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La acusación popular recurre el carpetazo a las muertes del Tarajal ante el juzgado de Ceuta

Imagen de una marcha solidaria con motivo del aniversario de la tragedia de la playa del Tarajal, donde fellecieron 15 inmigrantes/ Efe

Gabriela Sánchez

Las ONG y asociaciones personadas como acusación popular ya se han puesto manos a la obra para lograr la reapertura de la investigación de la muerte de 15 personas en un intento de entrada repelido por la Guardia Civil con material antidisturbios. Observatorio DESC y Coordinadora de Barrios han registrado un recurso de reforma cada una y, de cara a la previsible desestimación, están trabajando en la apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz, un paso que formalizará mañana la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), según han confirmado a eldiario.es.

Este jueves, el juzgado de instrucción número 6 de Ceuta concluyó el sobreseimiento provisional del caso del Tarajal en el que estaban imputados 16 guardias civiles por posibles delitos de homicidio y lesiones. La decisión de la magistrada exculpa a los agentes debido a una supuesta “falta de incidios” para determinar un empleo inadecuado del material antidisturbios y que su uso tuviese una relación causa efecto con las posteriores muertes.

Los recursos de reforma, a los que ha tenido acceso eldiario.es, solicitan a la magistrada María del Carmen Serván la reapertura de la causa al considerar que aún no se ha agotado la fase de investigación, es decir, que no se han solicitado todas las pruebas necesarias para concluir el cese de la instrucción de los hechos.

En este sentido, Observatorio DESC tacha el procedimiento de “imparcial” e “impropio de un estado de derecho” y Coordinadora de Barrios sostiene que, además, “de lo actuado hasta ahora existen indicios racionales de criminalidad hábiles y suficientes para sostener la acusación contra los presuntos responsables de los hechos”.

No se han pedido todas las pruebas necesarias

La ONG Coordinadora de Barrios hace un repaso de una serie de diligencias que, a su juicio, son “imprescindibles” para saber qué ocurrió el 6 de febrero de 2014 en las aguas fronterizas de Ceuta. Una de ellas es la comisión rogatoria solicitada por la jueza tres veces a Marruecos para que el país vecino ofrezca a la causa las autopsias realizadas a los cuerpos localizados en aguas marroquíes. La organización considera muy importante estas pruebas “máxime cuando las autopsias practicadas en España han omitido la realización de análisis tóxico químicos imprescindibles para la investigación de los hechos”.

Otra de las diligencias que echa en falta Coordinadora de Barrios es la identificación de los cadáveres que se encuentran en España -fueron enterrados al día siguiente de su localización-. La ONG recuerda que esta prueba fue acordada el 4 de febrero de 2015 y “todavía no se ha verificado”. Según expone, “permitiría además esclarecer aspectos importantes como si las víctimas sabían nadar o no”.

Desde la ONG también destacan la necesidad de solicitar los testimonios directos de algunos de los supervivientes de la tragedia. En concreto los correspondientes a los casos de “víctimas del delito de lesiones” incluidos en el informe de Caminando Fronteras. Mientras la magistrada en su auto cuestionó la metodología del documento de la ONG en el que recopilaba varios testimonios e informes médicos, Coordinadora de Barrios recuerda que “corresponde a la investigación judicial el agotar todos los medios para la identificación y localización de estas personas que fueron ilegalmente devueltas a Marruecos”.

Sin embargo, insiste, “ni se ha librado Comisión Rogatoria -solicitud de información a Marruecos- para su identificación e interrogatorio ni se ha efectuado diligencia alguna para investigar si han accedido a territorio nacional en su periplo migratorio y se hallan acogidos en algunos de los programas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (CETI o programas de atención humanitaria)”.

Los cuerpos localizados en España

En su auto, la magistrada cuestiona que los cuerpos localizados en aguas españolas los días posteriores al 6 de febrero correspondiesen con las personas fallecidas durante el intento de entrada a Ceuta que acabó con la vida de 15 migrantes. Algo determinante, ya que el hallazgo de estos cinco cadáveres en el lado ceutí supuso la apertura del caso del Tarajal.

“El juzgado concluye que no queda probado que estas personas murieran dicho día, obviando cualquier elemento periférico existente como el hecho incuestionable de que el día 6 se produjera un intento de entrada masivo en territorio español por vía marítima”, dice al respecto Observatorio Desc en su recurso. En este sentido, las dos organizaciones que han presentado recurso cuestionan que la jueza llegase a esta conclusión por una única frase del médico forense: “No se puede afirmar el 100% que los fallecimientos se produjesen el día 6 de febrero de 2014”.

