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La Autoridade Galega de Protección ao Informante de la Valedora archivó las primeras 14 denuncias que recibió

La Valedora do Pobo, Dolores Fernández Galiño, ante el Parlamento de Galicia.

Daniel Salgado

9 de febrero de 2026 18:42 h

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Las 14 primeras comunicaciones recibidas durante los dos primeros meses de funcionamiento por la Autoridade Galega de Protección da Persoa Informante, integrada en la Valedora do Pobo de la Xunta de Galicia, fueron archivadas. Los datos figuran en el último informe publicado por la insitutición, el correspondiente a 2024. La Valedora, Dolores Fernández Galiño, nombró responsable del organismo destinado a “proteger a los informantes de irregularidades, gestionar canales de información e instruir procedimientos sancionadores” al director de tesis de su marido y coautor con él de numerosos libros, Ricardo Ron Latas. La anterior Valedora, Milagros Otero, dimitió tras una condena judicial por intervenir en la selección como jefa de servicio de la hija de uno de sus profesores, sobrina de Manuel Fraga, a pesar de que formalmente se había abstenido. Fernández Galiño ni siquiera se abstuvo en el proceso de Ron Latas. El Parlamento autonómico refrenda este martes su cargo con la aquiescencia de los tres partidos con representación, PP, BNG y Partido Socialista.

La Autoridade Galega de Protección á Persoa Informante inició sus trabajos el 4 de noviembre de 2024. Su creación responde a la trasposición de una directiva europea y se realizó cuando expiraba el plazo. De no haberla puesto en marcha la Xunta de Galicia, el Estado la habría asumido. La regulan la ley gallega de Transparencia e Bo Goberno, aprobada en 2016 –Núñez Feijóo era presidente de la Xunta de Galicia– y la estatal sobre la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y, añade su sede electrónica, “ejerce sus funciones con plena autonomía e independencia, sin que en ningún caso pueda recibir indicaciones o instrucciones de cualquier órgano, autoridad pública o entidad privada”. La Valedora do Pobo ocupa su presidencia y las vocalías, el Conselleiro Maior del Consello de Contas, la presidenta del Consello Galego de Relación Laborais y el secretario general de la Valedora. Ricardo Ron Latas es el subdirector general y responsable del órgano con un salario de 72.000 euros brutos anuales.

Las 14 denuncias inadmitidas

El último informe anual de la Valedora do Pobo recoge pues el resultado de los dos primeros meses de funcionamiento de la Autoridade. Las catorce comunicaciones recibidas, 10 con el denunciante identificado y dos anónimas, dos de manera presencial y el resto vía web o por correo electrónico, hacían referencia a cuestiones relacionadas con el derecho comunitario (nueve de las 14) o a infracciones penales o administrativas (las cinco restantes). Las 14 fueron inadmitidas: dos por carecer de verosimilitud y 12 por incumplimiento del ámbito de la ley. El informe del año 2025 todavía no se ha presentado. La Oficina Antifrau de Catalunya, que agrupa competencias similares a la Autoridade Galega y se constituyó en 2009, recibió en todo 2024 1.291 denuncias y admitió, previa evaluación de verosimilitud, 1.217. Cerró 79 actuaciones de investigación y seis de colaboración con distintos cuerpos policiales. Además, 41 “personas alertadoras” pidieron protección, 29 de esas peticiones se tramitaron y hay 16 solicitantes considerados “personas informantes protegidas”.

Consultado por elDiario.es, la institución Valedora do Pobo defiende los méritos de Ron Latas –“los mayores entre los presentados”–, recuerda que no hubo impugnación ni administrativa ni judicial y que “no existieron razones familiares, afectivas, de afinidad política, de interés económico o cualquier motivo directo o indirecto de interés personal con el candidato que pudiera comprometer el ejercicio imparcial y objetivo del nombramiento”. Para el organismo, no existe paralelismo posible entre el proceso que desembocó en la condena de Otero y el del nombramiento de Ron Latas. “No se da ninguna de las causas de la abstención que prevé la ley”, asegura. La ley vigente, de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector Público enumera como causas de abstención en un procedimiento “tener interés personal en el asunto de que se trate” o “tener amistad íntima o enemistad manifiesta”.

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