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Renta 2019: Cómo hacer la declaración en tiempos de coronavirus

Una oficina de la Agencia Tributaria. EFE

Vanesa Rodríguez

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La Agencia Tributaria mantiene por el momento el calendario inicialmente previsto de la Campaña de la Renta de 2019 pese a la crisis del coronavirus.

En este primer día en el que se puede acceder al borrador, la web de la Agencia Tributaria se ha colapsado, por lo que los usuarios se pueden encontrar con problemas a la hora de resolver sus trámites telemáticamente. Es algo que suele ocurrir todos los años, pero que se soluciona cuando pasan estos primeros momentos de gran demanda.

Repasamos algunas de las principales dudas relacionadas con la átipica situación en la que tendremos que hacer la declaración de la Renta este 2020.

¿Cuándo arranca la campaña de la Renta?

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2019 arranca este miércoles, 1 de abril, para la modificación y presentación de los borradores de las declaraciones, cuyo plazo se prolongará hasta el próximo 30 de junio, tras mantener la Agencia Tributaria el calendario inicialmente previsto pese a la crisis sanitaria de coronavirus.

La Agencia Tributaria ha considerado “especialmente importante” en las circunstancias actuales mantener la Campaña de la Renta en las fechas inicialmente previstas para que cuanto antes los contribuyentes puedan recibir sus devoluciones.

¿Cómo hacer el borrador?

Se puede solicitar el borrador, consultar y confirmar desde la web de la Agencia Tributaria (en este enlace). La AEAT también ha desarrollado una app que te puedes descargar en iOS y Android.

Según señalan desde Hacienda, cerca del 88% de las declaraciones se confeccionan por Internet.

Para poder acceder al borrador y a tus datos fiscales deberás identificarte de forma electrónica mediante una de estas tres vías.

¿Cómo obtener el número de referencia RENØ con la casilla 505?

Desde el portal de Renta, en el apartado “Trámites destacados”, pulsar el enlace “Obtenga su número de referencia”.

A continuación, hay que indicar el DNI o NIE:

De forma automática, se carga el siguiente dato que se ha de comunicar: la fecha de validez del DNI en el formato indicado.

En el caso de que se indique un NIE, el dato que se solicitará será el número de soporte que aparece en su documento.

Si se trata de un NIF sin fecha de validez, del tipo K, L, M, el dato que tendrá que facilitar será la fecha de nacimiento que consta en su documento.

Al pulsar “Continuar” la aplicación ofrece diferentes alternativas dependiendo el DNI o NIE indicado, reconociendo si se encuentra registrado o no en Cl@ve para que pueda utilizar este sistema de identificación alternativo.

Después de pulsar para obtener la referencia el sistema detecta si el ejercicio anterior presentó o no Renta.

Si se presentó declaración de la Renta para el ejercicio 2018, se habilita el campo para facilitar el dato de la casilla 505 de su declaración de Renta 2018 que se puede consultar en la copia de la declaración o borrador del año pasado, en el “Documento ingreso o devolución”.

Para rellenar correctamente el importe, no hay que introducir ningún signo en el número entero y hay que separar los decimales por una coma.

Si el año pasado no se presentó la declaración de Renta 2018 se solicitarán las últimas cinco posiciones del IBAN de una cuenta bancaria de la que conste a la Agencia Tributaria que fue titular en 2019. También se solicitará este dato en el caso de que el importe de la casilla 505 de la Renta de 2018 sea 0,00.

Una vez introducidos todos los datos solicitados, haga clic en “Obtener referencia”.

Se mostrará la referencia de 6 caracteres para gestionar Renta.

Nunca he presentado la declaración por internet, ¿qué hago?

Además de por internet y con la aplicación móvil, las declaraciones se podrán gestionar por teléfono mediante el servicio “Le llamamos”. Con él, la AEAT llama al contribuyente previa solicitud para ayudarle a hacer la declaración.

Este servicio se puede pedir del 5 de mayo al 29 de junio. Para solicitarlo hay que llamar a los siguientes teléfonos:

  • 901 12 12 24 o 91 535 73 26 (teléfono automático)
  • 901 22 33 44 o 91 553 00 71 (teléfono con atención personal en horario de lunes a viernes de 9 a 19 horas)

La Agencia Tributaria advierte de que es posible que en en los primeros días de campaña el teléfono comunique y que todos los agentes estén ocupados, por lo que en ese caso se ofrecerá la posibilidad de continuar con el modo automático para poder concertar la cita.

La AEAT explica que comenzará a llamar a los contribuyentes a partir del 7 de mayo de 2020 y avisa de que “teniendo en cuenta la situación actual lo haremos a la mayor brevedad posible, sin poderle confirmar día y hora, para confeccionar y dejar presentada su declaración de Renta 2019”.

¿Puedo ir a una oficina y hacer la declaración presencial?

Sí, pero tendrás que esperar hasta el 13 de mayo y pedir cita previa. En este momento, las oficinas de atención presencial están cerradas temporalmente debido al estado de alarma.

El inicio de la atención presencial, con cita previa telefónica, en oficinas de la Agencia Tributaria y otras entidades colaboradoras, como comunidades autónomas, ayuntamientos o registros se ha fijado en el 13 de mayo y hasta el 30 de junio. Puedes pedir cita telefónica par ir a hacer la declaración de forma presencial desde este 5 de mayo llamando a los teléfonos indicados anteriormente.

