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Opinión - ¿Y ahora qué? Por Marco Schwartz

La 'ley rider' europea naufraga pese a las cesiones a Francia y las plataformas

En la imagen de archivo, un repartidor de Glovo en las calles de Valencia. EFE/ Juan Carlos Cárdenas

Irene Castro

Corresponsal en Bruselas —

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La 'ley rider' europea está herida de muerte. Ha vuelto a fracasar ante los 27 y se queda ahora en un limbo legal. La directiva con la que la Bruselas pretendía garantizar los derechos laborales de los trabajadores de las plataformas, como Uber o Glovo, se ha vuelto a topar con el rechazo mayoritario de los estados miembros y no ha conseguido la mayoría cualificada -el 65% de la población- para salir adelante. Francia, Alemania, Estonia y Grecia no han apoyado el texto.

“Lamentablemente, no se ha conseguido la mayoría cualificada necesaria. Esta directiva, que pretende ser un importante paso adelante para este sector laboral, ha recorrido un largo camino. Ahora consideraremos próximos pasos”, ha anunciado la presidencia belga, a quien corresponde pilotar esta fase de las negociaciones.

La 'ley rider' se ha atragantado. La Comisión, la Eurocámara y el Consejo de la UE -bajo la presidencia española- alcanzaron un acuerdo para impulsar esa normativa a nivel europeo. El texto en aquel momento dejaba en manos de los empleados de las plataformas la demostración de su presunción de laboralidad demostrando que cumplían al menos dos condiciones de cinco para ser considerados asalariados. Aquella redacción no convencía al ministerio de Yolanda Díaz, que quería que la laboralidad fuera automática.

Pero la normativa se bloqueó en el Consejo por el 'no' de Francia y la indecisión del Gobierno de Alemania -dividido en este asunto entre los socialistas, los verdes y los liberales-. Emmanuel Macron quería que se incluyera la denominada 'cláusula francesa', que pretende que el sector se regule a través de convenios colectivos .

El bloqueo obligó a renegociar el texto y la semana pasada el Consejo, el Parlamento y la Comisión acordaron un nuevo texto plagado de cesiones a Francia y a las plataformas. En la práctica, quedaba como una 'legislación a la carta' sin criterios comunes para toda la UE. “Los Estados miembros establecerán una presunción legal refutable de empleo en su legislación nacional, que facilite efectivamente la correcta clasificación de los falsos trabajadores autónomos”, explicaron entonces fuentes comunitarias. “La nueva ley introduce una presunción de relación laboral (por oposición al trabajo por cuenta propia) que se activa cuando se dan hechos que indican control y dirección, de acuerdo con la legislación nacional y los convenios colectivos vigentes, así como teniendo en cuenta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”, señalaba el Parlamento Europeo en un comunicado.

A pesar de las cesiones, Francia se ha mantenido en el 'no' y la división en el tripartito alemán ha hecho que Berlín se abstuviera, al igual que Estonia y Grecia. Fuentes del Gobierno francés explican que el problema que encuentran a la propuesta acordada es la falta de armonización y la dificultad a la hora de hacer la trasposición a las correspondientes legislaciones nacionales. No obstante, se muestras dipuestas a trabajar con la presidencia belga para encontrar una redacción que les permita sortear esas dudas legales.

España ha votado a favor, a pesar de que reclamaba más ambición al texto en línea con la 'ley rider' española. “El texto establece una presunción de laboralidad, que es el elemento central de la Directiva, débil y poco ambiciosa”, señala España en una declaración que ha presentado en la votación de los embajadores de la UE.

“El acuerdo provisional alcanzado en diciembre durante los trílogos en Presidencia española configuraba una presunción más fuerte con unos criterios de laboralidad y un umbral de aplicación común en toda la UE, acordes con la jurisprudencia del TJUE. Era, en definitiva, más respetuosa de los derechos de las personas trabajadoras y más útil para garantizar su correcta clasificación laboral. Por el contrario, el nuevo acuerdo provisional, al no existir unos criterios de laboralidad ni un umbral para constatar la apreciación de la existencia de dirección y control del trabajo por la plataforma digital, y al remitir est apreciación a la legislación nacional, abre la puerta a una presunción a la carta y desigual en los Estados miembros, que podría no ser útil para clasificar correctamente a los millones de falsos autónomos en la UE”, agrega el texto.

El segundo bloqueo de la normativa hace muy difícil que salga adelante teniendo en cuenta los tiempos que le quedan a la legislatura (el último Pleno de la Eurocámara en el que se tendría que dar el visto bueno es la tercera semana de abril) y es inédito que una negociación se reabra por tercera vez. El fracaso de la normativa deja en buena medida desamparados a los cerca de 28 millones de trabajadores de las plataformas en la UE. Con su propuesta, Bruselas pretendía dotarles de derechos y aflorar a unos 5,5 millones de falsos autónomos.

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