivocadas; el retraso del intercomunicador durante el proceso posibilita recortar quejas sobre la tortura sufrida… por razones de la seguridad estatal.Los defensores de los denunciados tampoco tienen permitido hablar sobre ese tema, y corren el riesgo de padecer un proceso penal en caso de no obedecer.Hace poco se prohibió a los medios británicos informar cualquier detalle sobre un proceso penal que el gobierno quiso bajo una ocultación completa. Después de haber presentado exitosamente una queja, los medios tuvieron el derecho de estar en gran parte del proceso e informar sobre la absolución del denunciado. Pero sus notas fueron decomisadas por parte del servicio secreto MI 5. Repetir de memoria la fundamentación de la absolución también resultaba punible.

La publicidad como correctivo es lo que está detrás del principio del proceso público dentro del derecho penal. Especialmente en los últimos quince años, desde el 11 de septiembre de 2001, hemos podido observar el valor de una difusión pública que, al menos en parte, ha funcionado. Y es que los arrestos ilegales y los secuestros por parte de la CIA, la tortura por parte de militares estadounidenses y el apoyo de gobiernos europeos no fueron esclarecidos por las autoridades encargadas de la persecución penal ni por los parlamentos, sino por parte de Watchdogs de los medios y organizaciones de derechos civiles.

Estos vigilantes de la democracia están actualmente en una situación difícil: ya sea en Rusia o India, en todos lados se están volviendo más severas las leyes de asociación, se censuran o incluso amenazan y atacan a los críticos. Ante dichas tendencias a gobernar de manera autoritaria resulta una fatalidad si las potencias occidentales, supuestamente liberales, limitan también los derechos fundamentales de libertad en los casos de terrorismo o de preservación de la seguridad estatal, pues con ello refuerzan la trayectoria de los Putin y los Erdogan.

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