¿Puede que cambien las fechas por el coronavirus?

Aunque de momento se mantienen los plazos de la campaña, habrá que estar atento a las informaciones oficiales ya que es posible que las fechas para presentar de forma presencial las declaraciones puedan variar en función de cómo evolucione la crisis sanitaria y las medidas de confinamiento.

En principio, el estado de alarma está previsto que acabe el 12 de abril -por lo que el 13 de mayo podría empezar sin problema la atención presencial- pero no se descartan nuevas prórrogas por parte del Gobierno.

La asociación de técnicos de Hacienda, Gestha, solicitó a la AEAT que amplíe hasta finales de septiembre la campaña de la Renta.

“De esta forma, las personas mayores -que son sobre todo las que continúan optando por la vía presencial- podrían recibir una atención adecuada y sin riesgos para su salud en las oficinas”, señalaban los técnicos.

¿Puedo ir a la asesoría si tengo alguna pregunta?

El servicio de gestorías, asesorías, despachos profesionales y todos aquellos que están relacionados con servicios de asesoramiento se consideran actividades esenciales, según el BOE.

La recomendación es que hables con tu gestor habitual por teléfono previamente para saber si puede resolver tu consulta de forma telemática o necesita ser presencial.

Si me sale a devolver, ¿cuándo me ingresarán el dinero?

Cerca del 70% de las declaraciones salen a devolver. El viernes 3 de abril, los contribuyentes comenzarán a recibir sus devoluciones en los casos que corresponda. Lo habitual es recibir el ingreso en el plazo de un mes, aunque también se puede demorar hasta seis meses. En cualquier caso, la Agencia Tributaria debe haber ingresado las devoluciones a los contribuyentes antes de fin de año.

Si me sale a pagar, ¿cómo podré hacerlo?

Las declaraciones que salen a ingresar a favor de la Hacienda Pública se empiezan a pagar a final de Campaña, en el mes de junio.

Puedes elegir pagar toda la cantidad de golpe a cargo de tu cuenta bancaria u optar por pagar en dos tramos sin recargo alguno:

  • Un 60% del importe a pagar en el momento en el que se presenta la declaración.
  • El 40% restante se pagará con fecha límite del 5 de noviembre inclusive.

¿Quiénes quedan exentos de hacer la declaración de la renta?

No tendrán que declarar:

  • Los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2019 rentas procedentes exclusivamente, en tributación individual o conjunta, de rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador.
  • Contribuyentes que perciban rendimientos procedentes de más de un pagador y concurra que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales o que sus únicos rendimientos del trabajo consistan a determinadas prestaciones pasivas.
  • Los rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 14.000 euros anuales cuando procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.
  • Los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

¿Cuáles son los teléfonos de atención al cliente de la Agencia Tributaria?

Si tienes cualquier tipo de duda, bien sobre la declaración de la Renta o sobre otros trámites y gestiones tributarias puedes consultar la web o llamar a los siguientes teléfonos: 901 33 55 33 y 91 554 87 70.

En el caso de que tus dudas estén relacionadas con temas recaudatorios sobre deudas, pagos, apremios, embargos y aplazamientos, el teléfono es 91 553 68 01 (horario 9:00-14:00 de lunes a viernes).

¿Cuáles son los plazos y fechas clave?

1 de abril 2020

Comienza la campaña

campaña

Se puede modificar y presentar la declaración de Renta 2019 por vía electrónica o a través de la App

1 de abril 2020 -

Comienza la campaña

5 de mayo de 2020

Le llamamos

Se abre el plazo para solicitar cita previa mediante el Plan ‘LE LLAMAMOS’. La AEAT llama al contribuyente previa solicitud que se puede efectuar desde el 5 de mayo al 29 de junio. 901 12 12 24 o 91 535 73 26– Automático-. Teléfono de cita previa – atención personal- 901 22 33 44 o 91 553 00 71 (L a V de 9 a 19h).

5 de mayo de 2020

Le llamamos

7 de mayo de 2020

Hacienda comienza a llamar

renta

La AEAT llamará al contribuyente que lo hubiera solicitado previamente del 7 de mayo al 30 de junio para ayudarle a hacer la declaración.

7 de mayo de 2020

Hacienda comienza a llamar

13 de mayo de 2020

Atención presencial

cita

Inicio de la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria y de otras entidades colaboradoras para confeccionar y presentar la declaración de Renta 2019.Necesaria cita previa.

13 de mayo 2020

Atención presencial

25 de junio de 2020

Domiciliación bancaria

Último día para presentar declaraciones de Renta 2019 y Patrimonio 2019 con domiciliación bancaria.

25 de junio de 2020

Domiciliación bancaria

29 de junio de 2020

Último día cita previa

Último día para solicitar cita previa tanto como para recibir atención telefónica y realizar la declaración por teléfono como para acudir presencialmente a las oficinas de la Agencia Tributaria.

29 de junio de 2020

Último día cita previa

30 de junio de 2020

Último día

hacienda

Último día para presentar declaraciones de Renta 2019 y de Patrimonio 2019.

30 de junio de 2020

Último día

5 de noviembre de 2020

Segundo pago

Si te salió a pagar y fraccionaste el pago, este día es en el que se te cobrará el 40% restante.

5 de noviembre de 2020

Segundo pago

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