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Bankia tendrá que devolver a 141 minoristas su inversión en deuda subordinada

EFE

Madrid —

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Bankia tendrá que devolver a 141 pequeños ahorradores lo invertido en obligaciones subordinadas de Caja Madrid, según una sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid que responde a una demanda colectiva presentada por la asociación de consumidores Adicae.

La sentencia, fechada ayer en Madrid, señala que se devolverá a los 141 afectados las cantidades invertidas en obligaciones subordinadas de Caja Madrid, más el interés legal, un reembolso del que habrá que deducir las cantidades ya percibidas por los pequeños inversores en concepto de cupón, así como el importe derivado de su venta.

Según calcula Adicae, dado que la inversión media en deuda subordinada es de algo más de 36.000 euros, la inversión conjunta a la que afecta esta sentencia sería de algo más de 5,1 millones de euros; en total, Caja Madrid emitió 59 millones de euros de deuda subordinada.

En declaraciones a la prensa, el presidente de Adicae, Manuel Pardos, ha explicado que la sentencia supone la anulación de ocho cláusulas de las órdenes de compra y de cuatro de los contratos de depósito o administración de valores, lo que anula de hecho el propio contrato.

En concreto, el juez señala que “no consta que las citadas cláusulas fueran aceptadas expresamente”, pues no basta para ello con que el cliente haya estampado su firma dado que la deuda subordinada, en palabras del magistrado, es “un negocio jurídico especialmente complejo”.

Asimismo, por lo que respecta a los contratos de depósito, el juez estima que no se garantizó “la protección e los valores e instrumentos financieros de los clientes”.

Bankia, prosigue el magistrado, “no observó las reglas de transparencia exigidas de informar al consumidor del contenido y alcance de las cláusulas, y destaca que no queda claro si los folletos informativos se entregaron antes o después de la firma de los contratos.

Los conocimientos financieros requeridos para invertir en deuda subordinada, dada su complejidad, no quedan acreditados “con la firma del test de conveniencia”.

Para Manuel Pardos, la deuda subordinada son “preferentes con otro nombre”, e incide en el hecho de que el juez destaca que “eran una vía de financiación empresarial a largo plazo que obedecía al exclusivo propósito de fortalecer los recursos propios de las entidades de crédito, y especialmente de las cajas”.

La sentencia, apunta el secretario general de Adicae, Fernando Herrero, anula cláusulas abusivas de las ordenes de compra y de los contratos de depósito de valores, contratos que “no se usan por Bankia sólo para preferentes sino para todo tipo de productos”.

Es decir, que anula las condiciones de esos contratos y eso “Bankia tendrá que asumirlo”.

Caja Madrid vendió a 135.000 particulares deuda subordinada; en los procesos de arbitraje se resolvieron 80.000 casos.

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