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Bruselas renuncia a repartir los impuestos que pagan ahora las multinacionales en Irlanda, Holanda o Luxemburgo

El comisario europeo de Economía, Paolo Gentiloni, explica en rueda de prensa la reforma de la Unión Aduanera de la UE. EFE/EPA/OLIVIER MATTHYS

EFE/eldiario.es

12 de septiembre de 2023 16:51 h

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La Comisión Europea presentó este martes una nueva propuesta para que los estados miembros sigan las mismas reglas para calcular los impuestos que deben pagar las empresas multinacionales, el tercer intento en los últimos doce años para introducir una legislación que cuenta con el rechazo de varios socios del bloque.

En esta ocasión, Bruselas intenta salvar la oposición de socios como Irlanda o Luxemburgo con una versión diluida en la que renuncia a repartir los beneficios totales de un grupo empresarial que deban ser gravados entre los distintos países en los que la empresa ha tenido actividad.

En su lugar, plantea un sistema que agrega los beneficios imponibles de cada filial y calcula los impuestos a pagar en cada país en función del registro histórico de los últimos tres años, que en la práctica significa que cada multinacional seguirá pagando en cada país lo que tributó en ejercicios anteriores.

Además, en lugar de resaltar la lucha contra la evasión fiscal como hacían los borradores legislativos anteriores, el nuevo enfoque pone el acento en la reducción de los costes administrativos que supondrá para las empresas el nuevo marco, que ha sido bautizado como BEFIT para olvidar las siglas antiguas: BICCIS, de base común y consolidada del impuesto de sociedades.

“Ha habido intentos anteriores en el pasado, pero soy optimista y creo que esta propuesta tiene muchas más posibilidades de éxito”, afirmó en una rueda de prensa el comisario de Economía, Paolo Gentiloni, quien defendió también que la normativa sigue la estela de los acuerdos en la OCDE.

El nuevo marco se aplicaría a partir de 2028 de forma obligatoria a unas 4.000 empresas con unos ingresos anuales superiores a 750 millones de euros, aunque podrán seguir sus disposiciones de forma voluntaria también las sociedades que no lleguen a dicho umbral.

El texto legislativo no modifica los tipos impositivos nacionales (que varían desde el 31,5 % de Portugal hasta el 9 % de Hungría, pasando por el 25 % de España), sino que plantea armonizar el cálculo de la base imponible para que cada país aplique después el tipo que ha establecido dentro de sus competencias.

El punto de partida será el resultado fiscal preliminar de cada empresa que forme parte de un grupo obtenido a través de estándares de contabilidad financiera aceptados en la legislación europea, como son GAAP y IFRS.

Sobre este resultado preliminar se realizarán después una serie de ajustes “limitados” para obtener la base imponible que más tarde se agregará al resto de resultados preliminares que hayan obtenido todas las filiales del mismo grupo empresarial.

Posteriormente, cada empresa tendrá que pagar en el país que es su residencia fiscal un porcentaje de la base imponible agregada que será calculado en función de los beneficios medios obtenidos en cada país en los últimos tres años.

Esta será, sin embargo, una solución “transitoria” puesto que la intención de Bruselas es reemplazar este modelo para asignar los beneficios sujetos a impuestos de cada filial del grupo por uno “permanente” que, sin embargo, no estaría preparado hasta mitad de la próxima década y no se comenzaría a aplicar en todo caso antes de 2035.

Este sistema es, de hecho, la principal diferencia con las propuestas anteriores que buscaban facilitar que el pago de impuestos se realizara en el territorio en el que cada filial desarrolla su actividad comercial y obtiene sus ingresos.

En esta línea, la Comisión Europea acompaña la propuesta anterior con otra directiva para armonizar en todo el bloque las reglas aplicables a los llamados precios de transferencia, que son transferencias internacionales de bienes, servicios o productos intangibles como patentes dentro de dos empresas del mismo grupo.

El pago por derechos de propiedad intelectual, por ejemplo, es una de las herramientas utilizadas por muchas empresas multinacionales para transferir ingresos de un país con elevada carga tributaria a otro en el que la carga impositiva es menor. 

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