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El Supremo confirma la nulidad del ERTE fraudulento de Ryanair

Un avión de Ryanair aterriza en el aeropuerto de Dublín (Irlanda), en una fotografía de archivo.

Alberto Pozas

4 de octubre de 2021 11:45 h

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El Tribunal Supremo ha declarado firme la nulidad del ERTE que Ryanair puso en marcha poco después del estallido de la pandemia del coronavirus en España. Los jueces rechazan el recurso de la aerolínea y confirman que fue una operación fraudulenta al haber intentado incluir trabajadores readmitidos en otro proceso anterior de despido colectivo. El verdadero objetivo de la compañía, según el Supremo, era ahorrarse esos salarios de tramitación.

La aerolínea puso en marcha en marzo de 2020 un ERTE para hacer frente a los efectos económicos de la pandemia y el parón que neutralizaba, en la práctica, casi toda su actividad. Una medida que afectaba a unos 200 trabajadores y en los que la compañía intentó incluir a varios a los que había intentado despedir anteriormente: más de 180 trabajadores de Canarias cuyo ERE había sido anulado por la Justicia apenas unos meses antes.

La Audiencia Nacional declaró que el objetivo de Ryanair era ahorrarse todos los salarios de tramitación que tenía que pagarles y declaró nulo todo el proceso. Previamente, en el mes de agosto de 2020, ya el Ministerio de Trabajo había estimado un recurso de los sindicatos y había declarado la nulidad del proceso.

El Supremo confirma ahora esta resolución y dice que “no hay duda de que no estamos en presencia de una simple equivocación, sino de un intento serio y claro de eludir la aplicación” de la Ley y evitar el pago de esos salarios de tramitación. “La tramitación de un nuevo ERTE con efectos retroactivos pretendía eludir el abono de los salarios de tramitación a los que estaba legalmente obligada por la sentencia que declaró la nulidad de los despidos”, dice de forma tajante el pleno de la sala de lo social.

En las últimas semanas la sala de lo social del alto tribunal ha estudiado varios ERTE del principio de la pandemia considerados fraudulentos y nulos por parte de distintos tribunales. Otro es el de ArcelorMittal, procedente de la Audiencia Nacional, y están a la espera de dictar sentencia también sobre el despido de 65 empleados de Zener Plus anulado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Rechaza el recurso

El pleno de la sala de lo social del Supremo, con el magistrado Ángel Blasco como ponente, rechaza el recurso de Ryanair con el visto bueno de los sindicatos, la Fiscalía y la Abogacía del Estado. Rechaza, por ejemplo, que haya que repetir el proceso para llamar a declarar al jefe de recursos humanos de la aerolínea y afirma que “la utilidad del testigo era totalmente nula puesto que nada nuevo podía añadir”.

También confirma que la compañía incurrió en nulidad al no comunicar a los sindicatos la lista de 200 trabajadores afectados por este ERTE. Una medida que, según el Tribunal Supremo, es todavía más exigible durante una situación como la generada por la pandemia de COVID-19: la documentación acreditativa debe incluir la relación de trabajadores afectados “especialmente en los casos de fuerza mayor vinculados al COVID”.

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