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El Supremo falla contra Ryanair y declara nulos los recortes salariales de 2020

Archivo - Avión Ryanair en el aeropuerto Seve Ballesteros de Santander

David Noriega

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Los recortes salariales aplicados por la compañía aérea Ryanair desde julio de 2020 en sus bases española son nulos. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo, que da la razón a la Audiencia Nacional frente a un recurso de la aerolínea, y declara firme la decisión. La empresa deberá recuperar las condiciones de trabajo de las que privó entonces a 893 tripulantes de cabina y a 608 pilotos: en concreto, revertir el recorte salarial del 10% y del 20%, respectivamente, los cambios en el patrón de descanso y reestablecer un bonus de productividad de 150 euros mensuales.

En octubre de 2021, ante la demanda de Unión Sindical Obrera (USO) y del Sindicato de Tripulantes de Cabina de Pasajeros de Líneas Aéreas (Sitcpla), la Audiencia Nacional consideró que la aerolínea irlandesa había actuado con “ausencia de buena fe negocial” y con la intención de “hacer firmar un acuerdo en dichos términos a las organizaciones sindicales” con “la amenaza de acometer despidos” si se negaban.

Ryanair recurrió la decisión ante el Supremo, que se ha alineado con la Audiencia Nacional. La compañía alegaba ahora que había entregado las cuentas anuales de la compañía, algo “insuficiente” a juicio de ambos tribunales y que “revelan por parte de la empresa una conducta que no es acorde con aquel principio negociados”.

La empresa deberá ahora revertir las condiciones de trabajo previas. Desde el sindicato USO, esperan que “después de casi tres años desde que se iniciara el procedimiento legal, tras esta decisión del Supremo, el cambio del patrón de trabajo se lleve a cambio de inmediato”. Este tiene que ver con los periodos de descanso, que había pasado de cinco días de trabajo y tres de descanso a solo dos de descanso. Además, anuncian que comenzarán con las reclamaciones de cantidades relativas a los recortes salariales, del 10% para el personal de cabina y el bonus de productividad.

Aunque el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) había aceptado los recortes, la decisión beneficia, por extensión, a este colectivo.

Pese a que desde USO celebran que “el fallo del Supremo marca un nuevo hito en la lucha por el reconocimiento de los derechos del colectivo de tripulantes de cabina y, por extensión, también del de pilotos”, lamenta la “estrategia que adoptan algunas empresas como Ryanair, centrada en vulnerar el ordenamiento jurídico, maximizando la capacidad operativa con la esperanza de que las decisiones judiciales se acaben produciendo años después de que sucedan los hechos”. Esto, dicen, le da a la compañía una “ventaja competitiva a corto plazo, que se hace más patente en periodos convulsos de crisis”, como lo fue la pandemia de coronavirus.

No es la primera vez que las decisiones de Ryanair chocan con la ley española y se topa con el Alto Tribunal. En abril de 2023, la sala de los social del Supremo obligó a la compañía a indemnizar a los sindicatos por intentar torpedear la huelga de 2019. En octubre de 2021, confirmó la nulidad del ERTE fraudulento, en el que la empresa intentó incluir a trabajadores de Canarias, readmitidos en otro proceso anterior de despido colectivo para ahorrarse los salarios de tramitación. En julio de ese año, declaró nula por abusiva la cláusula que permitía mandar el equipaje en un vuelo distinto.

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