La magistrada también concluyó que “no existe ningún indicio que permita afirmar que los agentes imputados hicieron un uso inadecuado del material antidisturbios”. En este sentido, Coordinadora de Barrios recuerda que el propio capitán al mando del dispositivo “en su declaración en calidad de imputado reconoció que de haber previsto el resultado lesivo no habrían utilizado el material antidisturbios”. En opinión de la ONG, “el propio capitán vincula los daños con el uso del citado material antidisturbios”.

Falta de “imparcialidad”

Observatorio DESC ha enfatizado en su recurso la supuesta falta de “imparcialidad” de la magistrada instructora del caso y sus sus intentos de deshacercse del caso. “El auto recurrido parte de una premisa errónea: la Guardia Civil no ha hecho nada malo y, por tanto, ni ha existido el hecho, ni es delictivo, ni los imputados tienen responsabilidad alguna porque eso ya se decidió apriorísticamente”, sostiene el recurso enviado al juzgado este viernes por la asociación. “Ese es el desarrollo deductivo que se desprende del auto y es, desde el punto de vista jurídico, un grave error”.

Desde su punto de vista, el “criterio” del juzgado consiste en “cerrar este procedimiento sí o sí”. Ya que, según justifican, “ello ha quedado demostrado en numerosas ocasiones”. En este sentido, citan el intento de María del Carmen Serván de enviar la causa a la Audiendia Nacional y, añade, “la reiterada negativa a practicar diligencias solicitadas por las acusaciones populares que ha sido corregida una y otra vez por la Audiencia Provincial por vía de recursos”.

A lo largo del recurso, la plataforma Observatori DESC hace hincapié en la necesidad de “investigar los hechos” ocurridos el 6 de febrero de 2014, en vez de “a unos guardias civiles”, como considera que se está haciendo.

“Responsabilizar” a los inmigrantes

Este enfoque, sostiene la parte acusatoria, deriva en la parcialidad de la magistrada que, a su juicio, aparece reflejada en el auto. “La resolución recurrida sería muy distinta si en lugar de pensar que se estaba investigando a unos guardias civiles se estaba investigando unos hechos muy concretos: la muerte de unos migrantes que, a la vista del auto recurrido, son los únicos responsables de sus propias muertes”, reza el recurso enviado al juzgado el pasado viernes.

La magistrada encargada del caso descartó una posible responsabilidad de los guardias civiles en las muertes y trasladó el foco en el grupo de personas que intentó llegar a Ceuta a nado ese día. “Los inmigrantes asumieron el riesgo de entrar ilegalmente en territorio español por el mar a nado, en avalancha y haciendo caso omiso a las actuaciones disuasorias tanto de las fuerzas marroquíes y de la Guardia Civil”, aseveró María del Carmen Serván en su auto.

“Descalificaciones personales” a Ca-minando Fronteras

A juicio de la asociación Observatorio DESC, “gran parte” de la decisión de la jueza “tiene como fundamento la descalificación del informe” de Ca – minando Fronteras y “entra en descalificaciones personales carentes de base jurídica e impropias de una resolución judicial”.

Así, la plataforma comenta que “en su momento” este documento pudo ser “ser considerado o no como prueba” pero, apunta, “la opinión personal de la titular del Juzgado sobre el informe y la persona que lo ratificó -la activista Helena Maleno- no es argumento en modo alguno serio ni válido”. Ya que, sostiene, “este informe explica su metodología claramente y las opiniones vertidas en el auto recurrido son más propias de discusiones sobre ciencias sociales que sobre cuestiones jurídicas”.

Las partes tenían un plazo de tres días para recurrir la decisión ante el mismo juzgado que dictó el auto -a través de un recurso de reforma-, o también podían hacerlo directamente en la Audiencia Provincial de Cadiz -a través de un recurso de apelación-.

Observatori DESC y Coordinadora de Barrios han mostrado su disposición a hacerlo en la instancia superior en caso de que la magistrada María del Carmén Serván lo desestime, para lo que tendrán un plazo de cinco días desde entonces. Por su parte, la Comisión de Ayuda al Refugiado (CEAR) ha anunciado que mañana apelará el carpetazo del caso ante directamente ante la Audiencia.

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